Falsificar un millón de firmas no es delito
El 4 de octubre, la Sala de Delitos Tributarios y Aduaneros presidida por Róger Rodríguez Medrano, el sindicado hombre fuerte de Montesinos en el Poder Judicial, ordenó el archivamiento definitivo del proceso penal sobre la falsificación de un millón de firmas para la inscripción de la tercera candidatura de Fujimori ante el JNE, cerrando con broche de impunidad uno de los fraudes más graves y escandalosos de la historia política del país.
Pero tan escandalosos como el fraude en sí son los argumentos empleados para la resolución prevaricadora, que pasarán, sin duda, a formar parte de la ya frondosa historia chicha de la infamia judicial en los tiempos de Fujimori y Montesinos. Resulta que para la Sala no se configuró delito de falsedad material en los hechos denunciados porque los falsificadores no habían falsificado ellos materialmente los planillones de la ONPE: "hacer un documento falso equivale a elaborar o crear un documento nuevo, que no existía anteriormente, lo cual en el caso de autos no se ha producido, por cuanto ha quedado establecida la autenticidad material de los planillones, los cuales no fueron hechos, elaborados ni creados por el imputado".
Segundo, que tampoco había delito porque los planillones de la ONPE no habían sido adulterados: "la adulteración del documento afecta por igual el soporte mismo del documento, sea modificando, transformando o alterando su contenido, mediante medios físicos o mecánicos que permitan que el documento verdadero exprese materialmente algo diferente o distinto de lo que expresaba en su estado original"; o sea, podía haber firmas falsas, pero como no se adulteraron los planillones, no había delito.
Tercero, y para añadir más absurdo al absurdo, que para que haya delito debía haberse causado perjuicio a terceros; pero como el personero legal de Perú 2000 había solicitado al JNE se le separe de los comicios y el órgano electoral lo había aceptado, entonces no se había hecho uso de la inscripción obtenida y "por lo tanto, tampoco se habría producido perjuicio".
Por último, que tampoco habría ocurrido el delito de falsedad ideológica, "puesto que los planillones no son documentos o instrumentos públicos... la existencia de una documento público (sic) requiere de la existencia de un funcionario público, que, interviniendo en el acto mismo de formación del documento, provea en este acto de fe al documento"; o sea que, como los falsificadores no eran funcionarios públicos, entonces no había delito.
En otras palabras, y con el mayor desparpajo posible, la resolución nos estaba diciendo entonces que la falsificación de un millón de firmas no era delito mientras fuese realizada en documentos originales y por personas que no sean funcionarios públicos; y que si los responsables eran cogidos en falta, bastaba con retirar el documento falso para quedar tranquilos. Es decir, a partir de la resolución judicial los falsificadores de todo tipo y para todo propósito están habilitados a realizar sus fechorías sin ningún temor. La jurisprudencia los protege.
Por supuesto que, gracias a la decisión judicial, el regidor Luis Navarrete Santillán, el único de los responsables llevado a proceso, quedó libre de polvo y paja y siguió el camino de impunidad que ya se le había abierto a los mayores y verdaderos responsables que hoy no sólo siguen decidiendo los destinos del país sino que incluso se han dado el lujo de sentirse ofendidos porque la prensa los ha involucrado con los hechos. No cabe duda: otra más para la variante tecnocumbia de las historias de Ripley.