Comisión de la Verdad
En Huanta, el 3 de noviembre del 2001
Susana Villarán
El tema de la reconciliación, así
nombrado, ha sido incluido dentro de las cuestiones que debe tratar la Mesa de
Diálogo propiciada por la OEA. Se planteó al inicio de la peor manera, como
parte de un cínico intercambio: impunidad a cambio de fijar la fecha de las
elecciones. La propuesta alcanzada por el ministro Alberto Bustamante era
clara: se trataba de extender los efectos de las leyes de amnistía de 1995
hasta la fecha en que se firmara tan absurdo contrato. Además de
"constitucionalizar" las amnistías e incluir los actos derivados de
la lucha contra el narcotráfico, beneficiando a civiles y militares también por
actos administrativos, el "paquete Bustamante" incluía como señuelo
la reparación a los inocentes injustamente acusados de terrorismo, a los
familiares de los miles de desaparecidos en el Perú y el establecimiento de una
Comisión de la Verdad.
Esta propuesta, cuyo autor no podía
ser otro que Vladimiro Montesinos, no llegó a puerto alguno. El derrumbamiento
acelerado del régimen y el rechazo unánime de la ciudadanía –88% de personas
encuestadas sobre el particular indicó que no aceptaba el canje de impunidad
por elecciones y 77% se manifestó contra la amnistía en cualquier
circunstancia– se interpusieron en este torpe, insensato y burdo chantaje.
Pero
el tema está ahí, en la Mesa, y debemos considerar cómo tratarlo. ¿Es este el
momento adecuado para emprender una tarea imprescindible, nunca abordada en
nuestro país, que ha padecido los estragos de una guerra interna y del
autoritarismo durante dos décadas? ¿Qué esperan las víctimas de violaciones de
los derechos humanos, peruanos y peruanas a los que se les ha cerrado el camino
a la verdad, la justicia y la reparación con la impunidad de facto y las leyes
de amnistía? ¿Qué deberíamos hacer en el Perú para llegar a la reconciliación?
Éstas son algunas de las preguntas de respuesta indispensable.
¿Es
este el momento?
Evidentemente, no. Para abordar de
manera seria el proceso de búsqueda de la verdad de lo que ocurrió en nuestro
país durante el conflicto interno se requiere de una ruptura política y moral
entre el tiempo del dominio autoritario y el tiempo nuevo marcado por la legitimidad
democrática. Para analizar lo ocurrido durante la lucha del Estado contra
Sendero Luminoso y el MRTA y las violaciones de los derechos humanos producidas
en esos años, así como en tiempos más recientes, es indispensable el
advenimiento de un clima democrático, de una estabilidad mínima, de reglas de
juego claras y, sobre todo, de la legitimidad y respaldo de quienes emprendan
ese proceso.
Todavía no hemos llegado a ese
momento. No nos encontramos en una transición democrática. Nos hallamos en un proceso
de salida del régimen, de una huida conflictiva e incierta acelerada por la
descomposición interna del gobierno fujimorista. Tenemos un presidente atrapado
sin salida en su propia corrupción y fracaso; a un jefe de Estado huérfano de
credibilidad nacional e internacional y carente de moralidad y que intenta, a
toda costa, librarse de las responsabilidades que le tocan.
Es importante aprender de las
experiencias internacionales. En los momentos de fin de la guerra o término de
la dictadura nunca han funcionado los mecanismos orientados a lograr la
reconciliación. Todo lo contrario: ha sido el tiempo en que los perpetradores
de violaciones de los derechos humanos han impuesto condiciones para salir
librados de sus responsabilidades y asegurar mecanismos de tutela a las futuras
democracias. Este es el caso de la tristemente célebre Ley de Caducidad en
Uruguay, fruto de un pacto realizado a espaldas de la ciudadanía. Recordemos
también que, para asegurar la impunidad, las dictaduras impusieron leyes de amnistía
como la dictada por Pinochet en abril de 1978 . Acá en el Perú, Fujimori
promulgó en 1995 una de las leyes de amnistía más amplias que se hayan conocido
en el mundo.
Sólo al inicio de regímenes
democráticos se dan las condiciones –nunca ideales, por cierto– para el
establecimiento de las así llamadas "comisiones de la verdad". Este
fue el caso en Argentina cuando Raúl Alfonsín, presidente elegido
democráticamente luego de la dictadura, constituyó la CONADEP, presidida por el
escritor Ernesto Sabato. En Chile, Patricio Aylwin, tiempo después de haber
asumido el gobierno, creó la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, más
conocida como la Comisión Rettig. En El Salvador y en Guatemala estos
mecanismos se echaron a andar como parte de los acuerdos de paz, en 1992 y 1994
respectivamente. En Sudáfrica, la Comisión de Verdad y Reconciliación se
constituyó en 1995 con la presidencia del Premio Nobel de la Paz, el pastor
Desmond Tutu, a partir de una decisión de Nelson Mandela. En todos estos casos,
los tiempos dolorosos de la dictadura, la guerra y el apartheid habían quedado
atrás.
Las comisiones de esta naturaleza,
establecidas en África, Asia, Europa del Este o América Latina entre 1971 y
1995, 40 en total, independientemente de cuánta verdad, cuánta justicia y
cuánta reparación hayan podido alcanzar en cada circunstancia nacional,
demuestran que sólo en el momento en que adviene un gobierno democrático, o que
se entra en un proceso de paz y de mayor estabilidad, que es cuando se produce
un quiebre claro y definitivo con el pasado, se pueden instalar mecanismos
judiciales y extrajudiciales orientados a la reconciliación nacional (véase
recuadro).
¿Significa esto que el tema no
debe ser abordado? De ninguna manera. Nos encontramos ante la oportunidad de
definir un escenario futuro, un panorama deseado; de colocar sobre la Mesa de
Diálogo los criterios y los parámetros de la así llamada reconciliación. El
acuerdo al que deberían llegar las fuerzas democráticas y los representantes
del gobierno saliente es el de impulsar, luego de la instalación de un gobierno
surgido de elecciones genuinas, una Comisión de la Verdad. A eso debemos
aspirar, y ojalá fuese ese el consenso al que se arribe en los diálogos
propiciados por la OEA. Cabe recordar que la Coordinadora Nacional de Derechos
Humanos alcanzó este planteamiento a quienes compitieron en las elecciones de
1995, y que en 1999 volvió a colocar sobre la mesa, como parte de los llamados
"44 puntos para la democracia y los derechos humanos", la necesidad
de que en el Perú se constituya una Comisión de la Verdad.
El
tiempo y la materia de la reconciliación
Hace unos años, en Ayacucho, el
presidente de la comunidad de Paclla relató a un grupo de defensores de
derechos humanos que visitábamos esa comunidad altoandina de la provincia de
Huanta una historia emblemática. Nos narró la experiencia de ese grupo de
campesinos que habían vivido entre dos fuegos, resistiendo, no una sino varias
veces, las feroces embestidas de Sendero y de las Fuerzas Armadas con saldos de
muertos y desaparecidos. Al final de su relato, don Eusebio Velásquez nos dijo:
"yo prácticamente estoy guardando esta historia, para reclamarla quizás
mañana más tarde" (véase recuadro).
Lo sucedido en Paclla de hecho
ocurrió en otras localidades de nuestro país. El patrón fue similar: la
población civil vivió entre dos fuegos, obligada por unos o por otros a
colaborar, y por ello debió sufrir muertes, desapariciones, secuestros y
desplazamientos. Más tarde vendrían los inocentes procesados y condenados por
terrorismo y los miles de requisitoriados comprendidos en procesos por esa
misma causa que todavía hoy viven a salto de mata. Pero ello no aconteció sólo
en nuestra sierra y selva. La violencia se desplazó a nuestras ciudades y las
víctimas fueron sumando, entre otros, a periodistas, estudiantes y maestros.
En el momento más duro de la
violencia en las zonas urbanas, entre los años 90 y 92, la ciudad capital fue
testigo de hechos como los de Barrios Altos, La Cantuta, el asesinato de María
Elena Moyano y los muertos en la explosión de Tarata. En años recientes, las
víctimas y los perpetradores tuvieron otro signo. Mientras el autoritarismo se
enseñoreaba de la política peruana, la total ilegalidad en la que actuaron
durante el régimen de Fujimori los servicios de inteligencia liderados por
Vladimiro Montesinos les permitió perpetrar torturas, cometer atentados contra
medios de comunicación y asesinatos hasta de sus propios miembros. Se sometió
al espionaje, chantaje e interceptación telefónica a decenas de empresarios,
políticos y periodistas.
La impunidad que otorgaron las
leyes de amnistía a los agentes del Estado, civiles y militares desde 1980
hasta 1995 permitió liberar a unos cuantos sentenciados por la matanza de los
penales en 1986 y por los hechos de La Cantuta. Se archivaron casos y se
impidió la investigación de todo lo relacionado con la lucha antisubversiva.
Pero la amnesia por decreto no
funciona en ninguna sociedad. Las huellas de todo lo vivido están ahí, en medio
de nosotros; la memoria está viva y regresa; la herencia de la guerra interna y
del autoritarismo permanece casi intacta. Así como sostuvo hace cuatro años don
Eusebio –"estoy guardando esta historia, para reclamarla quizás mañana más
tarde"–, todos hemos aguardado el momento del reclamo.
El reclamo es de los familiares de
los desaparecidos por agentes del Estado que, según informe reciente de la
Defensoría del Pueblo, serían 4022 (a ellos podrían añadírseles los casos de 1018
personas más por información insuficiente). La demanda es de cientos de
familiares y víctimas de Sendero Luminoso y el MRTA, de miembros de las Fuerzas
Armadas y Policiales que han quedado discapacitados. La exigencia es de los
aproximadamente 1000 inocentes que fueron condenados por terrorismo y traición
a la patria a sufrir penas en cárceles de máxima seguridad. Quinientos
diecinueve de ellos fueron indultados, pero aún permanecen en prisión más de
200. De los miles de inocentes requisitoriados. El pedido es el de los
familiares y sobrevivientes de las matanzas de Cayara, de Soccos, de Accomarca,
de los penales, de Barrios Altos, de La Cantuta, entre otros.
Se trata de situaciones gravísimas
cuyas víctimas no han sido amparadas por el Estado. No hay nada que justifique
tal padecimiento y desprotección. No hay "fragor del combate" ni
"excesos comprensibles" que justifiquen dejar sin la efectiva tutela
de la justicia a las víctimas y sin sanción a los culpables de crímenes tan
atroces y de situaciones tan injustas.
Tocará a una Comisión de la
Verdad, instituida por un gobierno legítimo, surgido de elecciones limpias y
justas, abordar ese período largo de dos décadas y las secuelas del doloroso
conflicto que hemos padecido en el Perú. Su propósito no podrá ser otro que el
establecimiento de la verdad, la consecución de la justicia y la reparación de
las víctimas.
¿Cómo
se llega a la reconciliación?
La reconciliación es un proceso
complejo que involucra dimensiones culturales, sociales e históricas y en el que
participan muchos actores; pero hay algo que es imprescindible plantear desde
un inicio: no habrá reconciliación si no se produce el reconocimiento público
de las víctimas y también de los victimarios. No importa el nombre que adopte
el mecanismo extrajudicial de investigación, justicia y reparación; su aporte a
una auténtica reconciliación en el Perú dependerá de la claridad de su mandato,
de su total independencia y autonomía, de la calidad y credibilidad de sus
miembros y funcionarios. También, de la confidencialidad de sus
investigaciones, de la publicidad de sus actos e informe final y de la
consistencia y cumplimiento de todas sus recomendaciones.
De las experiencias
internacionales y la elaboración de juristas y expertos en esta materia
confrontadas con lo vivido en nuestro país, podemos extraer algunos criterios
fundamentales que nos permitan delimitar el mandato de una Comisión de la
Verdad.
La
verdad
Los familiares de los
desaparecidos de Ayacucho, Huancavelica y Apurímac, reunidos en la
ANFASEP, hicieron circular a principios de este año un pequeño boletín de
nombre Contra el Olvido. Ahí
plantean un tema que forma parte indispensable de la búsqueda de la verdad. Se
trata de la erradicación de la historia oficial y de la elaboración de una
memoria que tome en cuenta a aquellos cuya palabra fue desvalorizada y excluida
durante todos estos años. "A todo un sector de la población –que
precisamente estaba siendo víctima de atroces crímenes–, o se le negó la
palabra, o se la desvirtuó. Necesariamente la palabra de estas personas se
desvalorizó. En ese contexto, rescatar la verdad se vuelve fundamental. No se
puede dejar que la versión oficial sustituya las versiones de las víctimas, que
una perspectiva de ocultamiento sustituya a una de esclarecimiento. Hay que
elaborar una memoria colectiva que ayude a la gente a buscar un sentido a lo
sucedido y a afirmar su dignidad: el recuerdo como forma de reconocer que eso
ocurrió, que fue injusto y que no se debe repetir."
Pero más allá de ayudar a la
ineludible tarea de reconstruir la memoria social de la violencia, la Comisión
de la Verdad deberá garantizar el derecho a saber lo que sucedió de boca de las
víctimas y de sus familiares. Con tal fin, deberá también estar en condiciones
de establecer la individualización de los victimarios o perpetradores de los
crímenes contra la humanidad o contra el Derecho Internacional Humanitario. Es
claro, como se dijo en su momento en Nuremberg, que "si no hay culpables,
no existieron nunca las víctimas". Para ello deberá tener libre y completo
acceso a archivos e información oficial, recibir información de testigos y
víctimas a los que deberá garantizarles protección.
La
justicia
En este campo del acceso de las
víctimas y familiares a la justicia es posible prever la combinación del
funcionamiento de tribunales civiles nacionales y de la jurisdicción
internacional, habida cuenta de la controversia que existe sobre los efectos de
las leyes de amnistía dictadas en el Perú. Sin embargo, es necesario establecer
que, desde la perspectiva del derecho internacional de los derechos humanos,
los crímenes contra la humanidad son imprescriptibles, no pueden ser
amnistiados y que toda víctima tiene el derecho de gozar de una efectiva tutela
y protección de la justicia.
Resulta importante, a este
respecto, recordar lo planteado por varios de los organismos de las Naciones
Unidas que se han referido a las leyes de amnistía en el Perú. (Todos le han
solicitado al Estado peruano la derogatoria de dichas leyes.) En su Informe
Anual de 1996, aprobado en la XXVII Asamblea General de la Organización de
Estados Americanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recomendó
"... al estado del Perú que deje sin efecto la Ley de Amnistía (26479) y
de Interpretación Judicial (26492), porque son incompatibles con la Convención
Americana y que proceda a investigar, enjuiciar y sancionar a los agentes
estatales acusados de violaciones a los derechos humanos, en especial, las
violaciones que impliquen crímenes internacionales".
Desde esta perspectiva, los
perpetradores deberán ser procesados, con todas las garantías, y sentenciados
si se les encuentra responsabilidad, ya que no existe reparación verdadera del
perjuicio causado a las víctimas si el Estado renuncia a su acción punitiva.
La
reparación
Todas las víctimas directas, sus
familiares y los dependientes tendrán en el Perú derecho a una reparación con
cargo al Estado. Cuando hablamos de reparación solemos restringir su
significado a lo económico. No debe ser así. Louis Joignet, miembro de la Sub Comisión
de la lucha contra las medidas discriminatorias y de la protección de las
minorías de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, propuso en
1996 un conjunto de principios para la protección de los derechos humanos y la
lucha contra la impunidad.
Joignet plantea que las víctimas y
sus familiares deberán acceder por la vía civil o penal, administrativa o
disciplinaria, a un recurso "fácilmente accesible, rápido y eficaz"
que debe, además, "asegurar una protección contra las intimidaciones y
represalias". Se requiere que la reparación cubra todos los perjuicios que
hayan sufrido las víctimas: indemnizaciones de carácter económico, restitución
de los derechos y libertades conculcadas, readaptación, gastos médicos,
servicios sociales y jurídicos. Además de ello, la Comisión de la Verdad deberá
promover medidas de carácter general: "el reconocimiento público de la
responsabilidad del estado, una declaración oficial rehabilitando a las
víctimas en su dignidad, ceremonias conmemorativas, denominación de vías
públicas, monumentos, homenaje anual a las víctimas y la incorporación en
libros de historia y de formación sobre derechos humanos de la narración fiel
de las violaciones de una excepcional gravedad en el período de
referencia".
El perdón y la reconciliación
"El hombre no está en
capacidad de perdonar aquello que no puede castigar", escribió la filósofa
alemana Hannah Arendt en La condición
humana (1958). Sus reflexiones sobre el perdón y la promesa han servido
de referencia ética y filosófica a varios autores que han escrito sobre el tema
que nos ocupa en este artículo. La demanda de perdón no puede preceder al
establecimiento de la verdad y a la obtención de la justicia. En condiciones
excepcionales, en virtud del establecimiento de un clima de reconciliación
nacional, las víctimas, la sociedad y el Estado pueden acordar mecanismos de
perdón a quienes cometieron crímenes contra la humanidad, siempre y cuando
estos crímenes sean reconocidos públicamente por quienes los cometieron y éstos
se arrepientan, también públicamente, del mal que han causado.
No es saludable para una sociedad
como la nuestra, donde han reinado la impunidad y la desprotección de las
víctimas, colocar por delante el tema de la amnistía y el perdón. Si se insiste
en ello no se hará otra cosa que minar el proceso de reconciliación que todos
queremos. La reconciliación será el resultado, si así lo establecen las
víctimas, la sociedad y el Estado, de un proceso que deberá iniciarse,
repetimos, con el advenimiento de un gobierno democrático, de una sociedad
consciente y reconciliada que garantice el pleno respeto de los derechos
humanos y que se proponga firmemente que los dolorosos hechos del pasado no se
repitan nunca más.
Finalmente, como parte del acuerdo al que todos
desearíamos arribar en la Mesa de Diálogo, propongo que se decida iniciar
simbólicamente el trabajo de la Comisión de la Verdad el 3 de noviembre del
2001, fecha en que se cumplirán los 10 años de la matanza de Barrios Altos, y
que este esfuerzo se estrene en ceremonia pública, con presencia de
personalidades nacionales e internacionales y de las asociaciones de familiares
de las víctimas tanto del Estado como del terrorismo. La ceremonia se
realizaría en la ciudad de Huanta, Ayacucho, lugar andino emblemático porque
allí la locura de la violencia cobró la mayor parte de sus víctimas.
En honor a la verdad
"La comunidad campesina de
Pacclla se encuentra ubicada en el distrito de Santillana, en la provincia de Huanta,
región Libertadores Wari. Antes de los ataques subversivos esta comunidad fue
una comunidad –madre– pacífica que tenía varios pagos: Ccarhuahurán,
Choquepunco, Parccura, Ccantopata, Purus. La comunidad tenía una iglesia, todos
con sus ornamentos y un centro educativo con el Nº 38348 de la escuela primaria
mixta, con tres docentes y sus alumnos de primer grado hasta quinto grado, con
suficiente mobiliario escolar y material didáctico, y también una banda de
guerra con ocho cornetillas y dos tarolas. Asimismo el centro educativo contaba
con los juegos de ropa deportiva, máquina de escribir, globo terráqueo y muchos
otros implementos que fueron incendiados en su totalidad, que estuvieron en
poder del señor Miguel Lama con la casa, casa que fue destruida el día después
de este acontecimiento se sucedieron ataques subversivos como a continuación
indica.
El primer ataque se realizó en la
comunidad de Ccarhuahurán con cuatro muertos el mes de julio 1984. Sus nombres
son Fermín Chávez, Herminio Huamán, Antonio Condo y Julao Chávez.
El segundo ataque fue general el
día 4 de agosto de 1984, pues unos mil senderistas aproximadamente
sorprendieron a todos los pobladores de los diferentes pagos y a punta de
cuchillo y armas de fuego nos levantaron y tanto a varones, mujeres y niños
llevándonos por la fuerza al lugar denominado Qoccanccasa, donde fueron
llamados según lista las autoridades que fueron separados muriendo en total
cinco varones y una mujer: Pablo Huamaní Gutiérrez, Pablo Rosa Huamaní, Agustín
Araujo Flores, Julio Araujo Flores, Esteban Araujo Flores y Petronila Huamaní
Quispe. El resto de los pobladores se dieron a la fuga, gracias a que apareció
un helicóptero de la fuerza militar.
El tercer ataque se realizó en el
pago de Choquepunku donde fueron asesinados por los soldados todos que allí se
encontraban familias enteras; en número 42 personas que más tarde fueron los
restos encontrados en una boca mina de Potka.
El cuarto ataque fue el 29 de
agosto de 1986 con un poblador muerto con arma de fuego, con Roberto Rimachi
Huamaní.
El quinto ataque se realizó cuando
ya fueron acantonados en Chacca con dos esposos que fueron asesinados con armas
de fuego: Felipe Rimachi Farfán y Lucy Huamaní Velásquez.
El sexto ataque fue cuando ya se
retiraron a Huanta, fueron asesinados dos pobladores con armas de fuego en el
lugar llamado Curuchaca, el 18 de febrero de 1989, don Juan Huamaní Gutiérrez,
Humberto Rimachi Farfán.
El séptimo ataque fue igualmente
cuando venían a realizar compras a Huanta, fueron atacados y muertos dos
personas con armas de fuego: Benjamín Huamaní Quispe y Emilianda Díaz Huamaní.
Es todo cuanto podemos informar en
honor a la verdad.
Como presidente de la comunidad de Pacclla, como mi
nombre es Eusebio Velásquez Díaz, entonces yo prácticamente estoy
guardando esta historia, para reclamarnos quizás mañana más tarde."
(Testimonio recogido por la autora en Pacclla, 1996.)
Rechazo a la amnistía
"La Coordinadora Nacional de
Derechos Humanos sostuvo y sostiene que las leyes 26479 y 26492 consagran la
impunidad respecto a los crímenes de lesa humanidad cometidos en el Perú entre
1980 y 1995. Las víctimas de violaciones de los derechos humanos tienen el
derecho a conocer la verdad, a ser amparados por la justicia y a recibir una
reparación por los crímenes cometidos contra ellos por el Estado. Además,
dichas leyes impiden recorrer el camino de la verdad, de la justicia y el
eventual perdón, que creemos el único viable para una auténtica
reconciliación" (CNDDHH, Informe 1996).
"Las leyes expedidas por el
Parlamento peruano y promulgadas por su gobierno, favorecen la impunidad al
negar recursos eficaces a quienes hayan sido víctimas de violaciones de los
derechos humanos y, por consiguiente, son contrarias al espíritu de los
instrumentos de derechos humanos, incluida la Declaración de Viena" (1 de
agosto de 1995, relator especial sobre la independencia de jueces y abogados,
relator especial sobre ejecuciones extrajudiciales, relator especial sobre la
tortura y el presidente del grupo de trabajo sobre desapariciones forzosas de
la ONU).
"Al Comité le preocupa
profundamente que la amnistía otorgada mediante decreto ley 26479 de 14 de
junio de 1995, declare exentos de responsabilidad penal y, por lo tanto, de
forma de rendición de cuentas, a los agentes militares, policiales y civiles
del estado que han sido denunciados, investigados, acusados, procesados o
condenados por delitos de derecho común y delitos militares en razón de actos
cometidos durante ‘la guerra contra el terrorismo’, entre mayo de 1980 y junio
de 1995." "Esta norma hace también prácticamente imposible el que las
víctimas de violaciones a los derechos humanos entablen con alguna posibilidad
de éxito acciones jurídicas para obtener indemnización. La amnistía señalada
impide la investigación y el castigo apropiados de los autores de violaciones a
los derechos humanos cometidas en el pasado, erosiona los esfuerzos por lograr
el respeto de los derechos humanos, contribuye a crear una atmósfera de
impunidad entre los autores de estas violaciones y constituye un muy grave
obstáculo a los esfuerzos por consolidar la democracia y el respeto a los
derechos humanos y, por lo tanto, viola el artículo 2 del pacto" (Comité
del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas 1996).
Además, se han pronunciado en contra de las leyes de
amnistía peruanas el relator especial de la Comisión de Derechos Humanos de las
Naciones Unidas sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Mr. Bacre Waly, en enero de
1996; el Grupo de Trabajo de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas
sobre Desaparición Forzada, el 15 de enero de 1996; y la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, en 1996.