EL CICR: 138 años
por un
mínimo de humanidad
El Comité Internacional de
la Cruz Roja (CICR) celebró sus 138 años de existencia. Satisfechos por la
difícil pero importantísima labor cumplida en todo el mundo, pero conmovidos porque
poco antes seis de sus miembros fueron asesinados en la República Democrática
del Congo. Más víctimas de una organización cuya razón de ser consiste
precisamente en evitarlas, sin importar quiénes son o el porqué de su
condición.
En Lima también hubo una
celebración especial, que incluyó breves pero no formales palabras del actual
jefe de Misión, Karl Mattli, poemas de Vallejo, comenzando por
"Masa", y música peruana.
Momento oportuno para
reconocer con gratitud todo lo que está haciendo el CICR desde hace años en el
Perú.
Imágenes: Fhilippe Comtesse
peleando con las autoridades del régimen anterior por el ingreso en las
cárceles y para que no se "graben" subrepticiamente las
conversaciones con los presos, prácticamente deportado por Vega Santa Gadea,
entonces ministro de Justicia; Georges Comninos, en la frontera Perú-Ecuador,
firme contra el uso de las abominables minas; Michael Minning, dedicado en
cuerpo y alma a impedir que la toma de la casa del embajador del Japón
terminara en un baño de sangre y en general mujeres y hombres del CICR con
quienes desde el trabajo de derechos humanos nos encontramos permanentemente.
Aprovechamos la visita de Cristina Pellandini,
experta en Derecho Internacional Humanitario (DIH), para indagar sobre el
estado de la cuestión y los desafíos en la materia.
Entrevista con Cristina Pellandini
La obligación de los Estados y de las personas de
respetar el DIH
Como experta, ¿cómo explicaría a personas no expertas qué es el Derecho
Internacional Humanitario?
Yo diría que el Derecho
Internacional Humanitario (DIH) es un cuerpo, un conjunto de normas jurídicas
que por motivos humanitarios trata de limitar los efectos de los conflictos
armados. Esta normativa contiene dos grupos de normas: unas tienen por objetivo
proteger a ciertas categorías de personas de los efectos de un conflicto
armado; el otro grupo se refiere más específicamente a los métodos y medios de
hacer la guerra, medios en el sentido de tácticas de guerra, y se limita a las
tácticas lícitas o admitidas de hacer la guerra.
Además, el DIH tiene tres
funciones principales: una, reglamentar u organizar las relaciones entre
estados beligerantes o entre partes en un conflicto armado; la segunda función
consiste en delimitar, poner límites a estas partes en conflicto en la conducta
de la guerra; y la tercera función tiene por objetivo brindar protección a las
personas que no participan en las hostilidades o que ya no participan en las
hostilidades.
Aquí en el Perú, aunque en el artículo 3 Común se dice expresamente que
el DIH no significa algún tipo de status para las partes en conflicto, las
Fuerzas Armadas y Policiales, argumentaban y argumentan que el DIH era y es una
especie de concesión a Sendero Luminoso o al MRTA. ¿Cómo contestaría a este
tipo de razonamiento?
Yo podría contestar tres cosas. En
primer lugar, en la mayoría de las situaciones que pueden calificarse como de
conflicto armado no internacional hay una tendencia muy fuerte de las
autoridades y de los estados a no reconocer que hay un conflicto armado. En
segundo lugar, para que se aplique el DIH no hace falta que las partes en
conflicto reconozcan que hay una situación de conflicto armado o que ese
derecho es aplicable. En tercer lugar, la aplicación del DIH no significa que
se deje de lado la legislación interna.
¿Cuáles son las ventajas y desventajas de respetar o no respetar el
DIH?
El hecho de respetar la normativa
del DIH no impide, no obstaculiza el trabajo de las fuerzas armadas, sólo lo
reglamenta, ya que la normativa del DIH se basa en un equilibrio entre las
necesidades militares y un mínimo de humanidad y de consideraciones
humanitarias. También quisiera mencionar aquí que el DIH fue el primer grupo de
normativa que estableció una responsabilidad penal individual de quien no
respeta el DIH, independientemente de en qué bando se encuentre este individuo.
En ese sentido, es cierto que los Convenios de Ginebra no consideran
explícitamente las graves violaciones de sus normativas cometidas en situación
de conflicto armado no internacional como crimen del cual resulta una
responsabilidad penal individual que tiene que ser castigada explícitamente,
pero el desarrollo de esta normativa ha llevado a una situación en la que sí se
considera que también en situaciones de conflicto armado no internacional se pueden
cometer crímenes de guerra y que estos crímenes también tienen que ser
castigados igual que los crímenes cometidos en situación de conflicto armado
internacional.
¿Tienen ustedes algún tipo de ranking que les permita decir este Estado
o este grupo privado respeta o no el DIH?
Normalmente, el método de trabajo
tradicional del CICR es el diálogo y la persuasión. Ahora bien: hay casos en
los cuales esos métodos no permiten lograr ningún resultado. En estos casos,
hay otros mecanismos que prevé el CICR; por ejemplo, alertar a los estados
partes de los Convenios de Ginebra que hay una situación muy grave en un país y
que en esa situación no se respeta la normativa del DIH. De acuerdo con estos
tratados, los estados partes de los Convenios de Ginebra no sólo tienen la
obligación de respetar la normativa del DIH, sino que tienen además la
obligación explícita de hacer que los otros estados partes respeten este
derecho.
Hay un tercer nivel –digamos,
extremo– en el que este segundo
mecanismo no aporta ningún resultado y las violaciones continúan. En este caso
el CICR puede tomar una acción pública, denunciar la situación. Sin embargo, el
CICR siempre tiene mucho cuidado de no apuntar o de no designar individuos o
culpables individuales de una cierta situación, por el simple hecho de que
muchas veces es muy difícil hacerlo y también porque no se trata de una
organización que denuncia; tampoco es un órgano judicial, ni uno que investiga
crímenes que puedan ser cometidos. El CICR es una organización que tiene un mandato,
un rol distinto. Lo que hace a través de sus denuncias es llamar la atención
sobre ciertas situaciones, esperando que los estados partes de los Convenios de
Ginebra y la comunidad internacional como tal tomen acción, que haya alguna
reacción que permita poner fin a las violaciones.
He sabido que hay la posibilidad de que se cree una especie de comisión
permanente en el Perú para ver la aplicación del respeto del DIH. ¿Nos puede
contar algo al respecto?
En muchos países se ha establecido
un órgano, una comisión o un grupo de trabajo específicamente encargado de
asesorar a las autoridades en la preparación de estas medidas y en la
aplicación de la normativa internacional en el ámbito interno. En América
Latina existen varios países que han establecido ese tipo de comisión. En el
Perú hay iniciativas y una voluntad política para designar ese tipo de órgano,
una comisión para facilitar la adecuación de la legislación peruana a las
obligaciones contraídas en el ámbito del DIH1.
La lógica sería: si no se pudo durante la época de la guerra,
aprovechemos la época de paz...
En tiempo de guerra es muy difícil
tomar ese tipo de medidas. Por eso es muy importante que éstas sean preparadas,
aprobadas y adoptadas desde el momento de la ratificación de los tratados
internacionales y en tiempo de paz –sobre todo en tiempo de paz–, para que
cuando se dé una situación de conflicto armado la normativa, las estructuras y
las leyes puedan efectivamente ser respetadas.
¿Qué espera de la Comisión de la Verdad desde el punto de vista del
DIH?
Se espera que la Comisión de la
Verdad tome en consideración todos los instrumentos internacionales y toda la
normativa que protege a la persona humana en todas las circunstancias, tanto en
tiempo de paz como en tiempo de guerra.
En las Comisiones de la Verdad en Centroamérica, ¿hubo un buen
tratamiento del DIH?
Es muy difícil generalizar. Habría
que examinar cada caso particular. En el caso de El Salvador, por ejemplo, las
partes en conflicto habían reconocido la aplicabilidad del DIH y también se
habían comprometido formalmente a respetar esta normativa. En el caso de
Guatemala lo único que puedo decir es que la Comisión de la Verdad incluyó
también el examen o el análisis de los hechos a la luz de los instrumentos del
DIH; aunque el conflicto duró muchos años en ese país, las obligaciones en
materia de DIH fueron aceptadas de manera progresiva.
En el Perú, así como hay sectores que respetan y admiran la labor del
CICR, algunas autoridades la critican, incluso públicamente. ¿Habitualmente es
así?
Normalmente nuestro papel consiste en establecer un
diálogo con las partes en conflicto, ayudarlas a permitir respetar el DIH. Por
supuesto, el trabajo es muy difícil, porque una relación de confianza con las
partes en conflicto no existe así nomás, es algo que se construye y que en
ciertos casos puede necesitar mucho tiempo. Estas dificultades surgen de un
desconocimiento profundo de nuestros métodos de trabajo y de nuestro propio
papel institucional, pues se insiste en que el CICR no tiene la función de
denunciar o confrontar.
Sobrevivir en zonas de conflicto
Conocemos a miembros del CICR pasaron del conflicto con Sendero a
Angola, Irak o Chechenya. ¿Qué motiva a una persona a estar permanentemente en
una zona de conflicto?
El CICR tiene un papel de
intermediario neutral entre las partes; su trabajo no consiste solamente en
estar en el medio de los conflictos, en situaciones muy peligrosas. También
estamos para negociar, a pedido de las propias partes, con el objeto de
llevarlas a que tengan un mínimo de respeto, un mínimo de humanidad en ciertas
situaciones. Yo creo que sí hay que ser un poco idealista y tener motivos
altruistas. Pero el trabajo es también muy interesante.
¿Cuáles son hoy, para el CICR, los conflictos más difíciles?
La naturaleza de los conflictos ha
cambiado profundamente. Si antes –en particular durante el período de la Guerra
Fría– la mayoría de los conflictos armados de carácter no internacional se
llevaban a cabo entre fuerzas gubernamentales por un lado y fuerzas insurgentes
por el otro, hoy en día hay una multitud de actores armados, y respecto de
muchos de ellos no se sabe muy bien de quién dependen, no hay una jerarquía muy
clara en esos grupos. Eso hace que se pierda de vista al interlocutor. Ahora no
se sabe muy bien quién está conduciendo actividades contra quién: son
conflictos bastante desorganizados, y en esas situaciones el trabajo se hace
muy difícil. Además, surgen problemas relacionados con la seguridad del
personal humanitario, no solamente del Comité Internacional de la Cruz Roja,
sino de todos los involucrados en acciones de asistencia o humanitarias.