la corrupción:

UN PROBLEMA AL QUE HAY QUE METERLE EL DIENTE

(QUE NO ES LO MISMO QUE PARTICIPAR
DE LA MORDIDA)

Nuevos casos de corrupción han estallado en el país. No estamos frente a un asunto nuevo; tampoco ante un producto exclusivo de nuestra tierra. En todas partes se cuecen habas; sin embargo, en el Perú estamos desarmados para enfrentar la corrupción. El desplome del Estado de Derecho, la discrecionalidad absoluta con la que se maneja el poder político, la ausencia de fiscalización del Congreso y la subordinación del Poder Judicial impiden enfrentar este viejo y enraizado mal. La cultura de la corrupción se extiende, imparable.

Sólo el acceso real a la información pública, la irrestricta libertad de expresión, la independencia de los operadores de justicia, la efectiva rendición de cuentas, la fiscalización de los ciudadanos –desde los gobiernos locales hasta la cúpula misma del Poder Ejecutivo– permitirán que la conducta de las autoridades se ventile frente a la atenta mirada del público. Sólo una sanción ejemplar a los que trafican con los bienes públicos impedirá que se siga entronizando la impunidad.

El congresista Ernesto Gamarra y el abogado Jose Ugaz Sánchez Moreno nos entregan reflexiones que trascienden los casos concretos y la coyuntura para plantearnos los verdaderos desafíos en este tema que preocupa tanto al país.

 

Corrupción: problema nacional

Ernesto Gamarra Olivares

 

Para analizar el tema de la corrupción*, lo primero que se puede afirmar es que ésta es tan antigua como la humanidad, y que frente a ella se presentan distintas conductas: la que guarda silencio, la que denuncia en privado y la que denuncia públicamente para lograr un castigo. En el Perú también existe esta división, tal vez por el contexto social en el que ha aparecido una nueva clase política, o como consecuencia de un cálculo individual de costos y beneficios.

La corrupción política es un aspecto visible del modo en que opera la sociedad, necesariamente, producto de la coexistencia de dos actores, uno público y otro privado, para la obtención de extraordinarias ganancias y el logro de intereses comunes. Ejemplos hay varios: la financiación de campañas electorales con dinero producto del narcotráfico; la existencia de monopolio de poder dirigido a favorecer a particulares; o la preeminencia de un sistema confidencial para el manejo de fondos públicos, en especial en el caso de privatizaciones, concesiones o intervenciones en el mercado.

Es, definitivamente, un elemento distorsionador del orden público y resiente el funcionamiento de un correcto sistema democrático. Sus aspectos, algunos visibles y otros no, se presentan, principalmente, en la transformación de los procedimientos para iniciar o continuar una carrera política: ya no importa el mérito individual o el conocimiento técnico sino la burocracia partidaria; y en la administración pública impera aquello que conocemos como clientelismo: concesión de favores.

Los efectos son: en primer lugar, el olvido de la real función de los partidos políticos (algunos de éstos ya no representan los intereses de la sociedad), y la práctica de la selección de intereses particulares por encima de los generales; en segundo lugar, la existencia de un profundo desapego legal, incluyendo el propio texto de la Constitución; en tercer lugar, la innegable existencia de fragilidad de funcionarios públicos y sujetos privados para recibir y ofrecer, respectivamente, prebendas o aceptar lobbys incluso negando derechos adquiridos; y, en cuarto lugar, un popularizado sentimiento de impunidad.

Hay quienes dicen que no debemos sorprendernos por la existencia de esta figura, porque ella siempre ha existido. Pero creemos que ello no quiere decir que debemos permitir que la corrupción deba ser legitimada por la costumbre, menos aún en tiempos en los cuales las reformas estructurales del Estado han sido planteadas y vivimos tiempos de crisis económica.

Hoy el pueblo ya no acepta, por ejemplo, que funcionarios públicos antes encargados de áreas críticas del Gobierno estén vinculados a grupos privados, porque se ha creado un sentimiento de incredulidad en el sistema. Ha habido cambios sociales, quizá aún imperceptibles, que exigen ajustes. No necesariamente necesitamos una revisión de la legislación vigente, o la permanencia de sistemas de reforma judicial, sino el uso adecuado de los instrumentos legales con los que contamos: un debido control político por parte del Parlamento y un adecuado cumplimiento de nuestra legislación. El problema es moral y, lamentablemente, son pocos los que combaten pública­mente.

*          Un documento del Fondo Monetario Internacional define la corrupción como "el incumplimiento intencional del principio de mantener las distancias de una relación, principio conforme al cual las relaciones personales o familiares no deben influir en las decisiones de los agentes económicos del sector privado o de los funcionarios públicos".

 

Justicia, corrupción y transparencia

Jose Ugaz S.M.

 

En los últimos años la sociedad ha ido tomando conciencia de las graves consecuencias de la corrupción para la consolidación y funcionamiento de una democracia.

El debate sobre la corrupción ha salido de los recintos eclesiales, donde tradicionalmente fue materia de discusión por sus connotaciones morales, para convertirse en un elemento indispensable de análisis económico y viabilidad democrática, a tal punto que hoy es un baremo de medición de organismos internacionales como el Banco Mundial o el Banco Interamericano de Desarrollo; ha salido del ámbito de los comentarios soterrados de ciudadanos individuales acerca de las irregularidades en que incurren los gobernantes y/o sus administraciones, para ocupar un lugar preponderante en la agenda política nacional e internacional.

Prueba de ello es que, al inicio de su Gobierno, el Presidente Fujimori se refirió a la corrupción como un tema a abordar prioritariamente, al punto que llegó a proponer la creación de un Alto Comisionado contra la Corrupción, a semejanza del de Hong Kong. Posteriormente aludió a la corrupción como uno de los justificantes del autogolpe del 5 de abril de 1992.

En el plano internacional, se convocó a una reunión cumbre de presidentes americanos para discutir esta problemática, se generó la Convención Interamericana contra la Corrupción (ratificada por el Perú el 4 de abril de 1997) y se instauraron las Conferencias Internacionales Anticorrupción, la última de las cuales (VIII) se desarrolló en Lima en setiembre de 1997.

Como ha señalado el especialista norteamericano y profesor Robert Klitgaard, en sugestiva analogía, la corrupción es como el sida:

"... es un problema en todos los países, pero sólo causa un daño especial en unos pocos. Tiene aspectos de epidemia. Está basada en el comportamiento privado de individuos que el código moral dominante considera inmoral. Acarrea consecuencias en distintos niveles, incluido el económico. Finalmente, es una enfermedad difícil de combatir y puede adaptarse para resistir a los esfuerzos para combatirla".

Aun cuando las prácticas corruptas también se desarrollan en el ámbito de la actividad privada, el centro de la preocupación en la materia, dada la magnitud y los nocivos efectos sociales que conlleva, es su presencia en la administración pública.

Según una encuesta publicada hace unos años por la revista Caretas sobre las profesiones más identificadas con la corrupción en el Perú, de las cuatro profesiones más desprestigiadas por ese motivo (políticos, policía, jueces y abogados), tres están íntimamente vinculadas con el quehacer de la justicia.

¿Qué ha ocurrido con la administración de justicia para que, en lugar de ser una de las instituciones que se encuentran en un primer plano en el combate contra la corrupción, cosa para la que ha sido creada, se haya convertido en un campo fértil para su desarrollo?

Todo indica que la administración de justicia ha sucumbido a la fórmula de Klitgaard:

C = M+D-R

(Corrupción equivale a la suma de Monopolio más Discrecionalidad menos Responsabilidad.)

Para un mejor entendimiento del postulado, veamos cómo se presentan esos elementos en lo que concierne a la administración de justicia.

Monopolio

Si bien el acto de impartir justicia es por definición monopolio de la Judicatura, se ha procurado equilibrar el poder que genera la exclusividad en la función a través de la imposición de un conjunto de garantías esenciales (jueces inde­pendientes, reglas del debido proceso, instancia plural, publicidad, contradictorio, etcétera).

Lamentablemente, el progresivo deterioro del sistema judicial peruano, que ha llegado a su máxima expresión con la denominada "Reforma" (hoy a todas luces una clara intervención del Poder Ejecutivo), ha devenido en un peligrosísimo sistema de poder hiper-concentrado, con escasísimos márgenes para la independencia judicial, creación de subsistemas con clara sujeción al poder político (como los de Delitos Tributarios y Narcotráfico), debilitamiento del Ministerio Público, severas restricciones de las garantías del Debido Proceso, entre otros.

Discrecionalidad

Aun cuando, en esencia, los jueces deben decidir con criterio de conciencia, la ausencia de referencias objetivas que permitan reducir los amplísimos márgenes de discrecionalidad hasta límites razonables, y especialmente la falta de transparencia en el proceso de toma de decisiones, han convertido en muchos casos esa prerrogativa judicial en un pretexto para la arbitrariedad.

La administración judicial siempre ha sido reticente a la fiscalización pública de los casos a su cargo. La vigilancia de la opinión pública y de la prensa incomodan; es preferible resolver los conflictos judiciales a puerta cerrada, a salvo de la crítica y de la obligación de rendir cuentas.

En materia penal, con el argumento de que la investigación es reservada para evitar distorsiones probatorias, se ha impuesto la llamada "reserva del proceso", a cuya sombra se cometen verdaderos atropellos, con el agravante de haber originado un lucrativo negocio que favorece a empleados y funcionarios que se benefician con el producto de la venta de información.

Responsabilidad

Quien ejerce una función pública debe, en contrapartida a la cuota de poder que se le asigna, asumir las responsabilidades que se derivan de un indebido ejercicio de la función. Ello implica evitar a toda costa la impunidad judicial que ha sido la constante en nuestro deteriorado sistema, hasta hace poco muy orgulloso de sus pírricas victorias en pequeños casos de corrupción de baga­tela.

Recientemente, algunos sonados casos de fiscales, jueces y vocales sorprendidos en flagrante corrupción demuestran que cuando hay voluntad de combatirla (como ocurre con el actual jefe de la Oficina de Control de la Magistratura) y se logra la colaboración de los litigantes y la ciudadanía, se pueden romper las lagunas de impunidad que han imperado en esta materia.

Por la vía de la sanción a quien incurre en inconducta funcional se puede evitar la vigencia de la Ley de Greshom de la interacción social, según la cual la mala conducta expulsa a la buena, y todas las personas son inducidas, por la presencia de unos pocos, a adoptar comportamientos indebidos.

Ante lo dicho, para combatir la corrupción judicial resulta necesario aumentar la transparencia en el proceso de toma de decisiones.

Ello implica romper los nudos de poder concentrados en el sistema, garantizar la independencia de los magistrados a través de un proceso de selección adecuado y de estabilidad en la función, brindarles condiciones dignas de trabajo, restablecer las garantías del debido proceso y proscribir las lagunas de impunidad judicial.

Nada de ello será posible, sin embargo, si no va acompañado de una apertura que permita a los medios de comunicación y a la opinión pública conocer y ventilar públicamente el contenido y la justicia de las decisiones. Así, el acceso a la información judicial resulta, en nuestra opinión, la mayor garantía para un sistema dispuesto a hacer frente a tan pernicioso fenómeno.