N° 357, 12 de mayo de 2004

 

EL SINASEC, UN SISTEMA OBLIGADO A CRECER RÁPIDO

 

Enrique Castro Vargas

 

A un año y tres meses de su nacimiento, el Sinasec ha sido entendido por pocos como un sistema que permite prevenir situaciones de peligro, y por muchos, como un engranaje de juntas vecinales, pitos y un poco de karate en los parques. El sistema nacional de seguridad ciudadana –Sinasec- fue creado para cumplir con una labor preventiva en favor de la paz, la tranquilidad y el bienestar de los ciudadanos. Sin embargo, esto no parece haber sido comprendido por autoridades políticas locales y regionales que han dejado los desordenes sociales a la policía, quienes por ser titulares del orden interno no cuentan con las herramientas efectivas para mediar eficientemente ante problemas de evidente raíz política.

 

La descentralización tiene como principal objetivo redistribuir el poder y el actual proceso ha permitido la elección popular y directa de autoridades locales y regionales. En un inicio fueron quienes lideraron las frustraciones de sus pueblos en contra del gobierno nacional, pero el tiempo pasó y las autoridades electas dejaron de ser cabeza de marchas y quisieron ver como les iba haciendo uso de sus limitadas autonomías. Pero la pobrísima autonomía económica los limito en su autonomía política, y en consecuencia, la autonomía administrativa se convirtió en algo similar a lo existente en décadas pasadas. El proceso se estanco y las frustraciones revivieron. Pero en la realidad la autonomía política no desapareció por completo, lo que no existió fue capacidad para ponerla en practica. Los sucesos de Ilave, el de otras ciudades de Puno y de Santa en Ancash merecían una respuesta política que evitara el caos vivido en los últimos días.

 

En este re ordenamiento de fuerzas, propio de cualquier proceso descentralista y en nuestro caso muy lamentable al carecer de una dirección seria, el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana entrega a estas autoridades locales y regionales la presidencia de la mayoría de los componentes de un sistema que tiene como objetivo proteger la paz, la tranquilidad, garantizar la seguridad y el efectivo ejercicio de las libertades fundamentales.

 

Pero si este sistema, repito, como lo hace nuestro inefable presidente de la República, sistema, hubiese sido considerado relevante para las autoridades de algunos sub niveles de gobierno, nos estaríamos preguntando primero por la responsabilidad del presidente provincial del comité de seguridad ciudadana del Collao, el Sr. José Antonio Márquez Atencio, y también por la del presidente del comité Regional de Seguridad Ciudadana de Puno el Sr. David Aníbal Jiménez Sardona; a quienes jamás les pareció interesar en lo mas mínimo el conflicto social que se estaba gestando y que tendría luego 25 días paralizadas las actividades comerciales y productivas en un distrito de su jurisdicción. Tampoco parece importarle mucho al señor Eloy Ricardo Narváez Soto, presidente del Comité Regional de Seguridad Ciudadana y presidente de la Región Ancash, la situación conflictiva en la provincia del Santa.

 

Las últimas declaraciones de David Jiménez, presidente del comité de seguridad ciudadana en Puno, han sido extraídas de un libreto conocido: “los recursos son exiguos y se necesita una partida adicional para ejecutar obras que reclaman los habitantes”. Pero ¿cómo?, ¿acaso el presidente regional de Puno no trabaja con su Consejo de Coordinación Regional?, ¿acaso no existe el presupuesto participativo? y ¿qué pasó con los planes concertados?. ¿La gente de Puno no participa entonces?. Si el problema es la ausencia de plata todos estamos fritos porque es lo que más nos falta.

 

La ley da al comité Regional la categoría de órgano técnico – normativo, que eventualmente, si la naturaleza del problema lo requiere debe desarrollar una función ejecutiva para lograr y defender los fines del sistema. Seguro que alguno dirá que la ley no señala literalmente como función o competencia el mediar en actos como estos. Y si, es cierto, la ley no lo dice literalmente, pero si hacemos una interpretación integral de la norma, que no es otra cosa que leerse toda la norma e interpretarla en su conjunto, encontraremos que el fin del sistema es la convivencia pacífica (art.1y 2 de la Ley 27933) y que los jefes de los distintos componentes del sistema deben realizar las funciones ejecutivas que el caso lo amerite. No hay que darle mas vuelta al asunto, el principio de subsidiariedad le dice a las autoridades locales y regionales que para brindar un servicio eficiente ellos deben ser los primeros en preocuparse por los conflictos que están al interior de su jurisdicción(1).

 

La ley del Sinasec es aún muy tierna, recién se adapta al terreno movedizo de nuestra inestable realidad peruana y no sanciona incumplimientos irresponsables como los mencionados líneas arriba, por otro lado, no permite la renuncia del cargo, la vacancia o la remoción al interior del comité; y esto hay que mencionarlo porque las explosiones sociales han colocado como objetivo a las autoridades políticas locales y regionales. Las modificaciones pueden realizarse para proteger la naturaleza preventiva del comité y evitar se reproduzca en ellos las tensiones contra las autoridades locales y/o regionales que se dan en sus gobiernos.

 

Por otro lado, el concejo nacional de seguridad ciudadana y su secretaria técnica, hoy ausentes de liderazgo por la seguidilla de renuncias en el Mininter, debería construir un mapa de tensiones sociales, desarrollar una clasificación y armar una estrategia mínima basada en la apertura, el dialogo y la flexibilidad que permita, si no una inmediata solución de conflictos abrir un espacio de dialogo y de salidas no violentas.

 

El vigor y la estabilidad de este sistema dentro de un régimen democrático requiere de ciudadanos con deseos de participar en la promoción del bien público y sostener a autoridades controlables. Si faltan ciudadanos que posean estas cualidades, las democracias se vuelven inestables, como observa Habermas: “las instituciones de la libertad constitucional no son más valiosas que lo que la ciudadanía haga de ellas”

 

Nota final

[1] Ver principios en la Ley de Bases para la descentralización

 

**********************************************************************

El Instituto de Defensa Legal es una voz desde la sociedad civil, independiente de los partidos políticos, abierta a las opiniones plurales de muchos, que trata de combinar capacidad de propuesta con la más exigente fiscalización a los responsables de los asuntos públicos.

 

Los artículos firmados en ideelemail representan exclusivamente la opinión de sus autores y no necesariamente las del Instituto de Defensa Legal. Los artículos pueden reproducirse a condición de citar la fuente de origen.

****************************************************************************

NOTA: ideelemail, publicación electrónica del Instituto de Defensa Legal, está disponible gratuitamente también como archivo de Word, lo que permite una mejor presentación y más fácil lectura. Los interesados pueden solicitarla a elena@idl.org.pe