Racismo en el Perú y estándares internacionales
Wilfredo Ardito*
La actitud del Estado peruano frente al racismo ha
sido examinada en las Naciones Unidas con resultados críticos tanto en términos
de la tolerancia que hay al respecto como por determinados tipos de acciones.
Todos
recordamos el debate suscitado en octubre de 1998 por la sentencia en que la
Sala de Derecho Público declaró que los propietarios de establecimientos
abiertos al público tenían el derecho de seleccionar a sus clientes de acuerdo
con su raza.
El tabú que
rodeaba (y protegía) al racismo quedó roto y, por primera vez en la historia
peruana, se realizaron manifestaciones públicas en contra. Quienes defendían
los locales "exclusivos para blancos" no se atrevían a soltar
públicamente argumentos de supremacía racial, sino que se escudaban en la
libertad de empresa. Algunos manifestaban que los prejuicios racistas eran
opiniones personales que debían ser respetadas en aras de la libertad de
expresión.
Pocos
recordaron que el racismo no es un problema interno, sino que ha sido condenado
universalmente a través de la Convención contra la Eliminación de la
Discriminación Racial aprobada en 1965. Hoy ya han caído los regímenes abiertamente
racistas (Sudáfrica, Rhodesia y Namibia), pero la discriminación racial es una
práctica que se mantiene en muchos países. Por lo tanto, cada dos años se reúne
en la sede de las Naciones Unidas en Ginebra un Comité de Expertos para evaluar
los avances en la lucha contra el racismo. Cada Estado Parte presenta un
informe sobre sus acciones para enfrentar este problema, y se reciben también
los aportes de la sociedad civil.
La Mesa de Trabajo sobre Discriminación
En las
últimas sesiones del Comité, la problemática latinoamericana ha sido estudiada
con especial interés. La creciente identidad indígena en varios países ha
llevado a que exista una mayor conciencia sobre la discriminación que sufren en
el acceso al empleo, a la toma de decisiones, etcétera.
En el Perú,
en cambio, estos problemas han surgido mientras se diluye aceleradamente la
identidad tradicional, y más bien por esto mismo. La característica particular
de la población de origen indígena es que no se reclama como tal, y la mayor
parte vive en ciudades y adopta una identidad urbana, orientada más hacia
mejorar sus condiciones de vida que a conservar los patrones culturales
ancestrales.
Hoy somos
más conscientes del racismo, porque ya no puede señalarse que la capacidad
adquisitiva y la preparación académica se restringen a los sectores blancos.
Espacios como la vida política y empresarial y los medios de comunicación se
abren a diversos sectores. Por eso mismo, se hacen más evidentes las prácticas
de selección racial en el mercado laboral y el ingreso a lugares públicos que
todavía subsisten.
Ante la
creciente conciencia sobre esta situación, la Coordinadora de Derechos Humanos
conformó en 1997 una Mesa de Trabajo sobre Discriminación en la que están
representadas diversas instituciones de la sociedad civil, incluyendo no
solamente a las que se ocupan del aspecto racial sino también a las que
defienden los derechos de los discapacitados, los homosexuales, entre otros. A
fines del año pasado esta Mesa de Trabajo fue invitada por el Comité de
Expertos para preparar un informe sobre el cumplimiento de la Convención contra
la Discriminación Racial en el Perú.
El racismo desde el
Estado
La
Convención obliga a los Estados a poner fin a las prácticas discriminatorias
que se lleven a cabo de manera individual o colectiva, incluyendo la
legislación (artículo 2.d.), la educación y los medios de comunicación
(artículo 7). Igualmente, se pide que el Estado tipifique como delitos la
difusión de ideas racistas, la incitación a la violencia racial y el financiamiento
de actividades racistas (artículo 4).
El Informe
de la Mesa de Trabajo señala que, hasta el momento, la intervención del Estado
peruano ha sido muy débil. No se ha llevado a cabo ninguna campaña contra el
racismo en los medios de comunicación o el currículo escolar. Antes bien, se
tiende a "reproducir estereotipos y/o a no representar la composición
multirracial de nuestro país".
No existe
sanción penal para ninguna forma de discriminación racial, y el carácter racial
tampoco es agravante para delitos comunes. Se precisa que a fines de 1998 se
presentaron dos proyectos de ley ante el Congreso de la República dirigidos a
penalizar la discriminación racial, principalmente en lo concerniente al acceso
a lugares públicos. Ambos fueron rechazados por la mayoría parlamentaria. Entre
los argumentos que se sostenían se encontraban el derecho a la opinión y la
creencia de que "se podría ahuyentar la inversión extranjera".
Tampoco
existe en la legislación o la jurisprudencia el derecho a una compensación para
la persona que ha sufrido discriminación racial (artículo 6). La Ley 27049
sobre discriminación de consumidores ha omitido este punto. En realidad, debe
recalcarse que "persisten estereotipos racistas en agentes policiales y
judiciales, que influyen en detenciones arbitrarias y en fallos
discriminatorios. En los procesos persisten interrogatorios y afirmaciones
racistas", y no existe un servicio profesional y confiable de intérpretes.
Que tres magistrados (uno de ellos el actual presidente de la Corte Superior de
Lima) respalden prácticas racistas, demuestra la extensión del problema.
Todavía no
existe en el Estado peruano la conciencia de que ciertas opiniones y prejuicios
no sólo son incorrectos, sino que su difusión pública es sumamente perjudicial
para una sociedad. "Los medios de comunicación, sea en la publicidad y en
muchos programas nacionales, transmiten una visión negativa sobre la población
no blanca." Resulta grotesco que dos de los avisos considerados más
racistas sean propalados por el Gobierno.
Sin
embargo, el Informe sostiene, además, que el Estado ha violado directamente los
derechos humanos de la población de origen indígena: detenciones arbitrarias,
desapariciones, torturas y masacres han tenido sus víctimas más frecuentes en
estos sectores.
El Informe
agrega que "las levas, reclutamientos forzados y detenciones arbitrarias
han mantenido los patrones tradicionales de estar dirigidos a jóvenes de
población indígena, negra y mestizos". Se señalan las recientes denuncias
de torturas y maltratos contra los jóvenes reclutas pertenecientes a estos
sectores, y se constata que en ningún caso ha habido una autoridad militar
sancionada por ello.
Mientras
esto sucede en la tropa, "es ampliamente conocido que en las Escuelas de
Oficiales de la Marina y la Fuerza Aérea los aspirantes negros o de rasgos
andinos son sistemáticamente rechazados".
Derechos políticos
El Informe
indica que "los intereses y puntos de vista de los pueblos indígenas y las
comunidades negras no son tomados en cuenta en las decisiones
legislativas", habiéndose también incumplido lo que prescribe el Convenio
169 de la OIT sobre pueblos indígenas. La explotación de Camisea, Yanacocha y
Pierina se realizan sin ninguna consulta a las comunidades afectadas que,
muchas veces, como sucede en Pataz (La Libertad), se ven simplemente despojadas
de sus tierras.
Además,
"el mayor número de indocumentados pertenece a los sectores discriminados.
Se alude también a la recolección de firmas para la realización del referéndum,
donde "las autoridades electorales no incluyeron un mecanismo para
garantizar la participación de personas analfabetas, las cuales son
mayoritariamente mujeres de origen indígena". Existen similares
limitaciones para participar en la inscripción de partidos políticos.
Acceso al empleo
Se denuncia
que "el acceso, permanencia y promoción en el empleo se encuentran
fuertemente influenciados por criterios racistas. Un sector mayoritario de
empleadores piensa que tener empleados blancos otorga una imagen de eficiencia
y seriedad", y probablemente consideran que los clientes tratarán con
mayor respeto a un empleado blanco. "En espacios como bancos, televisión y
publicidad, la mayoría de trabajadores son blancos."
Sin
embargo, es probable que este problema se haya hecho más evidente cuando
algunas "cadenas de comida rápida" nacionales (Bembo’s) y extranjeras
(Hard Rock Café, Burger King y Kentucky Fried Chicken) han incorporado
criterios abiertamente racistas incluso para empleos como mozos y personal de
limpieza.
"Si
bien la Ley 26772 promulgada en abril de 1997 prohíbe la discriminación en
cuanto a la oferta de empleo, ésta se continúa practicando". La
"buena presencia" es un requisito explícito o implícito, mediante la
exigencia de fotografías para empleos como profesor o ingeniero. "Existen
además algunas empresas que contratan personal negro para determinadas
funciones (porteros, cocineros, nanas) de baja apreciación social." Este
es el caso del restaurante Manos Morenas y de algunos hoteles de lujo.
Aunque la
Ley autoriza al Ministerio de Trabajo a intervenir de oficio en estos casos,
hasta la fecha ningún establecimiento ha sido sancionado.
En cuanto a
las condiciones laborales, resulta evidente que la protección legal disminuye
en estos casos. "En el caso de las niñas indígenas y negras persisten
prácticas de servidumbre bajo la figura de servicio doméstico", sin
mencionar la explotación infantil en lavaderos de oro en Madre de Dios.
Derecho a la salud
El Informe
señala que las condiciones de salud de la población de origen indígena son
mucho más graves que las del resto de la población, como se puede apreciar por
una diferencia de más de 20 años en cuanto a la esperanza de vida. El sistema
tarifario implementado en los últimos años lleva a que alcance costos
prohibitivos para los sectores más pobres. Paradójicamente, frente al elevado
costo de la atención al parto, las esterilizaciones son gratuitas. No es de
extrañar, por lo tanto, que "se haya reducido el porcentaje de mujeres que
recibe control médico de su embarazo", y que "en el área rural sólo
15,4% de nacimientos son atendidos en un servicio de salud". "Los
maltratos, la humillación, ofensas verbales y la exposición a sufrimientos
innecesarios contra mujeres indígenas y negras son además prácticas normales en
los servicios públicos de salud."
Derecho a la educación
Es
ampliamente conocido el analfabetismo que afecta a un amplio porcentaje de la
población andina y amazónica. En departamentos donde casi la totalidad de
población tiene origen indígena (Ayacucho, Huancavelica, Apurímac) puede
alcanzar hasta 50%, y llega a ser incluso más alto entre las mujeres.
Los
esfuerzos para una educación bilingüe intercultural han sido muy restringidos
hasta el momento. Esta puede ser una de las causas de la deserción escolar, que
afecta especialmente a las niñas.
Resalta,
sin embargo, una medida de acción afirmativa, por la que la Universidad
Nacional Mayor de San Marcos ha anunciado que reservará un porcentaje de
vacantes para jóvenes nativos amazónicos (26).
Acceso a lugares públicos
La
Convención establece el "derecho a acceder a cualquier lugar o servicio
destinado al uso público, tales como transporte, hoteles, restaurantes, cafés,
teatros y parques" (artículo 5.f). El Informe señala las denuncias que
durante 1998 se produjeron contra diversas discotecas, hoteles o cafés y
restaurantes de cadenas internacionales, que incurrían en tales prácticas por
su interés de mostrarse como "establecimientos exclusivos".
Estas
denuncias generaron una notable controversia, al punto que algunos locales
anunciaron públicamente que no tenían una actitud racista, mientras que otros
consiguieron que el Poder Judicial amparase la selección racial de clientes. La
"fuerte reacción de los organismos de derechos humanos, los medios
académicos y los medios de comunicación" generó finalmente la aprobación
de la Ley 27049 que prohíbe la selección racial de los clientes, algo positivo
pero evidentemente insuficiente.
Recomendaciones finales
La Mesa de Trabajo concluye su informe planteando una
serie de recomendaciones para enfrentar la problemática del racismo entre
nosotros, pidiendo que se detengan todas las prácticas que vulneran la
Convención, especialmente aquellas que son responsabilidad del Estado. Se
señalan dos áreas específicas de prioridad: las fuerzas de seguridad y los
medios de comunicación.