Excesos contra reclutas
en cuarteles

Los excesos cometidos en el servicio militar en el mes de abril del presente año cobraron dos nuevas víctimas: la muerte de Teobaldo Sánchez Palacios y las lesiones de Elvis López Tuya.  A ellos se suman los confusos incidentes del suicidio de dos reclutas en el Fuerte Rímac.

El 10 de abril Teobaldo Jaime Palacios Sánchez, al haber cumplido los 18 años de edad, se presentó en la Oficina de Reclutamiento de la Base Militar de Huaraz, para cumplir con el Servicio Militar, dado su deseo servir a la patria. El mismo día fue seleccionado y trasladado al Fuerte Coloma BIM Cusco Nº 23, de la Base Militar de Tumbes.

En el momento de su presentación, de conformidad con lo previsto en el artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 264 (Ley del Servicio Militar Obligatorio), Palacios Sánchez fue reconocido médicamente encontrándose en buen estado de salud física y psíquica; el hecho ha sido luego públicamente ratificado por el encargado de la Oficina de Reclutamiento de la Base Militar de Huaraz.

Sin embargo, el 20 de abril del presente año, o sea 10 días después de enlistarse en el Ejército, Palacios Sánchez fue conducido de emergencia al Hospital de Apoyo del Ministerio de Salud de Tumbes con diagnóstico de IRA, neumonía derecha, DC/TBC pulmonar, motivo por el cual se ordenó su hospitalización (Constancia de Atención Nº 144). Murió al día siguiente.

Este hecho le fue comunicado a su familia en la ciudad de Huaraz el día 22 de abril. Según los funcionarios militares, Palacios Sánchez falleció a consecuencia de la tuberculosis que padecía desde antes de su ingreso al servicio militar.

Ante estos hechos, los familiares de Teobaldo Palacios, acompañados por miembros de la Comisión Diocesana de Servicio Pastoral y Social (CODISPAS), exigieron al fiscal de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Huaraz investigar los hechos para determinar las verdaderas causas de la muerte.

Teobaldo Palacios

Según información y testimonio de los mismos funcionarios militares del Fuerte Coloma, Tumbes, el 16 de abril del presente año Teobaldo Palacios Sánchez, Elvis Edgar López Tuya y otras dos personas más se escaparon de las instalaciones militares, siendo capturados horas después en la ciudad de Tumbes. Efectivamente, Elvis López Tuya, testigo clave en este caso, ha señalado que al no poder seguir soportando los malos tratos, junto con el occiso decidieron escaparse, sin poder conseguirlo.

Por este hecho, dice Elvis López (testimonio prestado el 13 de mayo de 1999), "... fueron castigados y obligados a permanecer durante dos días en el calabozo completamente desnudos y sin alimentación. Posteriormente fueron llevados al almacén donde fueron brutal y salvajemente golpeados por los efectivos Juan Barrenzuela López, Juan García López y otros militares, causándoles graves daños en su integridad física y psíquica, conforme lo demuestra el certificado médico del propio Elvis López".

Según el Protocolo de Autopsia Nº 014-99 (Huaraz), la causa de la muerte de Teobaldo Palacios fue edema cerebral y edema pulmonar. Así se indica en el protocolo: "CABEZA ... presencia de mácula violácea superficial, en la aponeurosis interna de la región frontal... MIEMBROS SUPERIORES... Presencia de máculas de color violáceo de entre 0,4 a 1 cm de diámetro...MIEMBROS INFERIORES... notándose en el dorso de ambos pies y en sus correspondientes regiones perimaleolares punteado equimótico". Hay que señalar que estas lesiones se producen por golpes y cuando la persona estaba con vida.

 En conclusión, la causa de la muerte fue los malos tratos infligidos por los funcionarios militares denunciados, tal como lo demuestra el Informe Anatomo Patológico Nº 001175-1999, realizado por el Instituto de Medicina Legal de Lima.

Elvis López Tuya

El 13 de mayo, Elvis López Tuya, compañero de cuadra de Teobaldo Palacios Sánchez en el Fuerte Coloma, ha referido ante el fiscal provincial de Huaraz de manera clara y precisa los maltratos a que fue sometido juntamente con Teobaldo Palacios días antes de su muerte.

Ha contado que los primeros días de setiembre de 1998, cuando se encontraba caminando por una de las cuadras de la avenida Luzariaga, Huaraz, y aún menor de edad (17 años), fue levado por los efectivos militares de la base de Huaraz, donde permaneció por espacio de 15 días incomunicado siendo posteriormente trasladado al Fuerte Coloma, Tumbes, donde debía cumplir con el Servicio Militar Obligatorio. Sin embargo, los malos tratos a los que fue sometido desde el primer día que llegó lo llevaron a escaparse.

Las lesiones producidas a Elvis López se encuentran debidamente comprobadas con el certificado de reconocimiento médico practicado, donde se señala: "engrosamiento e inflamación con ligeros desgarros en la base  de la lengua... ligera presencia en proceso de resolución en el cuerpo de probables hematomas... cicatrización fresca de herida en cara interna de muslo derecho... cicatrización fresca de herida en testículos" (cita textual).

El 13 de mayo último el hecho fue denunciado ante la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Huaraz.

Lo que le espera

La situación del Elvis López es delicada e incierta, porque tiene que enfrentar un proceso penal por el delito de deserción (simple art. 221, agravada art. 227 del C.J.M.), que lo puede llevar a ser sancionado hasta con la pena de 20 años de prisión, y porque es un testigo clave para esclarecer la muerte de Teobaldo Palacios Sánchez. Por lo mismo, Elvis López permanece escondido para no ser detenido, intimidado o agredido por los denunciados, como ha ocurrido en otras oportunidades.

En la actualidad, ningún ordenamiento jurídico sanciona al que infringe una norma penal con la finalidad de salvaguardar su vida, salud y otros intereses fundamentales de la persona; en la doctrina, a estas circunstancias se les conoce como causales de justificación (inciso 23, art. 2 de la Constitución; incisos 3, 4 y otros del artículo 20 de Código Penal). Por excepción, éstas son normas permisivas, y se sustentan en el hecho de que el ordenamiento jurídico no puede admitir que una persona soporte una agresión ilegítima, motivo por el cual no se le puede imponer una sanción penal.

Sin embargo, contraviniendo este principio fundamental del derecho, en el ámbito militar los malos tratos son sólo circunstancias atenuantes y, por lo tanto, el desertor que ha sido agredido en el servicio militar igual es responsable (art. 229 del CJM). Esto es lo que va a ocurrir con Elvis López, por más que esté demostrado que fue brutalmente golpeado.

Investigaciones del caso

Los hechos estuvieron siendo investigados por la fiscalía de Huaraz, pero ahora han sido remitidos a la fiscalía de Tumbes. A diferencia de otros casos, ahora existen suficientes elementos para arribar a la conclusión de que se trata de ilícitos penales comunes y sus autores están plenamente identificados.

Pese a todo lo anterior, los presidentes de las Comisiones de Derechos Humanos y Contra el Abuso de Autoridad del Congreso se han negado hasta ahora a investigar las denuncias. (Robert Meza)

 

Los "suicidas" del Fuerte Rímac

A las cuatro de la mañana del día 24 de abril, en el Fuerte "Rafael Hoyos Rubio" en el Rímac, en circunstancias que se encontraban haciendo servicio de guardia, los reclutas Luis Pérez Huamán (19) y Juan Fernández Campos (18) mueren producto de dos disparos cada uno. La versión oficial del Ejército señala que ambos se suicidaron. La causa es personal o íntima: tenían una relación sentimental (homosexuales). Así se dio por cerrado el caso.

Esta explicación no convence a los familiares, ni a la defensa, por lo siguiente:

–Los reclutas desertaron y luego de 10 días se presentaron voluntariamente y fueron castigados con 8 días de rigor (encarcelados), y no se sabe en qué condiciones.

–¿Por qué inmediatamente después del castigo los dos fueron asignados juntos para prestar el servicio de guardia?

–¿Por qué los efectivos militares obligaron a la familia a deshacerse inmediatamente de los cuerpos (en el día)?

–¿Por qué afirmaron que cada uno había muerto por dos disparos, para decir luego que por uno?

Consideramos que una investigación seria tendría que determinar todas estas circunstancias. Y ahora le compete a la Fiscalía de la Nación esta ardua pero justa tarea.