¿Se pueden "ligar"
los derechos?
La política poblacional del Estado ha sido puesta
otra vez sobre el tapete a partir de un reciente informe del Centro
Latinoamericano para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM) y de la demanda
de la Defensoría del Pueblo para introducir urgentes modificaciones al
"Manual de anticoncepción quirúrgica" elaborado por el Ministerio de
Salud.
Luego de
que la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo de El Cairo (1994)
recalcase la importancia de los derechos reproductivos, el Presidente Fujimori
declaró que su Gobierno adoptaría medidas destinadas a "democratizar"
los servicios de planificación familiar. Poco después, el Congreso modificó la
política de población de acuerdo con el Convenio de El Cairo, enfatizando que
la adopción de métodos anticonceptivos debería hacerse sobre la base de la
"libre elección", sin que medie "ofrecimiento de favores
personales o recompensas".
Dos años
después, el entonces ministro de Salud, Eduardo Yong Motta, aprobó el Programa
Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar 1996-2000, que tenía
como una de sus metas "llegar al año 2000 habiendo alcanzado la
prevalencia de uso de métodos anticonceptivos modernos y seguros necesarios
para lograr una tasa general de fertilidad de 2,5 hijos por mujer". El
ministro no mencionó cuál sería la estrategia para lograr dicho objetivo, pero
ésta quedaría al descubierto pronto a partir de ciertos hechos.
En efecto,
ese mismo año (1996) las organizaciones locales de mujeres empezaron a reportar
presiones sobre personal de salud para que cumpliese cuotas de captación de
usuarios de la anticoncepción quirúrgica voluntaria (AQV). Además, se descubrió
la existencia de documentos que indicaban primeras metas numéricas. En
diciembre de 1997, varios medios de prensa dieron a conocer casos concretos de
infecciones graves y decesos como consecuencia de "esterilizaciones
forzadas".
A comienzos
del año siguiente, Joseph Rees, director ejecutivo y consejero jefe del Subcomité
de Operaciones Internacionales y Derechos Humanos del Congreso de los Estados
Unidos, visitó el Perú interesado en los casos de esterilizaciones forzadas.
Rees corroboró lo denunciado y, por si fuera poco, constató que parte de los
fondos de USAID (organización estadounidense) destinados a alimentos eran
utilizados para la captación de usuarias.
Ante estas
denuncias, la primera reacción del Gobierno consistió en señalar que grupos
conservadores querían hacer una campaña periodística de desprestigio del
Gobierno, y en negar la existencia de cuotas y la aplicación forzada de la AQV.
En esta
situación, la Defensoría del Pueblo intervino y planteó modificaciones a la
política sobre planificación familiar; el Gobierno, por su parte, asumió el
compromiso de "mejorar" la legislación.
La
situación, sin embargo, no mejoró. El "Manual de normas y
procedimientos" para AQV, dado mediante Resolución Ministerial Nº
071-96-SA/DM, dispuso la obligación, con escasas excepciones, de un plazo
mínimo de 72 horas para que los pacientes tomaran una decisión meditada.
También señaló la obligación de que el paciente suscribiese un formato de
autorización escrita para la anticoncepción quirúrgica. Para garantizar que la
decisión del paciente fuera libre y autónoma se determinó, además, que podía
retractarse aun minutos antes de que ésta se llevara a cabo.
No obstante
estas rigurosas estipulaciones, el Estado impuso también, contradictoriamente,
metas numéricas de AQV: cuotas de captación de usuarias por establecimiento y
por agente de salud. A cambio de esto, ofrecía dinero o especies al personal,
estímulos y hasta amenazas de removerlo en caso de incumplimiento. Dice el reporte
de CLADEM al respecto:
"En
noviembre de 1996, obtuvimos la primera evidencia sobre metas numéricas en anticoncepción
quirúrgica. El documento observado en la vitrina del entonces Director del
Centro de Salud de Huancabamba, señalaba 395 AQV programadas para 1996,
habiendo alcanzado hasta setiembre de 1996 el 42% de la ejecución, porcentaje
equivalente a 169 intervenciones de las cuales 143 eran ligaduras de trompas y
26 vasectomías".
El reporte
señala, además, que para cumplir con las metas los operadores realizaron
"acciones planificadas, masivas y sistemáticas dirigidas exclusivamente a
la captación de usuarias de métodos definitivos tales como campañas, ferias y
festivales de AQV". Por ello no era extraño encontrar que en la feria
local, además de juegos y espectáculos, se hallaran carpas del IPSS en las que
su personal repartía alimentos o vestidos al tiempo que captaba mujeres para
ser intervenidas.
CLADEM
apunta asimismo que en los 243 casos en los que se violaron derechos
fundamentales, los abusos se produjeron bajo distintas modalidades:
manipulación de la condición de pobreza; mujeres cuyas trompas fueron ligadas
sin su consentimiento luego de otra intervención quirúrgica (post- parto,
post-aborto), o que fueron inducidas por agentes de salud. A otras se les
practicó la ligadura pese a que habían desistido antes del inicio de la
operación; en otros casos fueron intimidadas (amenazas, trato humillante,
encierro en salas de operación); o, finalmente, se les dijo que la operación
era reversible, cosa que no es cierta.
Es más: en
muchos casos se obvió el requisito fundamental de que la paciente firmase personalmente
un formato de autorización, o éste fue firmado sin el plazo reglamentario de
meditación (72 horas entre la charla y la aceptación). Además, se constató
también que en algunas ocasiones este formato fue firmado por el cónyuge o
conviviente de la paciente, e inclusive que la firma se produjo camino a la
sala de operaciones.
Atentado contra
derechos fundamentales
Todas las
esterilizaciones forzadas se llevaron a cabo en un sector poblacional
específico: personas sumidas en la pobreza o pobreza extrema, campesinos e
indígenas.
Según el
informe de CLADEM, el hecho de que estas personas se encontrasen en situación
de suma vulnerabilidad aconsejaba que fuesen tratadas con especial cuidado, lo
que implicaba que se les informase detalladamente y en su idioma nativo sobre
cada uno de los métodos de planificación familiar. Si finalmente elegían la
AQV, era necesario que quienes iban a realizar la operación verificasen su
estado general de salud, para que sus vidas no corrieran peligro.
Sin
embargo, sucedió todo lo contrario: desinformación; uso de insumos pasados de
fecha; intervenciones quirúrgicas que no se llevaron a cabo con la
infraestructura adecuada, sino en los centros poblados; ausencia de exámenes
previos; personal poco calificado; instrumental quirúrgico inadecuado; abandono
de pacientes en la fase post-operatoria y antes del alta. En algunos casos
incluso no se retiró el dispositivo intrauterino a pacientes ligadas, lo que
les produjo, luego, serias infecciones.
Las
investigaciones de CLADEM detectaron, además, la discriminación por género.
Ello se puede constatar cuando afirma que las "metas-objetivo de cobertura
(eran aplicadas) exclusivamente sobre personas de sexo femenino". Los
criterios de origen y condición racial también estuvieron presentes en la
selección; y en casos aislados se cometieron abusos contra grupos específicos
como los discapacitados, población con tuberculosis y homosexuales.
¿Legalizando
atropellos?
El 6 de
mayo pasado el diario oficial El
Peruano publicó las Normas del Programa de Planificación Familiar, que
supuestamente mejoraban las anteriores. El informe de la Defensoría de enero de
1998 había alertado sobre la presencia de esterilizaciones forzadas, y señaló
la necesidad de mejorar la legislación sobre planificación familiar para
erradicar estas vulneraciones.
Lamentablemente,
según la carta que la Defensoría dirigió al Ministerio de Salud en estos días,
las normas recientemente publicadas adolecen de una redacción oscura, plagada
de imprecisiones y con un incremento de las excepciones al plazo obligatorio de
72 horas para la meditación.
La política de población del
Gobierno ha sido severamente cuestionada, pues se considera que permite graves
violaciones contra derechos fundamentales, especialmente de los que menos
recursos tienen para defenderse. ¿Habrá voluntad para rectificar los errores
cometidos? (Janeyri Boyer)