Abriéndose el círculo de la impunidad en la región

Abriéndose el círculo de la impunidad en la región

 

Ahora que Montesinos empezó la huida, el tema de los nuevos, modernos e imprevisibles mecanismos contra la impunidad tiene especial importancia para los peruanos. Que Anderson Cohatsu, nada menos que llevado como testigo de parte por este gobierno a la Comisión Interamericana, casi se quede preso en Estados Unidos, fue una señal.

Durante los últimos meses, una serie de acontecimientos ocurridos en diversos países latinoamericanos mostraron que muchos crímenes que se mantenían en el silencio y la impunidad pueden ser conocidos y sancionados. ¿En qué se parecen y en qué se diferencian estos procesos? ¿Cuál es el efecto de las decisiones que tomen jurisdicciones internacionales o extranjeras?

 

Del 31 de julio al 11 de agosto se realizó, en San José de Costa Rica, el XVIII curso interdisciplinario organizado por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos. A estos encuentros asisten activistas, abogados, profesores universitarios y magistrados de toda América Latina, así como funcionarios de organismos internacionales.

El 8 de agosto la televisión costarricense interrumpió su programación para anunciar que la Corte Suprema de Chile había levantado la inmunidad parlamentaria a Augusto Pinochet. Para la mayoría de observadores, el nuevo proceso que se le sigue al ex dictador hubiera sido impensable de no haberse producido su detención en Londres por más de un año... y los participantes del curso sabíamos que el magistrado que dictó la orden de captura, Baltazar Garzón, había llegado ya a Costa Rica invitado por el Instituto para dar la ponencia de clausura del curso.

La presencia de Garzón en San José no solamente coincidió con la decisión sobre Pinochet. Esa misma semana, Jorge Olivera, un militar argentino, fue detenido en el aeropuerto de Fiumicino, en Roma, debido al proceso que los tribunales franceses le siguen por el asesinato de una ciudadana de ese país. Olivera no era uno de los jerarcas militares argentinos, pero sí el primer militar de ese país detenido en el exterior. Inclusive un senador peronista lo ha reconocido como su torturador.

Entre tanto, el 9 de agosto, en Uruguay, el presidente Batlle rompió con la tradición de los anteriores presidentes civiles, Lacalle y Sanguinetti, al convocar a una Comisión para la Paz, integrada por diversos sectores políticos y sociales del país, para investigar las violaciones de los derechos humanos producidas durante la dictadura. Ese mismo día, en Guatemala, el presidente Portillo admitía la responsabilidad institucional del Estado guatemalteco en diversas masacres y asesinatos producidos durante los años 80 en ese país. Simultáneamente, la Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado publicó un nuevo informe sobre los millares de niños víctimas de la guerra civil que azotó ese país centroamericano.

Al día siguiente los participantes del curso asistimos a una audiencia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Se trataba de las reparaciones por la detención del mayor Gustavo Cesti. A pesar de que el gobierno peruano ha anunciado su retiro de la competencia de la Corte, había enviado a un abogado y al agente Jorge Hawie, quien sostuvo que no era posible indemnizar a Cesti por los dos años de prisión, porque habían constituido un "autoencarcelamiento". Los jueces de la Corte y los asistentes no podían ocultar su asombro. Sólo los peruanos parecíamos resignados a este tipo de argumentos.

Súbitamente, se produjo un cambio de emociones en el público: Baltazar Garzón acababa de ingresar a observar la audiencia. El magistrado español disertó esa noche precisamente sobre la jurisdicción internacional en materia de derechos humanos, tanto sobre el futuro Tribunal Penal Internacional como sobre los esfuerzos que las jurisdicciones nacionales podían emprender.

En su conferencia, Garzón recordó que las normas españolas le otorgan a los magistrados competencia sobre crímenes contra la humanidad, aunque se hayan cometido fuera de España. Recordó que cuando decidió asumir los casos de Chile y Argentina, intentó revisar los antecedentes de aplicación de dicho principio y encontró que ningún magistrado lo había utilizado antes. Había tenido que comenzar de cero, lo que prueba que un solo hombre sí puede cambiar la historia. Su ejemplo resulta especialmente impresionante para quienes venimos de países donde el Poder Judicial se encuentra subordinado al poder político; mientras, él continúa su trabajo a pesar de las diversas amenazas recibidas, inclusive de la ETA. Al concluir su exposición, un argentino-costarricense, al borde de las lágrimas, le preguntó si habría alguna vez justicia para el caso de su hermano asesinado en Córdoba cuando era un adolescente. Garzón le confirmó que ese caso ha sido admitido ya por su despacho.

Durante los días que estuvo en San José, Garzón apareció también como una persona normal y sencilla, que acudió a la fiesta de clausura con su esposa y su hija; bailaba merengue y cantaba rancheras con los demás participantes. Sin embargo, al volver a España lo esperaba un nuevo proceso, pues agosto no terminaría sin que otro militar argentino, Miguel Cavallo, fuese detenido, esta vez en México, en virtud de una orden de captura dictada por el juez que reemplazó a Garzón durante su viaje. Ahora Garzón ha comenzado a recibir los testimonios de las víctimas de Cavallo para abrir el auto de procesamiento y solicitar la extradición del detenido.

Después de ver a Pinochet arrestado en Londres, ningún violador de los derechos humanos parece invencible. ¿Será posible que en algunos países latinoame­ricanos se esté consolidando una tendencia a recuperar los valores de verdad y justicia? ¿Podrá ser que este espíritu llegue hasta estas tierras? En las páginas que siguen veremos cómo son apreciados los sucesos de esa semana de agosto en los diversos países. Salvo la de Flor de María Meza, abogada peruana residente en Uruguay, las demás contribuciones provienen de los participantes del XVIII Curso Interdisciplinario.

 

La batalla universal del Derecho

Alejandro L. Rúa

A casi 20 años del regreso a la democracia, la Argentina todavía lucha con su pasado, y quienes defienden los derechos humanos buscan todos los resquicios posibles para obtener justicia.

 

El camino de la impunidad

En 1983, a pocos días del regreso a la democracia, el nuevo gobierno argentino intentó la estrategia de que el régimen militar se juzgara a sí mismo: el Decreto Presidencial Nº 158 sometió a juicio sumario ante el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas a los integrantes de las juntas que usurparon el gobierno desde 1976 por los delitos de homicidio, privación ilegal de libertad y aplicación de tormentos –sin perjuicio de los demás de que pudieren resultar autores inmediatos o mediatos, instigadores o cómplices–.

Como los meses pasaban y no se producía ningún avance significativo, la justicia federal competente sustrajo esa materia de la jurisdicción militar. Los procesos llevaron a la condena a prisión perpetua para el ex presidente Videla y el almirante Massera. Viola, otro ex presidente, el almirante Lambruschini, el brigadier general Agosti, todos ellos integrantes de las cúpulas que se sucedieran en el desgobierno de la Argentina, fueron condenados a prisión por diversos períodos. Sin embargo, estas condenas eran ya parte de una solución de transacción entre la sanción general que habría correspondido y el propósito de las Fuerzas Armadas de proteger su impunidad y evitar nuevos "desfiles militares" ante los tribunales y la opinión pública.

Este propósito fue paulatinamente alcanzado: en primer lugar, en abril de 1986 se promulgaron unas cuestionadas instrucciones fiscales en las que se disponía que los encargados de la persecución tomaran en cuenta la exención de responsabilidad subalterna. Aunque al año siguiente se insistió con nuevas instrucciones, era evidente que de esta manera no se conseguía enfrentar el problema de la manera definitiva e institucional que pretendía el gobierno.

Para ello se resolvió finalmente el dictado de las leyes de punto final Nº 23.492 del año 1986 y de obediencia debida Nº 23.591 1987, cuyos proyectos elevó el Poder Ejecutivo, sancionaron ambas cámaras del Congreso y convalidó finalmente la Corte Suprema de Justicia, como para que ningún poder del Estado pudiera exhibir sus manos limpias en este asunto.

Finalmente, la impunidad quedó consagrada mediante los indultos presidenciales Nº 1002 en 1989 y Nº 2741 en 1990, otorgados por Carlos Menem, también convalidados judicialmente y referidos a los involucrados en procesos pendientes y a los militares que estaban en prisión, quienes salieron en libertad. Todos los posibles acusados quedaron sin peligro de persecución judicial, en nombre de una pretendida reconciliación nacional sin verdad ni justicia movida en realidad por las exigencias de los levantamientos militares tan frecuentes hasta entonces.

Las grietas de la muralla

Sin embargo, corresponde señalar que esta estrategia de impunidad nunca ha dejado de presentar fisuras: siempre quedó expresamente excluida de esta política una de las modalidades genocidas peculiares del caso argentino: la sustracción y ocultamiento de menores, sea para apropiárselos, sea para que fuesen adoptados por terceros tras el abandono.

En los primeros procesos se sostuvo que se trataba de conductas individuales y aisladas, que no podían ser incluidas en el plan de exterminio desplegado en la época. Sin embargo, los organismos de derechos humanos (APDH, CELS, Abuelas y Madres de Plaza de Mayo, HIJOS) lograron que la realidad de lo sucedido fuera imponiéndose a los tribunales. Al dar a conocer centenares de casos, pudo apreciarse el carácter masivo, sistemático e intencional de esta política.

Así, Videla y Massera, que habían sido liberados por los indultos presidenciales de Menem, han vuelto a ser sometidos a proceso y se ha dictado contra ellos la orden de prisión preventiva. Han seguido la misma suerte diversos jerarcas militares como Suárez Mason, Bignone, Riveros, Nicolaides y Acosta, aunque algunos se encuentran en prisión preventiva domiciliaria en virtud de su avanzada edad. Varios de ellos habían sido jefes de las diversas zonas en que los militares dividieron el territorio patrio.

Además, hay algunos jueces –pocos– que han perfilado la relectura de la previsión constitucional que contempla el juzgamiento extraterritorial de los crímenes cometidos contra el derecho de gentes a partir del tratamiento que los propios tribunales argentinos debieron dar a la situación de ciertos criminales nazis acovachados en estas tierras siempre tan acogedoras, como Schwammberger y Priebke, y que han contribuido internamente a justificar la vigencia de la posibilidad de su juzgamiento pese al transcurso del tiempo.

Por otro lado, debe considerarse la influencia que están teniendo en la investigación de esos crímenes aquellas jurisdicciones distintas de la nacional. Entre las instancias supranacionales, además del Comité contra la Tortura, tenemos la influencia de la Corte y la Comisión Interamericanas de Derechos Humanos, desde la resolución de los primeros casos sobre Honduras hasta la implementación de recientes acuerdos con el Estado argentino. Estas instancias han contribuido a que en muchas jurisdicciones nacionales en que aún se ve obstaculizada la posibilidad de perseguir penalmente a los responsables de las atrocidades cometidas, sea posible la prosecución de las actuaciones con el fin de determinar judicialmente lo acontecido, a modo de lo que se ha dado en llamar juicios de la verdad en cuanto se centran sustancialmente en ese objetivo.

En este orden corresponde asimismo la intervención que les cupo a jueces de países europeos ante quienes se presentaron también reclamos de las víctimas y que llevan adelante sus procesos contra los asesinos argentinos. Hay una centena de militares (y algunos civiles, entre ellos un ex juez) con órdenes de captura internacional por los crímenes de aquel tiempo. La mayoría de órdenes se deben a los procesos que sigue en Madrid Baltazar Garzón, pero también hay procesos abiertos en Francia, Italia, Alemania y otros países. Un ejemplo es el tristemente famoso capitán Astiz, condenado en ausencia por los tribunales franceses por la muerte de dos religiosas. Para estos militares, que no pueden salir de Argentina, el país se ha convertido en una gigantesca cárcel, pero la desgracia es que la comparten con el resto de la población.

A Miguel Cavallo, detenido a mediados de agosto en México, se le ha abierto proceso en España por su participación en el tormento y desaparición de varios de los secuestrados en uno de los más importantes centros clandestinos de detención que hubo en Argentina, la Escuela de Mecánica de la Armada, ubicada en uno de los barrios residenciales de Buenos Aires.

A partir de todo ello puede expresarse que la muralla de impunidad que los poderes del Estado argentino han ofrecido frente al infierno reciente, aun cuando todavía en pie, no ha podido cerrarse definitivamente, en tanto la voluntad de justicia adopta cualquiera y todas las formas posibles de actuación que el sistema tolera, sea a partir del otrora juzgamiento nacional, del enjuiciamiento todavía posible, a través de los aludidos juicios por la verdad o mediante el acogido reclamo internacional: de un modo u otro, también en la región se avanza en la batalla universal del derecho en contra de la muerte.

Alejandro L. Rúa es abogado, becario del Instituto Superior de Estudios para la Justicia de la Universidad de Buenos Aires e investigador de la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

 

 

El desafuero de Pinochet y la transición democrática

José Ignacio Escobar

El 8 de agosto, la Corte Suprema de Chile sorprendió a nacionales y extranjeros al levantar la inmunidad a Augusto Pinochet. ¿Cómo se ha llegado a este proceso? ¿Qué argumentos emplearon los magistrados chilenos para tomar tal decisión?

 

El tratamiento de las violaciones masivas de los derechos humanos del pasado reciente en los procesos de transición a la democracia se ha convertido en un campo especializado de la práctica política y de los derechos humanos. Anteriormente, la labor del movimiento de defensa de los derechos fundamentales había puesto el énfasis en exigir al Estado el respeto de ciertos derechos, es decir, la abstención de vulnerarlos, que depende sólo de una voluntad política.

Una vez recuperado el sistema democrático, se pretende la obtención de valores a los que anteriormente no había sido posible aspirar, y se piensa en la verdad y la justicia como fundamentos de una reconciliación nacional. La verdad acerca de las prácticas represivas en los casos más graves de atropello de los derechos humanos abre la puerta para la subsecuente justicia. Pero la obligación del Estado de cumplir con estos valores, a diferencia de la anterior, es una obligación positiva, y para que se haga realidad no sólo es importante la voluntad: depende también de la viabilidad política y se enmarca dentro del objetivo superior de "refundar" o reconstruir un sistema político e institucional justo.

Sin embargo, es necesario tener presente que el poder político se fundamenta de manera ideal en la legitimidad, pero en última instancia se sostiene mediante el control, legítimo o ilegítimo, de la fuerza; y que los diversos factores que aseguran el éxito o el fracaso de determinadas políticas escapan por lo general del control exclusivo de los gobernantes.

Chile no es ajeno a esta situación. Se encuentra aún en una etapa de consolidación del régimen democrático en la que la representación popular expresada en las urnas y el sometimiento del poder militar al civil aún no son una realidad. Para ello se requiere, en primer término, una reforma del sistema electoral y la Constitución. Hoy existen cuatro ex comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas como senadores designados, y el sistema electoral plantea un balance entre mayorías y minorías que, en la práctica, ha permitido a la derecha tener una representación artificialmente numerosa en las cámaras y ha reducido de manera tajante la representación que correspondería a la tercera fuerza política (es decir, los partidos Humanista o Comunista).

A pesar de ello, con relación a la búsqueda de la verdad, se han realizado dos grandes esfuerzos. El primero fue la Comisión de Verdad y Reconciliación, más conocida como Comisión Rettig; y el segundo, más reciente, ha sido la denominada Mesa de Diálogo, en cuyo documento final los distintos actores, incluidas las Fuerzas Armadas, comprometieron esfuerzos en la búsqueda de información que permita dar con el paradero de los detenidos-desaparecidos, asumiendo tímidamente responsabilidades históricas por lo sucedido.

Con relación a la justicia, de inmediato viene a nuestras mentes la dimensión penal de ésta y, a su vez, su condición de herramienta indispensable en el proceso de restauración de un orden moral justo en la sociedad. La supresión del fuero parlamentario del que goza Augusto Pinochet en su calidad de senador vitalicio, por sentencia definitiva de la Corte Suprema de Justicia, es otro paso adelante en esta línea.

El desafuero está circunscrito a un grupo de querellas referidas al proceso criminal Rol Nº2182-98-A, denominado comúnmente "Caravana de la Muerte", y versa sobre ejecuciones y desapariciones cometidas en los últimos meses de 1973 y en las que está principalmente implicado el general en retiro Sergio Arellano Stark. Existen otras 150 querellas interpuestas contra Pinochet, todas las cuales están siendo conocidas por el ministro de Fuero, señor Juan Guzmán Tapia.

La sentencia establece una serie de elementos que, a nuestro entender, son muy interesantes de destacar y se entroncan fuertemente con la necesidad de construir una historia común.

En primer término, en su considerando Nº 63 se resuelve que "se encuentran acreditados hechos que presentarían caracteres de delito de secuestro y homicidios y como ellos habrían sido ejecutados por un grupo militar, bajo un mando superior y que en el caso de haber habido homicidio los cadáveres no han sido encontrados, estos hechos también presentarían características de asociación ilícita e inhumaciones ilegales".

En cuanto a la responsabilidad, el considerando 66º precisa que "es conocida la gran importancia que tiene en una Institución Armada de la República la verticalidad del mando y la obligación del inferior de cumplir estrictamente las órdenes del superior, lo que de no hacer, puede significarle medidas disciplinarias, juicios militares, la destitución y otras más graves cuando ocurren en tiempo de guerra". En adición del voto de mayoría, el ministro Benquis realiza una extensa disquisición concluyendo que "no cabe sino aceptar que a la fecha de los homicidios y/o secuestros de que se trata, el país se encon­traba jurídicamente en estado o tiempo de guerra".

Aplicando acertadamente la doctrina de los actos propios, el considerando 71º agrega que "el General Pinochet tenía un claro concepto de lo que es el mando militar en la forma en que él mismo lo explica en su libro denominado Política, politiquería y demagogia, publicado en 1983 y en donde señala que "En la vida militar se vive, quizá con mayor claridad formal que en otra parte en la permanente dinámica de mandar y obedecer. En la organización militar, quien no sepa mandar, no sirve. Y quien no sepa obedecer, tampoco sirve. Por lo demás, y aunque resulta un tanto drástico decirlo así, en la vida la persona que resulta más inútil es aquella que no sabe mandar ni obedecer".

Concluye la sentencia en esta materia señalando, en el considerando 70º, "que si se considera la regla de la verticalidad del mando y que a la Comisión del General Arellano se la dotó de todos los elementos logísticos necesarios para llevar a cabo su cometido y que ante los excesos producidos no hubo ninguna reacción ni sanción a los responsables, debe concluirse que la orden de proceder en la forma que se ejecutó debió haber sido decretada por el propio Comandante en Jefe de la época".

Todas estas materias son de profunda relevancia y han estado siendo discutidas en sede jurisdiccional por mucho tiempo, hasta llegar a esta sentencia que es un precedente en orden a establecer las necesarias responsabilidades históricas y morales.

Aunque, considerando su avanzada edad, es improbable que Pinochet sea definitivamente condenado, judicialmente procede ahora que preste declaración indagatoria, diligencia que debiera cumplirse el 9 de octubre próximo, según ha trascendido en comunicados de prensa.

En conclusión, el prestigio y la fortaleza moral de los dirigentes de una nación tienen profundas repercusiones en la capacidad de la sociedad para avanzar y reparar las heridas del pasado. Chile está pagando el costo de haber pretendido terminar artificial y apresuradamente la denominada transición, abandonando la responsabilidad histórica que tocaba a los líderes en la reconstrucción de las bases institucionales de la sociedad; pero la resolución que priva del fuero parlamentario al ex dictador Augusto Pinochet se manifiesta como una nueva conquista por la ansiada reconciliación nacional.

José Ignacio Escobar, abogado chileno. Oficial Segundo Titular en el Poder Judicial.

 

En Montevideo renace la esperanza

Flor de María Meza

Los intentos de llevar a la justicia a los militares uruguayos fueron truncados por diversas presiones y temores. Sin embargo, con el nuevo presidente de ese país las cosas parecen estar avanzando por un camino diferente.

 

El manto de la impunidad

El 22 de diciembre de 1986, a los pocos meses del retorno a la democracia, el presidente Julio María Sanguinetti promulgó la Ley 15848 o Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, que señalaba que había "caducado el ejercicio de la pretensión punitiva del Estado respecto de los delitos cometidos hasta el 10 de marzo de 1985 por funcionarios militares y policiales, equiparados y asimilados, por móviles políticos o en ocasión del cumplimiento de sus funciones y en ocasión de acciones ordenadas por los mandos que actuaron durante el período de facto".

La ley en cuestión fue una solución política llevada adelante por Sanguinetti, con el consentimiento de Wilson Ferreira, principal dirigente del Partido Nacional, a pesar de que éste había sido exiliado, apresado cuando retornó al Uruguay y proscrito en las elecciones que ganó Sanguinetti.

Sin embargo, la ley de caducidad fue cuestionada por los sectores sociales y los partidos de izquierda aglutinados en el Frente Amplio. Éste organizó una recolección masiva de firmas para solicitar que, mediante un referéndum, los uruguayos aceptasen o rechazasen la aplicación de la Ley 15848. El referéndum se realizó en abril de 1989, y la ley fue ratificada por un escaso margen.

El caso Gelman

La situación de los desaparecidos en Uruguay alcanzó en los últimos años una nueva actualidad debido a las pesquisas realizadas por el poeta Juan Gelman. El 24 de agosto de 1976, en el marco del Plan Cóndor, su hijo Marcelo fue secuestrado con su esposa María Claudia por militares argentinos. María Claudia tenía ocho meses de embarazo. Ambos fueron llevados a Automotores Orletti, lugar clandestino de detención de ciudadanos uruguayos en Buenos Aires. Mientras el cadáver de Marcelo apareció poco después, con un tiro en la nuca, Claudia fue trasladada a Uruguay por militares de ese país.

Juan Gelman comenzó sus pesquisas intentando ubicar el paradero de su nuera y de su nieto o nieta a fines de los años 90, luego de escuchar el testimonio de Sara Méndez, una mujer uruguaya que estuvo detenida en el mismo lugar que Claudia. Actualmente la señora Méndez también busca a su hijo Simón Riquelo, nacido durante su cautiverio. Gelman intentó contactarse con Sanguinetti, pero éste nunca lo recibió. El secretario personal del Presidente le hizo saber que se harían las investigaciones pertinentes.

Sin embargo, luego de casi un año Gelman difundió que no se había producido ningún resultado, lo que suscitó una condena internacional unánime hacia Sanguinetti, encabezada, entre otros, por el último premio Nobel de Literatura, José María Saramago.

El 1 de marzo del 2000 asumió el mando el doctor Jorge Batlle, también del Partido Colorado. En su discurso inaugural, Batlle hizo un llamado "a sellar la paz entre los uruguayos". Estas palabras se concretaron pronto en hechos. Batlle demostró que su actitud hacia la problemática de los derechos humanos era diferente de la de sus predecesores Lacalle y Sanguinetti. En un hecho histórico, el 13 de abril pasado se convirtió en el primer presidente que, luego de 15 años de reinstaurada la democracia en Uruguay, recibía al Movimiento de Madres y Familiares de Detenidos-Desaparecidos (FEDEFAM- Uruguay).

También, y conjuntamente, iniciaba una ronda de conversaciones con las autoridades militares sobre estos temas. A fines de marzo Batlle anunció públicamente que la nieta de Gelman había aparecido con vida en Uruguay. Pruebas posteriores de ADN confirmaron con exactitud que la joven era la hija desaparecida de Marcelo Gelman y María Claudia Irureta Goyena. Este hecho tuvo una gran repercusión nacional e internacional, pues el caso había sido ampliamente seguido. Fue importante también que se tratara con mucho cuidado, evitando la interferencia de la prensa en el reencuentro entre los Gelman y su nieta.

La Comisión para la Paz

Según las Abuelas de Plaza de Mayo, con la nieta de Gelman suman 67 los identificados sobre un total de 280 denuncias de desaparición de hijos de mujeres embarazadas al momento en que fueron secuestradas.

El pasado 9 de agosto Batlle marcó un nuevo paso al firmar la resolución que crea la Comisión para la Paz. Ésta manifiesta que "se entiende necesario, para consolidar la pacificación nacional y sellar la paz entre los uruguayos, dar los pasos posibles para determinar la situación de los detenidos-desaparecidos durante el régimen de facto, así como de los menores desparecidos en similares condiciones". Asimismo, describe como cometido de la Comisión "recibir, analizar, clasificar y recopilar información sobre las desapariciones forzadas ocurridas durante el régimen de facto".

La Comisión está presidida por el arzobispo de Montevideo, Nicolás Cotuño, y es integrada además por José Artigas D’Elia, dirigente histórico de la central de trabajadores; Luis Pérez Aguirre, sacerdote jesuita depositario de la confianza de FEDEFAM; el doctor Claudio Williman, dirigente del Partido Nacional; el doctor Gonzalo Fernández, asesor del doctor Tabaré Vásquez, representante del Frente Amplio, y por el doctor Carlos Ramela, representante del Poder Ejecutivo. Como se deja ver, los miembros de la Comisión provienen de los diversos sectores políticos y sociales de Uruguay.

La resolución da amplias facultades a la Comisión para recibir documentos y testimonios, "debiendo mantener estricta reserva sobre sus actuaciones y la absoluta confidencialidad de las fuentes". La Comisión elevará a la Presidencia de la República toda la información que entienda pertinente para su averiguación. El plazo de funcionamiento se estableció en 120 días, pero puede prorrogarse a solicitud fundada de la Comisión.

Finalmente, el trabajo de la Comisión concluirá con un informe para la Presidencia de la República "para que ésta disponga, en el ámbito de su competencia, las actuaciones que pudieren corresponder e informe oficialmente a los interesados".

La Comisión cuenta con el apoyo de todos los sectores de la sociedad uruguaya, que después de 15 años de terminada la dictadura quieren conocer el paradero de los casi 170 uruguayos detenidos-desaparecidos en Argentina, Chile, Paraguay y Uruguay.

Abogada peruana, integrante del Instituto Mujer y Sociedad.

 

Guatemala: Todavía sólo palabras

Juan Pablo Pons

Durante 40 años de sangriento conflicto, 200 000 personas –la mayoría indígenas– fueron asesinadas en Guatemala. Rigoberta Menchú ha denunciado ante el despacho de Baltazar Garzón a los militares involucrados en las peores masacres. Entretanto, aunque la paz se ha firmado, los familiares de las víctimas todavía siguen esperando justicia.

 

Con la entrada en vigencia de la Constitución Política el 31 de mayo de 1985, Guatemala pretendió ingresar al grupo de países democráticos, buscando de esa forma el respeto y la protección de los derechos humanos. La firma de la paz, 12 años después, entre el Gobierno y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca, trajo el deber humanitario de resarcir a las millares de víctimas de violaciones de los derechos humanos por medio del Acuerdo Global sobre Derechos Humanos, especialmente durante los años más duros de nuestra historia (1977-1987).

En 1998, los informes del Proyecto Interdiocesano para la Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI)1 y de la Comisión del Esclarecimiento Histórico "Guatemala: Memoria del Silencio", recomendaron las reparaciones a las víctimas o sus familiares, que implican impulso a las investigaciones y procesos judiciales para sancionar a los responsables, dignificación de la memoria de dichas víctimas y compensaciones económicas.

En marzo del presente año, al iniciarse el mandato del presidente Portillo, el Estado de Guatemala comenzó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el proceso de búsqueda de solución amistosa con las víctimas de otros siete casos, entre los que se encuentran varias masacres de campesinos. El 9 de agosto el Estado reconoció ante la CIDH su responsabilidad institucional en algunos de los casos de violaciones de los derechos humanos, a raíz de que la Comisión emitiera recomendaciones para que se realizaran conversaciones con las personas que fueron víctimas de esas violaciones. Además, el gobierno se comprometió (de una forma un tanto improvisada) a buscar soluciones amistosas en otros casos como el de la antropóloga Myrna Mack, asesinada en 1990, siempre con la mediación y supervisión de la CIDH.

Creo que el hecho de que el Estado se reconozca responsable institucionalmente no nos lleva a los guatemaltecos a ningún lugar, ya que los autores de estas violaciones cometidas bajo el manto de la impunidad y los poderes paralelos seguirán sin ser condenados, con lo cual la búsqueda de la verdad será una búsqueda a medias. Si antes negaban estos hechos, ahora ya no lo harán, pero, de todas formas, las investigaciones y los autores nunca serán condenados.

Lo más preocupante es la posición del Estado: aun cuando se compromete a emprender las negociaciones, en ningún momento estipula en cuánto tiempo lo hará, lo que no les da a las víctimas o a sus familiares la certeza de encontrar la verdad que tanto ansían y el resarcimiento por el daño hecho por el Estado. Se necesitan acciones concretas, y no sólo un discurso político.

Si bien es cierto existe la voluntad, podemos afirmar que si en tanto tiempo no han dado con los responsables es difícil que lo puedan hacer en este momento, ya que, como se ha mencionado, las estructuras paralelas de poder no van a dejarse tocar.

El gobierno de Portillo no ha cumplido con reimpulsar el proceso de paz y con los acuerdos más sensibles, así como con las recomendaciones de la CEH, en especial aquellas relacionadas con la búsqueda de los desaparecidos y la política de exhumaciones, entre otros temas. Esto redunda en violaciones sistemáticas que, aun cuando no se realicen en contra de la integridad de las personas, se manifiestan en el no acceso a la justicia, en el retardo malicioso de los trámites en los procesos, entre otros.

Paralelamente, el Estado está mostrando su preocupación por implementar una Ley de Acceso a la Información para demostrar políticamente que tiene la voluntad de esclarecer la mayoría de violaciones de derechos humanos. Sin embargo, dicha ley no tiene mayor relación con el tema, ya que el articulado se limita a regular cómo no dar información, en lugar de apoyar el proceso de transición hacia una verdadera paz. En la medida en que se pueda acceder a esa información, la búsqueda de la verdad dejará de ser una propuesta y se convertirá en una realidad para todas las víctimas de los asesinos de Guatemala.

 

 

Juan Pablo Pons Castillo, abogado guatemalteco. Integrante de la Fundación Myrna Mack.

1.         El asesinato de monseñor Juan Gerardi, dos días después de dar a conocer este informe y la confusa investigación de su muerte, han generado un fuerte escepticismo sobre las posibilidades de que las violaciones de los derechos humanos lleguen a ser sancionadas. (Nota del editor; véase ideele N° 107, mayo de 1998.)