ACCESO A LA JUSTICIA DE LA MUJER RURAL
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PROBLEMÁTICA DEL ACCESO A LA JUSTICIA EN EL CAMPO
Las mujeres de comunidades campesinas que son víctimas de discriminación de género enfrentan los mismos problemas que todas las otras mujeres víctimas de discriminación de género. No obstante, la soledad y el hecho de habitar en comunidades alejadas le dan a este problema un carácter particular. A menudo, se trata de mujeres en situación de vulnerabilidad, con pocos recursos económicos, víctimas de violencia o de graves violaciones a sus derechos. Cuando éstas apelan a la justicia, sus problemas se incrementan.
Los obstáculos lingüísticos, culturales y el racismo del que son blanco las mujeres rurales acrecientan el abandono y la soledad que experimentan en la vida cotidiana como consecuencia de la violencia familiar, para citar mencionar el tipo de caso que más frecuentemente afecta a las mujeres de las zonas rurales.
En efecto, además de los factores generalmente asociados con la violencia familiar, las mujeres de comunidades campesinas enfrentan el aislamiento cultural y lingüístico, la ausencia de personas e instituciones especializadas para darles soporte y el mandato de los roles tradicionales de un sistema de género jerárquico y excluyente.
La ausencia de procedimientos especiales para atender los delitos que implican discriminación de género tiene como consecuencia que los funcionarios, insensibles y carentes de protocolos de atención, den un tratamiento inadecuado a las denuncias de violencia familia, para citar mencionar el tipo de caso que más frecuentemente afecta a las mujeres de las zonas rurales. Por esto, mientras no se transformen las políticas públicas y se incorpore una perspectiva de género en todo el sistema judicial es muy probable que las mujeres que sufren violencia sigan siendo objeto de violaciones a sus derechos humanos, pues las normas y las acciones tienen un sesgo discriminatorio y excluyente.
Además, parte de las dificultades en el acceso a la justicia se explican por el centralismo, que implica la elaboración e implementación de políticas públicas desde una óptica exclusivamente urbana que, generalmente, no coincide con la realidad rural, caracterizada por la ausencia de los servicios y mecanismos propuestos por la legislación o por el difícil acceso a éstos, tal como se aprecia del cuadro siguiente:
Presencia del Estado en la administración de justicia
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ESTADO
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PODER EJECUTIVO |
PODER LEGISLATIVO |
MINISTERIO PUBLICO |
PODER JUDICIAL |
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Nacional |
- Presidente de la Republica - Ministros - Ministro del Interior |
Congreso |
Fiscal supremo |
Corte suprema: - Sala civil (5) - Sala penal - Sala constitucional |
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Regional |
Gobierno regional: - Presidente - Consejo regional - Prefecto |
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Fiscal superior |
27 distritos judiciales: - Corte superior - Sala civil (3) - Sala penal (3) - Sala mixta |
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Provincial |
Municipio provincial |
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Fiscal provincial |
- Juez Mixto - Juez Especializado |
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Distrital |
- Municipio distrital - Gobernador - Policía |
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- Juez de Paz Letrado - Juez de Paz |
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Anexo o comunidad |
- Municipio Poblado Menor - Teniente gobernador |
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Presentación
El IDL apoya desde 1999 la creación de Defensorías Comunitarias en coordinación con diversas instituciones locales. A lo largo de esta experiencia ha contado con el apoyo de diversos organismos internacionales como el UNICEF, Cooperación del Gobierno Británico, la Cooperación Irlandesa para el Desarrollo. Con ello marcamos nuestra opción por trabajar con todo grupo con aspiración de establecer un diálogo entre sus luchas por el bienestar y una perspectiva de fortalecimiento de la democracia y de los derechos humanos en el país. A través de nuestra intervención buscamos fortalecer los servicios de Defensorías Comunitarias como actores que promuevan un mejor acceso a la justicia de mujeres y niños víctimas de violencia y discriminación.
En Cusco, esta labor se inició con la creación en el 2000 de ocho Defensorías Comunitarias en zonas urbano-marginales y rurales (Cusco, Paruro y Canas). Actualmente vienen funcionando, en el departamento del Cusco, cerca de 90 Defensorías en las provincias anteriormente mencionadas, así como Paucartambo, Quispicanchis y Espinar.
La experiencia desarrollada en la región Cusco muestra los beneficios de articular a las Defensorías en una red de trabajo de diferentes pisos (distrital, provincial y departamental) y se ha formalizado una Coordinadora Departamental de Defensorías Comunitarias del Cusco (CODECC). Ella permite articular a las 38 Defensorías Comunitarias del Cusco, provenientes de las provincias de Canas, Cusco, Paruro y Paucartambo, brindar autonomía y un marco estable de referencia para las nuevas Defensorías que se creen en el Cusco y fortalecer su capacidad de interlocución frente a otros actores de la región. Los resultados de esta estrategia se han podido observar en los diversos espacios regionales en los que participan activamente las Defensorías, entre ellos la Mesa Regional de Lucha Contra la Violencia.
Según muestran las conclusiones de una evaluación externa, entre los principales resultados se destacan:
1. Las defensoras comunitarias se han convertido en un grupo de liderazgo crítico en sus comunidades. Constituyen modelos de lo que las mujeres pueden conseguir cuando tienen acceso a la formación en determinadas habilidades (…). Tales cambios son irreversibles y motorizan otros a partir de las propias expectativas de las mujeres. En conjunto, el proceso ha instalado un círculo virtuoso que apunta a la mejora de la valoración de las mujeres y de sus posibilidades.
2. La instauración de la CODECC, como única instancia de coordinación de las organizaciones sociales de base de índole rural, que centra su trabajo en la defensa de los derechos. La CODECC pese a su corto tiempo de existencia se ha constituido en una instancia de interlocución de alto nivel en la región.
3. Se ha aportado a constituir las Defensorías Comunitarias como instancias claves en las comunidades rurales y de apoyo frente a la violencia familiar. Considerando que uno de los pendientes centrales de las políticas públicas y de las leyes en materia de violencia familiar y sexual, es el diseño de un mecanismo de apoyo a la justicia en las zonas rurales, este logro es sustancial, las Defensorías han logrado ubicarse en el imaginario social de las zonas rurales como espacios de asesoría y apoyo que no existía previamente.
¿Qué son las Defensorías Comunitarias?
Las Defensorías Comunitaria consisten en la prestación de un servicio comunitario basado en el trabajo voluntario y gratuito de miembros de una organización social.
Es un servicio de defensa y promoción de derechos, basado en una estrategia de empoderamiento de la mujer. Se trata, quizás, de una de las políticas más importantes en el campo de la lucha contra la violencia familiar y el maltrato infantil. Las y los ciudadanos, en particular en el caso de las zonas rurales, tienen la oportunidad de poner en práctica sus derechos, no remplazando a los servicios que debe proveer el estado sino promoviendo una demanda organizada, visibilizando la problemática del campo y vigilando la acción de sus autoridades.
Las Defensorías Comunitarias forman parte del Sistema de Atención Integral al Niño y al Adolescente, regido por el Ministerio de la Mujer y el Desarrollo Social (MIMDES) y cuentan con un marco legal que las respalda. Se reconoce a las defensoras rango de autoridad pública, aun cuando no dependen orgánicamente del Ministerio.
Creadas inicialmente para trabajar de forma exclusiva el tema de la infancia, en la actualidad las Defensorías están facultadas para tratar temas vinculados a los derechos de la mujer. Existe un registro oficial de las Defensorías Comunitarias en la Oficina Nacional de Defensorías del Niño y el Adolescente, de la Dirección de Infancia y Adolescencia del MIMDES. Es esta oficina quien define las políticas y lineamientos de los servicios de Defensoría en todo el país.
Quienes brindan este servicio son gente de la comunidad, elegida por la comunidad por su capacidad de liderazgo y la confianza que inspiran. Conocen a la gente, comparten su cultura, hablan su idioma y saben ejercer su autoridad con espíritu equitativo.
Según una evaluación realizada por el MIMDES, los servicios de Defensorías Comunitarias son percibidos como una primera opción en un problema de vulneración de derechos. Los tres elementos que se destacan para ello son: el fácil acceso, la fácil identificación y la gratuidad del servicio.
Durante los tres últimos años, trabajamos de forma continua con un equipo de 400 defensores en la región de Cusco, cuyo trabajo benefició a un total de 74 mil 100 personas. La Defensorías Comunitarias atendieron cerca de 4,700 casos, el 43% de los cuales fueron de violencia familiar. El número de estos casos se incrementó a lo largo de los tres años. Según las mediciones de la satisfacción de usuarios(as), siempre estuvo por encima del 90% en dicho periodo.
Necesidad de su fortalecimiento
Las Defensorías Comunitarias son servicios gratuitos para las personas usuarias, y el servicio está siendo asumido por personas voluntarias, las o los defensores comunitarios, debidamente designadas por sus comunidades o por organizaciones sociales de base.
En su gran mayoría, se trata de personas campesinas con pocos recursos económicos, pero aún así se las ingenian para encontrar tiempo, capacitarse y brindarlo desinteresadamente para defender los derechos de su comunidad.
Los cambios que se han producido en la vida y familias de las defensoras debido al conocimiento de sus derechos y a su empoderamiento, constituyen un modelo a seguir que debe ser adecuadamente difundido.
Apoyar y fortalecer las Defensorías Comunitarias significa apostar por el desarrollo de un espacio que empodera a las mujeres en un contexto en que su integridad personal es aún poco valorada, y sus derechos no conocidos y/o no se respetan. Las DC coadyuvan también al respeto de los derechos de los niños y niñas, a través del apoyo que brindan a las madres que son sus representantes legales. En ambos casos el servicio se dirige a las mujeres y los resultados la afectan a ella y a sus hijos.
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Estadísticas
LA DISCRIMINACIÓN DE GÉNERO EN LA JUSTICIA COMUNITARIA
Para muchos especialistas en el tema, administrar una justicia basada en el derecho consuetudinario permite mayor cercanía, rapidez y eficiencia y, sobre todo, legitima el sentido de justicia de la población indígena. Pero la riqueza de una justicia basada en el “sentido común”, también constituye su debilidad, cuando se trata de responder a las necesidades de las mujeres, niñas y niños víctimas de violencia.
Un buen ejemplo del sexismo en la justicia comunitaria es el tratamiento que obtienen las formas de violencia intrafamiliar en los foros alternativos de justicia denunciados por los organizamos de mujeres. Un estudio reciente realizado por el Instituto de Defensa Legal muestra que desde la percepción de las propias mujeres campesinas las respuestas de la justicia comunitaria a los casos de violencia familiar no les resultan satisfactorias. Así el problema de acceso a la justicia de la población indígena femenina no radicaría solamente en la distancia geográfica y cultural y en los problemas de acceso económico, sino también en la existencia de problemas de discriminación de género que atraviesan tanto el sistema estatal y como el comunitario.