Comisión de la Verdad

En Huanta, el 3 de noviembre del 2001

Susana Villarán

 

El tema de la reconciliación, así nombrado, ha sido incluido dentro de las cuestiones que debe tratar la Mesa de Diálogo propiciada por la OEA. Se planteó al inicio de la peor manera, como parte de un cínico intercambio: impunidad a cambio de fijar la fecha de las elecciones. La propuesta alcanzada por el ministro Alberto Bustamante era clara: se trataba de extender los efectos de las leyes de amnistía de 1995 hasta la fecha en que se firmara tan absurdo contrato. Además de "constitucionalizar" las amnistías e incluir los actos derivados de la lucha contra el narcotráfico, beneficiando a civiles y militares también por actos administrativos, el "paquete Bustamante" incluía como señuelo la reparación a los inocentes injustamente acusados de terrorismo, a los familiares de los miles de desaparecidos en el Perú y el establecimiento de una Comisión de la Verdad.

Esta propuesta, cuyo autor no podía ser otro que Vladimiro Montesinos, no llegó a puerto alguno. El derrumbamiento acelerado del régimen y el rechazo unánime de la ciudadanía –88% de personas encuestadas sobre el particular indicó que no aceptaba el canje de impunidad por elecciones y 77% se manifestó contra la amnistía en cualquier circunstancia– se interpusieron en este torpe, insensato y burdo chantaje.

Pero el tema está ahí, en la Mesa, y debemos considerar cómo tratarlo. ¿Es este el momento adecuado para emprender una tarea imprescindible, nunca abordada en nuestro país, que ha padecido los estragos de una guerra interna y del autoritarismo durante dos décadas? ¿Qué esperan las víctimas de violaciones de los derechos humanos, peruanos y peruanas a los que se les ha cerrado el camino a la verdad, la justicia y la reparación con la impunidad de facto y las leyes de amnistía? ¿Qué deberíamos hacer en el Perú para llegar a la reconciliación? Éstas son algunas de las preguntas de respuesta indispensable.

 

¿Es este el momento?

Evidentemente, no. Para abordar de manera seria el proceso de búsqueda de la verdad de lo que ocurrió en nuestro país durante el conflicto interno se requiere de una ruptura política y moral entre el tiempo del dominio autoritario y el tiempo nuevo marcado por la legitimidad democrática. Para analizar lo ocurrido durante la lucha del Estado contra Sendero Luminoso y el MRTA y las violaciones de los derechos humanos producidas en esos años, así como en tiempos más recientes, es indispensable el advenimiento de un clima democrático, de una estabilidad mínima, de reglas de juego claras y, sobre todo, de la legitimidad y respaldo de quienes emprendan ese proceso.

Todavía no hemos llegado a ese momento. No nos encontramos en una transición democrática. Nos hallamos en un proceso de salida del régimen, de una huida conflictiva e incierta acelerada por la descomposición interna del gobierno fujimorista. Tenemos un presidente atrapado sin salida en su propia corrupción y fracaso; a un jefe de Estado huérfano de credibilidad nacional e internacional y carente de moralidad y que intenta, a toda costa, librarse de las responsabilidades que le tocan.

Es importante aprender de las experiencias internacionales. En los momentos de fin de la guerra o término de la dictadura nunca han funcionado los mecanismos orientados a lograr la reconciliación. Todo lo contrario: ha sido el tiempo en que los perpetradores de violaciones de los derechos humanos han impuesto condiciones para salir librados de sus responsabilidades y asegurar mecanismos de tutela a las futuras democracias. Este es el caso de la tristemente célebre Ley de Caducidad en Uruguay, fruto de un pacto realizado a espaldas de la ciudadanía. Recordemos también que, para asegurar la impunidad, las dictaduras impusieron leyes de amnistía como la dictada por Pinochet en abril de 1978 . Acá en el Perú, Fujimori promulgó en 1995 una de las leyes de amnistía más amplias que se hayan conocido en el mundo.

Sólo al inicio de regímenes democráticos se dan las condiciones –nunca ideales, por cierto– para el establecimiento de las así llamadas "comisiones de la verdad". Este fue el caso en Argentina cuando Raúl Alfonsín, presidente elegido democráticamente luego de la dictadura, constituyó la CONADEP, presidida por el escritor Ernesto Sabato. En Chile, Patricio Aylwin, tiempo después de haber asumido el gobierno, creó la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, más conocida como la Comisión Rettig. En El Salvador y en Guatemala estos mecanismos se echaron a andar como parte de los acuerdos de paz, en 1992 y 1994 respectivamente. En Sudáfrica, la Comisión de Verdad y Reconciliación se constituyó en 1995 con la presidencia del Premio Nobel de la Paz, el pastor Desmond Tutu, a partir de una decisión de Nelson Mandela. En todos estos casos, los tiempos dolorosos de la dictadura, la guerra y el apartheid habían quedado
atrás.

Las comisiones de esta naturaleza, establecidas en África, Asia, Europa del Este o América Latina entre 1971 y 1995, 40 en total, independientemente de cuánta verdad, cuánta justicia y cuánta reparación hayan podido alcanzar en cada circunstancia nacional, demuestran que sólo en el momento en que adviene un gobierno democrático, o que se entra en un proceso de paz y de mayor estabilidad, que es cuando se produce un quiebre claro y definitivo con el pasado, se pueden instalar mecanismos judiciales y extrajudiciales orientados a la reconciliación nacional (véase recuadro).

¿Significa esto que el tema no debe ser abordado? De ninguna manera. Nos encontramos ante la oportunidad de definir un escenario futuro, un panorama deseado; de colocar sobre la Mesa de Diálogo los criterios y los parámetros de la así llamada reconciliación. El acuerdo al que deberían llegar las fuerzas democráticas y los representantes del gobierno saliente es el de impulsar, luego de la instalación de un gobierno surgido de elecciones genuinas, una Comisión de la Verdad. A eso debemos aspirar, y ojalá fuese ese el consenso al que se arribe en los diálogos propiciados por la OEA. Cabe recordar que la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos alcanzó este planteamiento a quienes compitieron en las elecciones de 1995, y que en 1999 volvió a colocar sobre la mesa, como parte de los llamados "44 puntos para la democracia y los derechos humanos", la necesidad de que en el Perú se constituya una Comisión de la Verdad.

El tiempo y la materia de la reconciliación

Hace unos años, en Ayacucho, el presidente de la comunidad de Paclla relató a un grupo de defensores de derechos humanos que visitábamos esa comunidad altoandina de la provincia de Huanta una historia emblemática. Nos narró la experiencia de ese grupo de campesinos que habían vivido entre dos fuegos, resistiendo, no una sino varias veces, las feroces embestidas de Sendero y de las Fuerzas Armadas con saldos de muertos y desaparecidos. Al final de su relato, don Eusebio Velásquez nos dijo: "yo prácticamente estoy guardando esta historia, para reclamarla quizás mañana más tarde" (véase recuadro).

Lo sucedido en Paclla de hecho ocurrió en otras localidades de nuestro país. El patrón fue similar: la población civil vivió entre dos fuegos, obligada por unos o por otros a colaborar, y por ello debió sufrir muertes, desapariciones, secuestros y desplazamientos. Más tarde vendrían los inocentes procesados y condenados por terrorismo y los miles de requisitoriados comprendidos en procesos por esa misma causa que todavía hoy viven a salto de mata. Pero ello no aconteció sólo en nuestra sierra y selva. La violencia se desplazó a nuestras ciudades y las víctimas fueron sumando, entre otros, a periodistas, estudiantes y maestros.

En el momento más duro de la violencia en las zonas urbanas, entre los años 90 y 92, la ciudad capital fue testigo de hechos como los de Barrios Altos, La Cantuta, el asesinato de María Elena Moyano y los muertos en la explosión de Tarata. En años recientes, las víctimas y los perpetradores tuvieron otro signo. Mientras el autoritarismo se enseñoreaba de la política peruana, la total ilegalidad en la que actuaron durante el régimen de Fujimori los servicios de inteligencia liderados por Vladimiro Montesinos les permitió perpetrar torturas, cometer atentados contra medios de comunicación y asesinatos hasta de sus propios miembros. Se sometió al espionaje, chantaje e interceptación telefónica a decenas de empresarios, políticos y periodistas.

La impunidad que otorgaron las leyes de amnistía a los agentes del Estado, civiles y militares desde 1980 hasta 1995 permitió liberar a unos cuantos sentenciados por la matanza de los penales en 1986 y por los hechos de La Cantuta. Se archivaron casos y se impidió la investigación de todo lo relacionado con la lucha antisubversiva.

Pero la amnesia por decreto no funciona en ninguna sociedad. Las huellas de todo lo vivido están ahí, en medio de nosotros; la memoria está viva y regresa; la herencia de la guerra interna y del autoritarismo permanece casi intacta. Así como sostuvo hace cuatro años don Eusebio –"estoy guardando esta historia, para reclamarla quizás mañana más tarde"–, todos hemos aguardado el momento del reclamo.

El reclamo es de los familiares de los desaparecidos por agentes del Estado que, según informe reciente de la Defensoría del Pueblo, serían 4022 (a ellos podrían añadírseles los casos de 1018 personas más por información insuficiente). La demanda es de cientos de familiares y víctimas de Sendero Luminoso y el MRTA, de miembros de las Fuerzas Armadas y Policiales que han quedado discapacitados. La exigencia es de los aproximadamente 1000 inocentes que fueron condenados por terrorismo y traición a la patria a sufrir penas en cárceles de máxima seguridad. Quinientos diecinueve de ellos fueron indultados, pero aún permanecen en prisión más de 200. De los miles de inocentes requisitoriados. El pedido es el de los familiares y sobrevivientes de las matanzas de Cayara, de Soccos, de Accomarca, de los penales, de Barrios Altos, de La Cantuta, entre otros.

Se trata de situaciones gravísimas cuyas víctimas no han sido amparadas por el Estado. No hay nada que justifique tal padecimiento y desprotección. No hay "fragor del combate" ni "excesos comprensibles" que justifiquen dejar sin la efectiva tutela de la justicia a las víctimas y sin sanción a los culpables de crímenes tan atroces y de situaciones tan injustas.

Tocará a una Comisión de la Verdad, instituida por un gobierno legítimo, surgido de elecciones limpias y justas, abordar ese período largo de dos décadas y las secuelas del doloroso conflicto que hemos padecido en el Perú. Su propósito no podrá ser otro que el establecimiento de la verdad, la consecución de la justicia y la reparación de las víctimas.

¿Cómo se llega a la reconciliación?

La reconciliación es un proceso complejo que involucra dimensiones culturales, sociales e históricas y en el que participan muchos actores; pero hay algo que es imprescindible plantear desde un inicio: no habrá reconciliación si no se produce el reconocimiento público de las víctimas y también de los victimarios. No importa el nombre que adopte el mecanismo extrajudicial de investigación, justicia y reparación; su aporte a una auténtica reconciliación en el Perú dependerá de la claridad de su mandato, de su total independencia y autonomía, de la calidad y credibilidad de sus miembros y funcionarios. También, de la confidencialidad de sus investigaciones, de la publicidad de sus actos e informe final y de la consistencia y cumplimiento de todas sus recomendaciones.

De las experiencias internacionales y la elaboración de juristas y expertos en esta materia confrontadas con lo vivido en nuestro país, podemos extraer algunos criterios fundamentales que nos permitan delimitar el mandato de una Comisión de la Verdad.

La verdad

Los familiares de los desaparecidos de Ayacucho, Huancavelica y Apurímac, reunidos en la
ANFASEP, hicieron circular a principios de este año un pequeño boletín de nombre Contra el Olvido. Ahí plantean un tema que forma parte indispensable de la búsqueda de la verdad. Se trata de la erradicación de la historia oficial y de la elaboración de una memoria que tome en cuenta a aquellos cuya palabra fue desvalorizada y excluida durante todos estos años. "A todo un sector de la población –que precisamente estaba siendo víctima de atroces crímenes–, o se le negó la palabra, o se la desvirtuó. Necesariamente la palabra de estas personas se desvalorizó. En ese contexto, rescatar la verdad se vuelve fundamental. No se puede dejar que la versión oficial sustituya las versiones de las víctimas, que una perspectiva de ocultamiento sustituya a una de esclarecimiento. Hay que elaborar una memoria colectiva que ayude a la gente a buscar un sentido a lo sucedido y a afirmar su dignidad: el recuerdo como forma de reconocer que eso ocurrió, que fue injusto y que no se debe repetir."

Pero más allá de ayudar a la ineludible tarea de reconstruir la memoria social de la violencia, la Comisión de la Verdad deberá garantizar el derecho a saber lo que sucedió de boca de las víctimas y de sus familiares. Con tal fin, deberá también estar en condiciones de establecer la individualización de los victimarios o perpetradores de los crímenes contra la humanidad o contra el Derecho Internacional Humanitario. Es claro, como se dijo en su momento en Nuremberg, que "si no hay culpables, no existieron nunca las víctimas". Para ello deberá tener libre y completo acceso a archivos e información oficial, recibir información de testigos y víctimas a los que deberá garantizarles protección.

La justicia

En este campo del acceso de las víctimas y familiares a la justicia es posible prever la combinación del funcionamiento de tribunales civiles nacionales y de la jurisdicción internacional, habida cuenta de la controversia que existe sobre los efectos de las leyes de amnistía dictadas en el Perú. Sin embargo, es necesario establecer que, desde la perspectiva del derecho internacional de los derechos humanos, los crímenes contra la humanidad son imprescriptibles, no pueden ser amnistiados y que toda víctima tiene el derecho de gozar de una efectiva tutela y protección de la justicia.

Resulta importante, a este respecto, recordar lo planteado por varios de los organismos de las Naciones Unidas que se han referido a las leyes de amnistía en el Perú. (Todos le han solicitado al Estado peruano la derogatoria de dichas leyes.) En su Informe Anual de 1996, aprobado en la XXVII Asamblea General de la Organización de Estados Americanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recomendó "... al estado del Perú que deje sin efecto la Ley de Amnistía (26479) y de Interpretación Judicial (26492), porque son incompatibles con la Convención Americana y que proceda a investigar, enjuiciar y sancionar a los agentes estatales acusados de violaciones a los derechos humanos, en especial, las violaciones que impliquen crímenes internacionales".

Desde esta perspectiva, los perpetradores deberán ser procesados, con todas las garantías, y sentenciados si se les encuentra responsabilidad, ya que no existe reparación verdadera del perjuicio causado a las víctimas si el Estado renuncia a su acción punitiva.

La reparación

Todas las víctimas directas, sus familiares y los dependientes tendrán en el Perú derecho a una reparación con cargo al Estado. Cuando hablamos de reparación solemos restringir su significado a lo económico. No debe ser así. Louis Joignet, miembro de la Sub Comisión de la lucha contra las medidas discriminatorias y de la protección de las minorías de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, propuso en 1996 un conjunto de principios para la protección de los derechos humanos y la lucha contra la impunidad.

Joignet plantea que las víctimas y sus familiares deberán acceder por la vía civil o penal, administrativa o disciplinaria, a un recurso "fácilmente accesible, rápido y eficaz" que debe, además, "asegurar una protección contra las intimidaciones y represalias". Se requiere que la reparación cubra todos los perjuicios que hayan sufrido las víctimas: indemnizaciones de carácter económico, restitución de los derechos y libertades conculcadas, readaptación, gastos médicos, servicios sociales y jurídicos. Además de ello, la Comisión de la Verdad deberá promover medidas de carácter general: "el reconocimiento público de la responsabilidad del estado, una declaración oficial rehabilitando a las víctimas en su dignidad, ceremonias conmemorativas, denominación de vías públicas, monumentos, homenaje anual a las víctimas y la incorporación en libros de historia y de formación sobre derechos humanos de la narración fiel de las violaciones de una excepcional gravedad en el período de referencia".

El perdón y la reconciliación

"El hombre no está en capacidad de perdonar aquello que no puede castigar", escribió la filósofa alemana Hannah Arendt en La condición humana (1958). Sus reflexiones sobre el perdón y la promesa han servido de referencia ética y filosófica a varios autores que han escrito sobre el tema que nos ocupa en este artículo. La demanda de perdón no puede preceder al establecimiento de la verdad y a la obtención de la justicia. En condiciones excepcionales, en virtud del establecimiento de un clima de reconciliación nacional, las víctimas, la sociedad y el Estado pueden acordar mecanismos de perdón a quienes cometieron crímenes contra la humanidad, siempre y cuando estos crímenes sean reconocidos públicamente por quienes los cometieron y éstos se arrepientan, también públicamente, del mal que han causado.

No es saludable para una sociedad como la nuestra, donde han reinado la impunidad y la desprotección de las víctimas, colocar por delante el tema de la amnistía y el perdón. Si se insiste en ello no se hará otra cosa que minar el proceso de reconciliación que todos queremos. La reconciliación será el resultado, si así lo establecen las víctimas, la sociedad y el Estado, de un proceso que deberá iniciarse, repetimos, con el advenimiento de un gobierno democrático, de una sociedad consciente y reconciliada que garantice el pleno respeto de los derechos humanos y que se proponga firmemente que los dolorosos hechos del pasado no se repitan nunca más.

Finalmente, como parte del acuerdo al que todos desearíamos arribar en la Mesa de Diálogo, propongo que se decida iniciar simbólicamente el trabajo de la Comisión de la Verdad el 3 de noviembre del 2001, fecha en que se cumplirán los 10 años de la matanza de Barrios Altos, y que este esfuerzo se estrene en ceremonia pública, con presencia de personalidades nacionales e internacionales y de las asociaciones de familiares de las víctimas tanto del Estado como del terrorismo. La ceremonia se realizaría en la ciudad de Huanta, Ayacucho, lugar andino emblemático porque allí la locura de la violencia cobró la mayor parte de sus víctimas.

 

En honor a la verdad

"La comunidad campesina de Pacclla se encuentra ubicada en el distrito de Santillana, en la provincia de Huanta, región Libertadores Wari. Antes de los ataques subversivos esta comunidad fue una comunidad –madre– pacífica que tenía varios pagos: Ccarhuahurán, Choquepunco, Parccura, Ccantopata, Purus. La comunidad tenía una iglesia, todos con sus ornamentos y un centro educativo con el Nº 38348 de la escuela primaria mixta, con tres docentes y sus alumnos de primer grado hasta quinto grado, con suficiente mobiliario escolar y material didáctico, y también una banda de guerra con ocho cornetillas y dos tarolas. Asimismo el centro educativo contaba con los juegos de ropa deportiva, máquina de escribir, globo terráqueo y muchos otros implementos que fueron incendiados en su totalidad, que estuvieron en poder del señor Miguel Lama con la casa, casa que fue destruida el día después de este acontecimiento se sucedieron ataques subversivos como a continuación indica.

El primer ataque se realizó en la comunidad de Ccarhuahurán con cuatro muertos el mes de julio 1984. Sus nombres son Fermín Chávez, Herminio Huamán, Antonio Condo y Julao Chávez.

El segundo ataque fue general el día 4 de agosto de 1984, pues unos mil senderistas aproximadamente sorprendieron a todos los pobladores de los diferentes pagos y a punta de cuchillo y armas de fuego nos levantaron y tanto a varones, mujeres y niños llevándonos por la fuerza al lugar denominado Qoccanccasa, donde fueron llamados según lista las autoridades que fueron separados muriendo en total cinco varones y una mujer: Pablo Huamaní Gutiérrez, Pablo Rosa Huamaní, Agustín Araujo Flores, Julio Araujo Flores, Esteban Araujo Flores y Petronila Huamaní Quispe. El resto de los pobladores se dieron a la fuga, gracias a que apareció un helicóptero de la fuerza militar.

El tercer ataque se realizó en el pago de Choquepunku donde fueron asesinados por los soldados todos que allí se encontraban familias enteras; en número 42 personas que más tarde fueron los restos encontrados en una boca mina de Potka.

El cuarto ataque fue el 29 de agosto de 1986 con un poblador muerto con arma de fuego, con Roberto Rimachi Huamaní.

El quinto ataque se realizó cuando ya fueron acantonados en Chacca con dos esposos que fueron asesinados con armas de fuego: Felipe Rimachi Farfán y Lucy Huamaní Velásquez.

El sexto ataque fue cuando ya se retiraron a Huanta, fueron asesinados dos pobladores con armas de fuego en el lugar llamado Curuchaca, el 18 de febrero de 1989, don Juan Huamaní Gutiérrez, Humberto Rimachi Farfán.

El séptimo ataque fue igualmente cuando venían a realizar compras a Huanta, fueron atacados y muertos dos personas con armas de fuego: Benjamín Huamaní Quispe y Emilianda Díaz Huamaní.

Es todo cuanto podemos informar en honor a la verdad.

Como presidente de la comunidad de Pacclla, como mi nombre es Eusebio Velásquez Díaz, entonces yo prácticamente estoy guardando esta historia, para reclamarnos quizás mañana más tarde." (Testimonio recogido por la autora en Pacclla, 1996.)

 

Rechazo a la amnistía

"La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos sostuvo y sostiene que las leyes 26479 y 26492 consagran la impunidad respecto a los crímenes de lesa humanidad cometidos en el Perú entre 1980 y 1995. Las víctimas de violaciones de los derechos humanos tienen el derecho a conocer la verdad, a ser amparados por la justicia y a recibir una reparación por los crímenes cometidos contra ellos por el Estado. Además, dichas leyes impiden recorrer el camino de la verdad, de la justicia y el eventual perdón, que creemos el único viable para una auténtica reconciliación" (CNDDHH, Informe 1996).

"Las leyes expedidas por el Parlamento peruano y promulgadas por su gobierno, favorecen la impunidad al negar recursos eficaces a quienes hayan sido víctimas de violaciones de los derechos humanos y, por consiguiente, son contrarias al espíritu de los instrumentos de derechos humanos, incluida la Declaración de Viena" (1 de agosto de 1995, relator especial sobre la independencia de jueces y abogados, relator especial sobre ejecuciones extrajudiciales, relator especial sobre la tortura y el presidente del grupo de trabajo sobre desapariciones forzosas de la ONU).

"Al Comité le preocupa profundamente que la amnistía otorgada mediante decreto ley 26479 de 14 de junio de 1995, declare exentos de responsabilidad penal y, por lo tanto, de forma de rendición de cuentas, a los agentes militares, policiales y civiles del estado que han sido denunciados, investigados, acusados, procesados o condenados por delitos de derecho común y delitos militares en razón de actos cometidos durante ‘la guerra contra el terrorismo’, entre mayo de 1980 y junio de 1995." "Esta norma hace también prácticamente imposible el que las víctimas de violaciones a los derechos humanos entablen con alguna posibilidad de éxito acciones jurídicas para obtener indemnización. La amnistía señalada impide la investigación y el castigo apropiados de los autores de violaciones a los derechos humanos cometidas en el pasado, erosiona los esfuerzos por lograr el respeto de los derechos humanos, contribuye a crear una atmósfera de impunidad entre los autores de estas violaciones y constituye un muy grave obstáculo a los esfuerzos por consolidar la democracia y el respeto a los derechos humanos y, por lo tanto, viola el artículo 2 del pacto" (Comité del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas 1996).

Además, se han pronunciado en contra de las leyes de amnistía peruanas el relator especial de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Mr. Bacre Waly, en enero de 1996; el Grupo de Trabajo de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre Desaparición Forzada, el 15 de enero de 1996; y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en 1996.