4 y 5: ¿Impunidad?
En ideele estamos del lado de quienes piensan que lo sucedido con los canales 4 y 5 –sus dueños recibieron dinero de Montesinos para desinformar– no debe quedar impune. Para profundizar en lo que sucedió, además de las medidas que se deben tomar al respecto, hemos entrevistado al reconocido periodista Ricardo Uceda, director del Instituto Prensa y Sociedad, a Samuel Abad, defensor adjunto en Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo, y a Danilo Arbilla, presidente del Consejo por la Paz y de la Comisión de Nominaciones de la Sociedad Interamericana de Prensa. Para refrescar un poco la memoria, hemos reunido los comentarios expuestos en los diferentes medios de prensa en los momentos más intensos del debate.
Diego Molina
Danilo Arbilla
"No se pueden dejar las licencias en las mismas manos"
ideele conversó con Danilo Arbilla en un intermedio de sus viajes entre Uruguay, Estados Unidos y Santo Domingo en representación de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP). Él nos muestra el problema desde una perspectiva internacional.
Lo mejor es que los canales en cuestión se asignen mediante un sistema de concurso y licitación pública, con bases muy claras y mecanismos transparentes. Para que este asunto no genere confusiones es necesario, previamente, dejar en claro que los canales y las ondas de radio –es decir el espacio o espectro radioeléctrico– pertenecen a la sociedad internacional y no a los gobiernos.
Existen convenios internacionales que establecen normas mínimas en esta materia y que están muy relacionados con aspectos estrictamente técnicos, para evitar interferencias o superposiciones.
La responsabilidad de los gobiernos consiste en administrar ese bien de la sociedad, para lo cual existen reglamentaciones y normas legales internas. Cada Estado fija esas reglas, pero, lógicamente, no puede desconocer ni las disposiciones internacionales de carácter estrictamente técnico ni otras normas y derechos concernientes a la libertad de expresión y previstos en convenciones internacionales que rigen incluso para las naciones que no los hayan signado. Los derechos y las libertades individuales están por sobre las fronteras y soberanías porque son inherentes a la persona humana y anteriores a cualquier Estado o gobierno, cuya razón de ser es precisamente garantizar la vigencia de esos derechos.
Licencias justas por el bien de la sociedad
Un sistema que ofrezca todas las garantías debe pasar primero por una convocatoria en la que primen tanto la capacidad periodística de los aspirantes como su solvencia moral. En esta etapa deberían tenerse en cuenta algunos otros aspectos dirigidos a evitar concentraciones y también referentes a los objetivos, plano en el cual no se puede ser muy detallista, so pena de fijar limitaciones a los medios.
Cumplida esta etapa, se llama a licitación para recibir las ofertas económicas. Estas se justifican por cuanto a quien se le asigna el usufructo de una radio o un canal se le está concediendo un bien que es de la sociedad pero que generará beneficios económicos y sociales a su titular; por tanto, este debe compensar a aquella de alguna manera. Por supuesto que es preciso establecer para la concesión un plazo amplio –no menor de 20 años– que justifique la empresa y la inversión económica, como también lo es determinar ciertas preferencias para la renovación si el concesionario ha cumplido con todas las normas técnicas exigidas y no ha cometido ningún delito.
Un aspecto básico es que una onda de radio o un canal de televisión, en tanto medios que conforman la libertad de expresión –que es un derecho individual–, deben ser concedidos a individuos y no a ningún tipo de grupo, pues los colectivos no son sujetos de derechos y libertades individuales ni pueden hacerse responsables por sus violaciones. Por ejemplo, una sociedad anónima no puede ser condenada a prisión.
Por eso resulta sorprendente la tesis de que quienes cometieron los delitos contra la democracia fueron los titulares de los canales en cuestión y no las sociedades, sus familiares o sus socios minoritarios, que ahora toman el manejo del medio en sustitución del infractor. Si fuera así, una radio o un canal de televisión
–que pertenecen a la sociedad–, una vez otorgados pasarían a pertenecer eternamente a un ente, una sociedad anónima o una familia. Estos privilegios resultan inconcebibles y, además, ilógicos. La concesión no puede otorgarse a una sociedad o una familia; pero si esto sucediera, debería haber un responsable cuya conducta es la que determina que la licencia se mantenga o se cancele.Revocatoria y libertad de expresión
Si se cancela la licencia para el uso de un canal o una radio a un señor que está preso, condenado o prófugo por delitos cometidos utilizando el bien que tiene en concesión y al que ha transformado en un instrumento para delinquir, no se puede decir que se está violando la libertad de expresión.
Los canales o las ondas no tienen libertad de expresión; esta, como ya dijimos, es un derecho de los individuos, y aquellos son solo instrumentos para ejercer mejor esa libertad, que en nuestro concepto abarca el derecho a la información y la libertad de prensa, como lo reconocen las más respetadas normas internacionales.
Yo pregunto: ¿es posible aceptar que se conceda el manejo de un canal de televisión a una persona que se sabe que lo va a utilizar para negar el ingreso a los partidos políticos de la oposición durante una contienda electoral y que además va a recibir dinero de parte de quienes están en el poder, sometiéndose, como contrapartida, a sus directivas? Aunque esas personas digan que harán eso solamente durante un periodo y que luego dejarán el manejo del canal a familiares o socios minoritarios, ¿alguien aprueba que se otorgue la concesión en esas condiciones?
Todo eso fue lo que pasó con los canales, y no hay para mí nada que justifique que sigan en manos de sus titulares o de quienes hoy los subrogan. No es justo que los canales en cuestión sigan operando con socios, familiares, amigos o testaferros de quienes los utilizaron como instrumentos para delinquir. Tampoco es justo que ellos o sus representantes los puedan comercializar, porque no se trata de una hacienda ni una fábrica ni una casa ni un diario ni ningún otro tipo de bien de su propiedad. Bueno sería que, además de todo lo que hicieron, ahora se les premiara permitiéndoles obtener una importante partida de dinero.
No quiero que se confundan estas opiniones y comentarios personales con los de la Sociedad Interamericana de Prensa, que no se ha pronunciado oficialmente al respecto.
Pienso que el Gobierno del Perú debe ser muy cuidadoso y muy transparente con el manejo de este tema, y que debe tomar todas las providencias para el otorgamiento de estas dos licencias. Así evitará cualquier tipo de sospecha de que actúa por represalia política o para favorecer a sus amigos.
Línea editorial de El Comercio
No se debe confundir la responsabilidad penal de los directivos con la responsabilidad de la persona jurídica que manejan, porque terceros accionistas no pueden ser afectados penal, civil y menos políticamente por los delitos de los directivos. En síntesis, los responsables deben ser sancionados por el foro que les corresponde: el penal. Además, deben pagar la reparación civil que corresponda e inclusive, si es necesario, pueden perder sus acciones en la empresa, pero no debe haber intervención política de ninguna clase. (El Comercio, 5 de noviembre del 2001)
Lourdes Flores Nano (Unidad Nacional)
Hay una responsabilidad individual de personas naturales, Schutz y Crousillat, que debe ser ventilada judicialmente. Extender la responsabilidad a las personas jurídicas me parece equivocado. Si bien el Gobierno tiene derecho a pensar en salidas legales, esto debe terminar en manos de un juez, y el Gobierno debe presentar sus argumentos. Estoy contra un acto político que responde al móvil de "me molesta tener crítica". Las acciones autoritarias siempre se encubren con un móvil noble. (El Comercio, 19 de noviembre del 2001)
José Perla (experto en comunicaciones)
El retiro de las licencias no constituye violación de la libertad de prensa. En todas las legislaciones del mundo las autoridades administrativas tienen facultades para consagrar esas revocatorias. En el Perú, la legislación vigente incluye hasta 18 causales para revocar las licencias. (El Comercio, 3 de diciembre del 2001)
Mirko Lauer (analista político)
Las fórmulas de los dueños de los canales de señal abierta —a) la responsabilidad por los delitos es de las personas, no de las empresas; y, b) la negociación fue producto de la necesidad económica— son insostenibles. Esta corrupción se ha dado como consecuencia directa de las licencias eternas con ausencia total de fiscalización de un organismo de supervisión. Si este gobierno no retira las licencias a los concesionarios de la televisión de señal abierta, la conspiración montesinista va a jaquear la democracia en menos tiempo de lo que creen, y no solo a este gobierno sino a cualquiera que quiera escaparse del círculo vicioso de la corrupción endémica y vitalicia.
Se necesita una nueva regla de juego empresarial: estas empresas deben ser abiertas, con acciones cotizadas en la BVL, y deben mantenerse competitivas mediante una periódica subasta de licencias que incluya una calificación de los propietarios. La TV abierta tiene demasiado poder como para que esté en manos de un grupo de particulares sin la menor responsabilidad institucional frente a la sociedad y el Estado. (La República, 17 de octubre del 2001)
Samuel Abad:
Las alternativas y sus consecuencias legales
El defensor adjunto en Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo analiza las distintas alternativas desde el punto de vista legal.
¿Qué origina que el Gobierno contemple la posibilidad de la revocatoria administrativa?
En relación con los medios de comunicación, para cualquier gobierno es más fácil no actuar mucho, porque una intervención siempre puede generar un cuestionamiento. En este caso, el detonante fueron las declaraciones de Mario Vargas Llosa cuando planteó la posibilidad de la revocatoria de las licencias.
Pero este problema no solo debió ser visto por Toledo sino que tendría que haber sido abordado por el gobierno de transición. Si hubiera sido así, el cuestionamiento no habría sido tan intenso justamente porque se habría tomado como una medida de transición. Sin embargo, en ese momento no se planteó nada. El problema actual es que la existencia de estos canales produce una sensación de impunidad.
¿Qué alternativas se plantearon ante el problema con los canales 4 y 5?
En su momento se presentaron tres alternativas: una administrativa, una judicial y las medidas legales. La primera tenía que evaluar qué podía hacer el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para definir la revocatoria de las licencias. Nosotros, como Defensoría, se lo preguntamos al ministro, y se nos respondió que el Ministerio no había abierto expediente administrativo alguno; vale decir que en torno de las medidas administrativas para definir la revocatoria no existe hoy día ningún trámite iniciado en el Ministerio.
La otra vía es la judicial. Una posibilidad es la reparación civil, incluyendo a los canales mismos como terceros civilmente responsables. Una segunda idea es la que prevé el Código Penal en su artículo 105, que establece que si el delito ha sido cometido en ejercicio de la actividad de una persona jurídica que utiliza su organización para la comisión de este delito, el juez puede establecer la suspensión de las actividades con las cuales se favoreció el delito.
La última gran posibilidad es el plano legal. Actualmente el Congreso está elaborando un proyecto de ley. En él, un tema por evaluar es la renovación automática de las licencias, porque eso podría establecer que después de un plazo determinado estas no se vuelvan a conceder.
¿Cuáles son exactamente las consecuencias de la vía judicial?
La citada norma del Código Penal le permite al juez disolver la sociedad, clausurar el local, suspender las actividades y prohibir aquellas que favorecían el delito. También le permite incluir a las personas jurídicas como terceros civilmente responsables, para que respondan por los daños causados por los titulares. Asimismo, optar por medidas de embargo ante una deuda. La consecuencia de la disolución de la persona jurídica es una causal administrativa para que ya no se pueda usar la licencia.
En su opinión, ¿era posible la revocatoria administrativa de las licencias?
En el artículo 75 de la Ley de Telecomunicaciones se establece que es facultad del Ministerio otorgar y revocar autorizaciones, concesiones, permisos y licencias, así como controlar su correcta utilización. El problema consiste en establecer si las conductas de los canales 4 y 5
–vale decir, desinformar a la población a cambio de dinero– estaban expresamente incluidas como una causal que permitiría la revocatoria. Son causales más técnicas, más formales. Aquí estamos hablando de una causal sustancial –la desinformación de los canales– que es obvia, y también del delito de haber recibido dinero de la corrupción. En ese punto está la discusión que, en principio, debió haber definido el propio Ministerio. Imaginemos incluso que este hubiera dispuesto la revocatoria; esa medida no sería definitiva sino que podría ser cuestionada en el Poder Judicial. Así por lo menos se habría fijado un precedente. Ante la inacción, en cambio, no se puede hacer nada.De estas tres posibilidades, ¿cuál cree que es la más acertada?
Me parece importante la elaboración de una ley de radiodifusión en la que se establezca que no debe haber autorizaciones automáticas. También es importante que se defina la competencia para revocar licencias, para que ya no haya dudas.
Sobre el debate en el Congreso respecto de la nueva ley de telecomunicaciones, ¿qué aspectos considera positivos y cuáles negativos?
Es positivo que se haya precisado con mayor claridad el régimen de infracciones. Tiene que haber una relación clara, taxativa, que permita la revocación. En el proyecto que se está discutiendo hay un avance en el tema, porque la propuesta inicial que presentó el Ejecutivo adolecía de varios defectos. Por ejemplo, se determinaba que las infracciones fueran establecidas por el reglamento, cuando estas deben estar claramente especificadas en la ley.
Creo asimismo que es un avance que piensen en una comisión especial que se encargue de entregar las autorizaciones, en vez de que lo haga el Gobierno. Muchos países –Reino Unido, Francia, Estados Unidos, Colombia, Chile– cuentan con este tipo de comisiones autónomas que entregan y revocan las licencias.
¿Qué organismos o personas deben estar presentes en esta comisión?
No creo que haya una receta para escoger a las personas; sí creo que debe haber representantes, no solo del Gobierno y del Congreso sino también de la sociedad civil, de los medios de comunicación, también del Consejo de la Prensa Peruana; es decir, de instituciones que vigilan o que supervisan a los medios, como la Veeduría de Comunicación Social. En fin, hay que buscar una composición plural, lo que no es fácil.
¿Conoce algún caso internacional análogo a este?
Lo que comentan quienes han trabajado este tema es que se podrían encontrar analogías con la Alemania nazi, en la que también se desinformó a través de los medios de comunicación. Actualmente, en Alemania funciona un sistema por el que cada estado federado entrega y revoca licencias.
La Defensoría presentó un estudio sobre este tema a la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso. ¿Qué aspectos de este se deberían resaltar?
Lo primero que sugerimos es que, en la medida en que tiene una incidencia en la colectividad, la televisión debe ser considerada como un servicio público. Esto no es de ninguna manera una falta contra la libertad de expresión, no equivale a decir que los canales de televisión deben ser controlados por el Estado.
En segundo lugar, hay una serie de principios y obligaciones que deben asumir los conductores de un canal en relación con el respeto de los derechos fundamentales. Además, es importante que la publicidad no sea engañosa, que no afecte estos derechos.
En tercer lugar, es una obligación dar un espacio gratuito de propaganda electoral. Durante las últimas elecciones, el Estado peruano pagó –mejor dicho, nosotros pagamos– varios millones de dólares a los medios por la franja electoral.
Por otro lado, se debe incentivar la programación nacional en mayor porcentaje que la extranjera. También sugerimos que se proteja a los menores mediante la obligación de mostrar programas específicamente dirigidos a ellos en ciertas franjas de horario.
Otro tema que abordamos fue la mejora del marco regulatorio de las autorizaciones, para que no haya renovación automática sino una licitación acertada y un procedimiento público mediante el cual la ciudadanía pueda opinar sobre lo que está sucediendo en un canal.
Asimismo, tiene que evitarse que un mismo accionista o una misma persona jurídica termine teniendo participación en todos los canales.
Finalmente, creemos que el proyecto está asumiendo algunos de estos temas y que debe haber un debate sobre la materia no solo en Lima sino también en provincias.
Javier Diez Canseco (congresista)
El Gobierno tiene que evaluar las licencias cada cierto tiempo, tomando en cuenta que es una inversión y que debe ser recuperable. Esto no equivale a plantear la estatización de los medios de comunicación. (La República, 8 de noviembre del 2001)
Belisario Bernales Murguía (presidente de la Asociación de Radio y Televisión Peruana)
Las personas que dirigieron los canales pueden haber incurrido en posibles delitos; las personas jurídicas solo pueden cometer faltas. Las ondas electromagnéticas y hertzianas no son de dominio público ni recurso natural del Estado: pertenecen a la comunidad internacional porque no pueden ser fijadas en un territorio. De acuerdo con el Reglamento de Telecomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, establecida por Naciones Unidas, se concede a cada país la administración estatal de las ondas, o estas pueden ser entregadas a particulares, pero tienen carácter público. (La República, 11 de noviembre del 2001)
Mario Vargas Llosa (escritor)
Las licencias de los canales 4 y 5 deben ser retiradas y puestas en licitación, ya que la mafia fujimorista y montesinista todavía tiene medios para manejar estos canales. Además, se trata de los canales más fuertes de la televisión peruana, por lo que tienen mucha influencia y fueron utilizados para manipular a la opinión pública con el fin de justificar fraudes electorales. Los dueños de ambos canales siguen influyendo para desestabilizar la democracia. Las licencias fueron utilizadas como instrumentos criminales. Por todo esto, deben ser retiradas por el Poder Judicial sin que el Gobierno pueda apoderarse de ellas.
El arma del delito de estos personajes prófugos fueron esas licencias que ellos vendieron a la dictadura y que ahora utilizan a través de intermediarios para realizar una lenta labor de zapa de la democracia. Las licencias deben ser transferidas a otros empresarios privados sin intervención directa ni indirecta del Estado; si esto ocurriese, el remedio sería tan nefasto como la enfermedad. (La República, 26 de noviembre del 2001)
Federico Anchorena Vásquez (presidente de la Unión Peruana de Radiodifusión y gerente general de Panamericana Televisión)
En ninguna parte del mundo se pone en riesgo la inversión privada. No se debe castigar a los medios de comunicación por el error cometido por personas naturales. No veo por qué razón hay que juzgar y quitar la licencia al medio. Quien cometa un delito, que concurra al Poder Judicial, pero las empresas no deben ser afectadas. Finalmente, afectaríamos mucho a los medios de comunicación si cada cinco años cambiamos de dueño, porque hablamos de grandes inversiones; y si cambio la licencia, pongo en riesgo la calidad de la televisión. (La República, 11 de noviembre del 2001)
Jorge Santistevan de Noriega (primer Defensor del Pueblo)
La sanción legal a los medios de comunicación que se vendieron al régimen anterior es un imperativo ético, pero la decisión es una facultad exclusiva de los magistrados que están a cargo de los procesos contra los propietarios de los canales 4 y 5. El Código Penal no se queda en castigar con pena privativa de libertad a las personas naturales, sino que establece medidas accesorias que no son necesariamente sanciones y que permiten al juez suspender la actividad de la empresa, clausurar empresas y disolver la sociedad. Además de estas medidas, puede retirar la licencia pero, con base en el artículo 105 del Código Penal, salvaguardando a los trabajadores. Lo que no es posible es que un ministro o un presidente clausure medios o retire licencias, pues el Ejecutivo no tiene la potestad ni legal ni administrativa para hacerlo. (El Comercio, 19 de noviembre del 2001)
César Nakasaki (abogado defensor de Ernesto Schutz)
Sería un abuso utilizar el argumento de que el empresario es parte de la red montesinista para retirar la licencia de funcionamiento a una empresa de comunicación. Ernesto Schutz es procesado por delito de peculado, por lo que la justicia únicamente puede solicitarle la restitución del dinero que le entregó Montesinos e incluso fijar que pague una indemnización a favor de quienes fueron perjudicados. (El Comercio, 21 de diciembre del 2001)
Ricardo Uceda
"Hay que determinar las reglas de juego para la televisión"
El reconocido periodista de investigación Ricardo Uceda (director ejecutivo del Instituto Prensa y Sociedad) se plantea el dilema entre cómo actuar frente al caso de los canales 4 y 5 y, al mismo tiempo, no afectar la libertad de expresión.
¿Qué cree que debería hacerse con relación al problema de los canales 4 y 5?
Desde el momento en que el Gobierno dejó de lado la posibilidad de retirar las licencias directamente –posibilidad con la que yo no habría estado de acuerdo– quedó un solo camino: investigar judicialmente los delitos ya conocidos. La investigación debe ser lo más severa, pulcra y justa posible, de manera que a los principales responsables se les apliquen las penas que les correspondan.
¿No cree que el sistema judicial está dilatando excesivamente la resolución del problema mientras los canales siguen funcionando en manos de quienes delinquieron?
La vía judicial es la única que existe, y los plazos son los que establece la ley. Ante esta constatación, cualquier planteamiento para acelerar el proceso me parece inadecuado. La discusión acerca del comportamiento ético de estos medios es otro aspecto, que debe quedar en la agenda de la sociedad civil y de los medios.
¿Considera que la vía de la revocatoria podría haber sido una solución?
Esa es una discusión básicamente legal en la que yo no quisiera entrar. Me parece que las personas comprometidas con la corrupción no deberían estar más, pero ese es mi gusto. Hay muchas personas cuyos grados de responsabilidad en este tema deben ser evaluados. Por este motivo, las decisiones con las que se sacaría del juego a muchas personas deben ser tomadas por la justicia de acuerdo con la responsabilidad individual de cada una de ellas.
Digamos que usted castigaría a los responsables pero mantendría a los canales funcionando.
Yo creo que no hay un mandato claro de la ley sobre la situación de las licencias. Además, el tema fue planteado por el Gobierno no tanto para buscar la mejor forma de enjuiciar a la corrupción, sino por el convencimiento de que la baja popularidad del régimen se debía a la acción de canales que habían estado comprometidos con el fujimorismo. Pero ante todo, me gustaría saber si el Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha elaborado algún tipo de informe, por lo menos interno, sobre la forma en que determinados medios han hecho uso de sus licencias. Me da la impresión de que el mismo Ministerio se ha olvidado del asunto. Entonces ahora tenemos la tarea de determinar qué reglas de juego debe cumplir la televisión y cómo vamos a fiscalizar los contenidos de los medios.
¿Considera que la vía administrativa habría sido contraria a la libertad de expresión?
No, lo que creo es que la ley no tenía un mandato claro y que el ánimo del Gobierno tampoco estaba claro. Simplemente planteó el tema porque se le estaba viniendo abajo su popularidad, específicamente la del Presidente. Recurrir a la vía administrativa es una posibilidad que la propia realidad se ha encargado de dejar al margen.
¿Qué aspectos considera positivos y cuáles negativos en el nuevo proyecto de ley de telecomunicaciones que se está discutiendo en el Congreso?
Más que hacer un balance de los aspectos positivos y negativos, quisiera decir lo que me parece que debe recoger una regulación sobre este tema. En lo sustancial, el manejo y las decisiones respecto del otorgamiento de licencias y sanciones deben estar a cargo de un organismo cuyos miembros sean elegidos por dos tercios del Congreso; es decir, el Gobierno no debe tener la posibilidad de injerir en el tema. Creo que esta medida debería complementarse con una renuncia del Gobierno a utilizar los canales del Estado –en concreto el Canal 7– en función de sus propios intereses.
Este consejo regulatorio, ¿debería tener representantes de la sociedad civil?
Por supuesto, pero más que representantes por sectores, yo me inclino por la posibilidad de que el consejo esté integrado por personalidades que sean invitadas de acuerdo con su probidad.
¿Qué opina de la actitud que mostró el Gobierno, en general, frente al problema?
Me parece que se dio cuenta de que esta acción de revocatoria de licencias no funcionaba políticamente. También me parece que esta acción podría haber funcionado al inicio del Gobierno, y posiblemente en ese momento habría tenido cierto sustento legal. Yo no digo que estaba "huérfana" de todo sustento legal, pero políticamente estaba desacreditada por errores y conductas erráticas del Ejecutivo. Creo que el Gobierno debe abstenerse de intervenir en los movimientos vinculados al control de medios. Toledo ha dado pasos en falso; uno de ellos, mayúsculo: reunirse con Schutz. Un Gobierno debe acostumbrarse a que existan programas que le critiquen.
¿Considera un riesgo para la democracia que esos canales estén funcionando actualmente, en el sentido de lo que podrían tratar de hacer por la situación de sus directivos?
En el caso de Lúcar, por ejemplo, no me parece que exista ningún riesgo. Creo que debemos tolerar todo tipo de mensajes, aunque nos parezcan políticamente abyectos. Otra cosa es si el señor Lúcar está enjuiciado por corrupción. Más que la existencia de programas de dudosa reputación, me preocupa que la posibilidad de ejercer un periodismo independiente en la televisión sea tan débil. Esto ocurre debido a la carencia de una serie de elementos –como por ejemplo recursos– pero también porque no existe una disposición franca a pelearse con el Gobierno cuando sea necesario.
En caso de que estos canales mantuvieran una línea acorde con la defensa de los juicios de sus propietarios, lo mejor que podría hacerse es desenmascarar su conducta. Corresponde debatir y denunciar en términos éticos, pero creo que no corresponde ninguna otra acción. Pienso que hay que defender la existencia de los canales en cuestión, porque al hacerlo estamos defendiendo el sistema, no sus contenidos.
De acuerdo con lo que se ha estado discutiendo sobre este tema en el proyecto de ley, ¿cree usted que la nueva ley va a ser efectiva en evitar que se repita el problema?
Tal cual está el proyecto de ley, no. Pero si se creara un organismo realmente independiente para decidir este tipo de situaciones, la nueva ley sí evitaría que la situación se repita. Todo ello será efectivo siempre y cuando ese organismo no esté controlado por el Gobierno. Este debe sacar las manos del tema del funcionamiento de las licencias televisivas, porque podría darle un uso político. Por otro lado, las sanciones deben estar claramente especificadas, lo que no está sucediendo en el proyecto.
¿Cuál ha sido, en síntesis, la posición de IPIS acerca de lo sucedido?
Nosotros hemos fomentado un debate amplio, pero no hemos tomado una posición corporativa. Hay diversas opiniones dentro de la institución. Hemos acudido a los organismos que están estudiando este tema para dar planteamientos como los que ahora estoy mencionando, es decir, que haya un manejo independiente en la concesión de las licencias y en la aplicación de las sanciones.
Raúl Ferrero Costa (constitucionalista)
Es positiva la creación de la Comisión Consultiva de Radio y Televisión integrada por siete miembros, de los cuales cuatro representan a la sociedad civil y por lo tanto hacen mayoría.
Nos parece apropiado que se requiera audiencias públicas obligatorias cada cuatro meses, y que Indecopi pueda recibir reclamos de los radioyentes y televidentes, quienes son considerados como usuarios. Además se establece, con razón, que una misma persona natural o jurídica no puede ser titular de más de una licencia de televisión.
En cambio, no resulta conveniente que se deje para el reglamento temas que deben ser definidos por la ley, como el porcentaje de inversión extranjera permitido. (El Comercio, 11 de diciembre del 2001)
Alan García (APRA)
La cancelación de las licencias sería una sanción ilegal, ya que no hay ninguna base en la ley que permita que se realice esta medida administrativamente. La única razón por la que se piensa en esta medida son los bajos índices de popularidad del Gobierno.
Las que deben recibir la sanción son las personas naturales y no las jurídicas, y esta sanción no puede ser de carácter ejecutivo sino judicial. Se debe elaborar una nueva ley de telecomunicaciones con la participación concertada de todos los partidos políticos y demás sectores de la sociedad. Además, es preciso incluir una cláusula democrática que impida que los canales de televisión vuelvan a ser sometidos por el gobierno de turno. (La República, 6 de diciembre del 2001)
Diego García Sayán (ministro de Relaciones Exteriores)
El Poder Ejecutivo posee facultades naturales y conformes con las leyes vigentes para actuar en ese tema por intermedio del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El tema de si se revocan o no las licencias de los canales es una atribución del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y este tiene legalmente las facultades para hacerlo. Hay una serie de causales que están indicadas en el artículo 88 de la ley vigente de telecomunicaciones, y que pueden o no ser aplicadas en función de que la autoridad técnica del Ministerio considere que existe una razón jurídica para hacerlo.
El propósito del proyecto de ley es dotar al Poder Ejecutivo de facultades adicionales de sanción. Se intenta promover un mecanismo trasparente para que las frecuencias que se asignen en el futuro sean sometidas a un concurso público y pueda haber una instancia supervisora en la que no exista mayoría del Poder Ejecutivo sino de la sociedad civil. (Liberación, 8 de diciembre del 2001)
Fernando Rospigliosi (ministro del Interior)
Los dueños de los canales deben ser castigados ejemplarmente, ya que usaron sus empresas como vehículo del delito, y estas empresas, de acuerdo con el artículo 105 del Código Penal, pueden recibir sanción. Usando las ondas, que son de propiedad de todos los peruanos, se han cometido delitos para perpetuar una mafia de delincuentes. Los medios de comunicación no deben estar en manos de las mismas personas. (La República, 29 de noviembre del 2001)
Bernardo Roca Rey (presidente del directorio de Canal N)
La renovación de las licencias no puede ser automática, ya que debe estar sujeta a revisiones. Las licencias no se pueden comprar para toda la vida ni, menos, ser delegadas como parte de una herencia. En el régimen fujimorista, la libertad de expresión no estuvo coactada por una ley sino por el Poder Judicial, el Jurado Nacional de Elecciones, el amedrentamiento y la difamación por medios de comunicación mafiosamente integrados. (El Peruano, 22 de diciembre del 2001)
Genaro Delgado Parker (empresario de televisión)
No se deben quitar las licencias; se debe castigar a los empresarios y no a las empresas. El problema se encuentra en que estos empresarios corruptos siguen manejando los canales en la impunidad. Por esto, lo mejor sería inhabilitarlos del uso de las acciones que poseen. Al quitar las licencias se hace daño a los otros accionistas, que nada tienen que ver con el delito de uno de los directores. (La República, 10 de diciembre del 2001)
Martín Belaunde Moreyra (zar anticorrupción)
El artículo 105 del Código Penal prevé drásticas sanciones para las personas naturales que delinquieron aprovechando la dirección de personas jurídicas. El citado artículo dice: "Si el hecho punible fuera cometido en el ejercicio de la actividad de cualquier persona jurídica, o utilizando su organización para favorecerlo o encubrirlo, el juez podrá aplicar una o todas las siguientes medidas: clausura de sus locales de manera temporal o definitiva; disolución de la sociedad, fundación, cooperativa o comité".
Al disolverse la sociedad, la persona jurídica deja de existir y con ella el titular de la licencia. Luego, la licencia queda libre. El juez decide si disuelve la sociedad y también si dispone de tal medida antes o después de la sentencia. Creo que debe ser después de la sentencia. Cualquier sanción que se imponga a los canales involucrados tendrá como propósito que quienes cometieron delitos no controlen directa ni indirectamente los actuales medios de comunicación. (Correo, 11 de diciembre del 2001)
Fernando Vivas (crítico de TV, periodista)
Hay un grupo de "talibanes" que quiere empujar a Toledo a tomar la decisión administrativa de cancelar las licencias. El problema está en que se les quitan las licencias, pero los dueños se quedan con edificios, equipos, planillas, aunque no tengan cómo operar.
A estos medios no se les puede quitar el derecho a la libertad de expresión. Nos estamos olvidando de que los canales también tienen otras formas de expresión no políticas o no vinculadas con el tema, las cuales también serían canceladas.
Por todo lo sucedido, el clima emocional conduce al retiro de las licencias, pero el principio de la legalidad y la salud política y democrática del país nos aconseja una vía más juiciosa. (Liberación, 8 de diciembre del 2001)
Roberto Dañino (primer ministro)
Se estudia la posibilidad de resolver el problema a través de una resolución ministerial, una ley o un proceso judicial que sería planteado por la Procuraduría de la República. Estas medidas servirían para recuperar la plena libertad de expresión en el Perú y para terminar con la impunidad. Una variante de esta situación sería que el juez anticorrupción nombre a interventores. Otra posibilidad es la aplicación del artículo 90 de la Ley de Telecomunicaciones, que permite a la autoridad administrativa la revocatoria temporal o definitiva de la concesión o de la autorización. El inciso 9 del artículo 88 de la misma ley establece que la utilización indebida de los servicios de telecomunicaciones constituye una infracción grave. (La República, 4 de diciembre del 2001)
José Ugaz (ex procurador)
La sanción judicial no impide que exista una ordenanza administrativa como el retiro de licencia. Hay infracciones previamente establecidas en la Ley de Telecomunicaciones que merecen sanciones administrativas. Simultáneamente, si esos hechos constituyen delitos, le corresponde al ámbito jurisdiccional pronunciarse al respecto.
La Procuraduría ha solicitado al juez la aplicación del artículo 105 del Código Penal para que se sancione a las empresas con penas accesorias y se condene a los ejecutivos involucrados. El juicio para imponer alguna sanción en el caso de las licencias demoraría dos años. No hay que olvidar que algunos procesados están prófugos y, por lo tanto, no pueden ser condenados. (La República, 28 de noviembre del 2001)
Franco Palermo (directivo de Canal A)
El Estado no está actuando frente a este tema debido al miedo de que ocurra lo mismo que sucedió con Baruch Ivcher, pero no se da cuenta del peligro de mantener las cosas como están. El asunto es tan grave que el retiro de licencias debe ser por cualquier medio, ya sea ejecutivo, legislativo o judicial. En todo esto hay un elemento inadvertido: que ha habido una competencia desleal, ya que dichos canales operaban en el mercado con dinero montesinista. Además, se trata de un acto diario de traición al país y a los ciudadanos. (Liberación, 14 de noviembre del 2001)
Natale Amprimo (presidente de la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso)
De acuerdo con la Ley de Telecomunicaciones, el ministro del sector oficia al Poder Judicial y este adopta las medidas del caso. En el proyecto de nueva ley se deben incluir más artículos sobre regulación de la propaganda estatal, ya que esta vía fue utilizada por Fujimori para controlar a los medios. (El Peruano, 29 de noviembre del 2001)
Enrique Zileri (presidente del Consejo de la Prensa peruana y director de Caretas)
El Gobierno no puede quitar las licencias a los canales, por el simple hecho de que no se puede aplicar una sanción retroactiva ni tampoco se puede aplicar indebidamente una ley que no existe o que no existía en el momento del delito. Además, este tema no debe solucionarse con decisiones políticas, porque crearía un gran peligro para el futuro. (El Peruano, 8 de diciembre del 2001)