A denunciarlo: los fiscales supremos asumieron sus cargos en contra de la Constitución

A denunciarlo: los fiscales supremos asumieron sus cargos en contra de la Constitución

Por Cruz Silva del Carpio*

A un año del destape de los CNMaudios que marcó la historia judicial y política del país, y debido a la poca eficacia de las medidas propuestas por el Gobierno y la magistratura para la identificar y remover a los involucrados en la red de los “Cuellos Blancos” -o  también llamados “hermanitos”-, dicha red se ha reacomodado. Parte de ese reacomodo, es evidente, consiste en una consigna muy clara: atrincherarse en la Junta de Fiscales Supremos (JFS), la máxima instancia de gobierno en la Fiscalía de la Nación.

Pedro Chávarry, Tomás Gálvez y Víctor Raúl Rodríguez Monteza, tres de los cinco fiscales supremos que conforman la JFS, tienen el control. Zoraida Ávalos y Pablo Sánchez, en franca minoría, poco pueden hacer por la urgencia de reformas y depuración de este colegiado. Chávarry renunció a inicios de este 2019 como fiscal de la Nación por la presión ciudadana, repuntada por la remoción arbitraria de los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez en año nuevo, pero mantenía el apoyo de quienes le acompañan en sus diversas decisiones, los supremos Gálvez y Rodríguez. La mayoría que tienen hoy ya se había advertido desde entonces.

Y parecen inamovibles. No hay mecanismos internos en la JFS para que, ante la ruptura de la apariencia de independencia e imparcialidad de los supremos o por el simple hecho de estar siendo investigados por otros fiscales por presuntamente pertenecer a una red de corrupción, puedan estos ser suspendidos del cargo mientras duren las investigaciones, tal como indican las garantías del debido proceso y los principios de administración de justicia. Por otro lado, inexplicablemente, la JFS (otra vez por acción de la mayoría) no ejecutó la medida cautelar que la Comisión de Ética del Ilustre Colegio de Abogados de Lima dictó suspendiendo la colegiatura de Chávarry, lo que inmediatamente le hacía perder uno de los requisitos para ejercer el cargo de acuerdo a la Ley de la Carrera Fiscal (es una medida cautelar que abrió el debate sobre las sanciones a los fiscales por ética, sí, pero es el sistema actual que tenemos el que así lo permite).

Mientras la Junta Nacional de Justicia (JNJ) no se instale (y con personas realmente comprometidas para la depuración de la red) no hay posibilidades de que un nuevo fiscal supremo ingrese a la JFS como titular para hacer algún tipo de balance (donde, quizá con empate de votos, le corresponda a la fiscal de la Nación el voto dirimente); o que pueda ejercer la facultad que le dio la ley de su creación (la N° 30916), de revisar y declarar la nulidad de todas decisiones del CNM, con graves irregularidades, sobre nombramientos, procesos de ratificación o disciplinarios. El efecto de esta potestad es dilapidadora y necesaria: separa de inmediato al juez o fiscal en funciones, su decisión se ejecuta aunque sea apelada en un proceso contencioso o de amparo, se inscribe en el registro de sanciones y si se identifica otro tipo de sanción, se procede a la denuncia incluso de carácter penal.

Pero, desde la trinchera de la JFS, a la que se suma la impunidad que les está garantizando la mayoría de fujimorista del Congreso, los fiscales Chávarry Gálvez y Rodríguez se ven inamovibles.

No obstante, en medio de todo el escándalo, hay un hecho que no debe pasar desapercibido y por el cual deben iniciarse todos los procesos de investigación de responsabilidades y de defensa de la autonomía de la Fiscalía peruana.

Los fiscales supremos Tomás Gálvez y Víctor Rodríguez, quienes hacen la mayoría con Chávarry en la JFS, han asumido el cargo en contra de las normas constitucionales.

Y no solo ellos. También asumieron en contra de la Constitución el cargo de supremos Luis Arce, hoy fiscal supremo; así como los hoy jueces supremos Ángel Romero, Héctor Lama y el mismo César Hinostroza.

Todos ellos alcanzaron el cargo de jueces y fiscales supremos en la penúltima convocatoria del ex Consejo Nacional de la Magistratura (N° 001-2015-SN/CNM y N° 002-2015-SN/CNM), al mando de Guido Aguila. En diciembre del 2015 fueron nombrados como titulares Hinostroza y Gálvez, quedando todos los demás en la Lista en Reserva, siendo nombrados posteriormente. Antes del 2015, casi todos, tentaron con anterioridad el cargo sin éxito. A Hinostroza el CNM con composición anterior al de Aguila le había negado hasta en  7 oportunidades el nombramiento, siendo el último en el año 2014. Su suerte, y la de los de la mayoría elegida, cambió en el 2015, tan solo un año después. Y justo 5 de los 6 nombrados del 2015, están cuestionados y/o involucrados en los CNM audios.

Ese concurso, como muchos, tuvo serias dificultades. Además del cumplimiento meramente formal de las etapas del procedimiento (sin real transparencia ni información de datos relevantes para identificar trampas a la norma ni redes de interés), se estaba ante el pedido del Instituto de Defensa Legal – IDL para que se abstengan dos consejeros: Máximo Herrera, quien había sido ampayado en el restaurante “La Cúpula” del Sheraton con un candidato a fiscal en pleno proceso del concurso por lo que no daba las garantías de que ello no volviera a suceder (algo que quedó impune en el Congreso); y Julio Gutiérrez, quien ejercía aun como Decano del Colegio de Licenciados en Administración a pesar de la prohibición de la Ley Orgánica del CNM (al ordenar que el cargo de Consejero sea a exclusividad). Ello, sumado a la renuncia del consejero Talavera y de su suplente en esos tiempos, ponía en problemas al CNM, pues de resolverse esos pedidos de acuerdo a la ley el Pleno del Consejo quedaba con 4 consejeros, es decir, sin quórum para realizar cualquier nombramiento supremo (5 votos). Y así los postulantes quedaban sin ver concretadas sus aspiraciones.

En ese escenario, donde el CNM ya estaba muy cuestionado por la casi impuesta remoción ciudadana del ex consejero Alfredo Quispe, se rechazaron los pedidos de abstención de los dos consejeros. Es decir, ese concurso no se desarrolló con la garantía formal de un evaluador (los consejeros del CNM) real y aparentemente independiente e imparcial. Ahí una primera irregularidad. Pero además, y aquí lo más grave, se procedió a aceptar la designación hecha por el Poder Judicial sobre su representante en el CNM por el espacio dejado por Talavera, y se juramentó a Teódulo Santos Cruz como consejero representante de este poder del Estado. Así, Santos Cruz juramenta el 14 de diciembre del 2015 en el cargo, participa de las entrevistas públicas del 15 en su primer día de trabajo como Consejero, y ese mismo día vota junto con los demás, liderados por Aguila, por los nombramientos supremos de Hinostroza y Gálvez, dos hermanitos. Luego vendrían los demás.

El serísimo problema y grave irregularidad, como lo indica potestad de nulidad de la ley de la Junta Nacional de Justicia, es que en esta elección del consejero representante del PJ en el CNM, tanto el titular del Poder Judicial de entonces, Víctor Ticona, y el presidente del CNM, Guido Aguila, violaron la Constitución. Esto se concretó cuando el Poder Judicial elige a un representante solo para que participe en el colegiado del Consejo con su voto en el concurso supremo, por tres meses, y sin elegir a su suplente; y cuando el CNM, acepta finalmente esa elección (¡primero lo observó, indicando expresamente que ese supuesto no existía en la Ley!), y juramentar al elegido. ¿Por qué esto es violar la Constitución? Porque la Constitución (artículo 155 antes de la reforma del año pasado, a la vez que la Ley Orgánica del CNM de entonces), señalaba que los consejeros titulares del CNM se eligen junto con sus suplentes en el mismo acto de elección, y por 5 años. No hay otro supuesto de elección. No hay otra forma de nombramiento de consejeros, ni de condiciones en que ejercen su función. Pero el PJ designó y el CNM acató, violando las normas más claras y básicas del nombramiento de Consejeros, señaladas claramente en la Constitución y en la Ley orgánica del ex CNM. Una muestra clarísima de cómo es que se violaron todas las normas de la selección de magistrados, todo, con tal de dar paso a la Suprema a los perfiles más cuestionados.

Pero Guido Aguila, como presidente del CNM de entonces, tiene una responsabilidad mayor a la par que Víctor Ticona, el presidente del PJ de entonces, en esta clara infracción a la Constitución (artículo 99): el CNM dio cuenta de este error y le hizo saber que la normativa no refería lo que el PJ le solicitaba. Pero luego, tras insistencia del PJ, el CNM hizo caso omiso a lo que había originariamente alertado que no podía hacer (en base a una interpretación supuestamente principista que obviaba la forma como se interpretan las normas de plazos y asunción de competencias de funcionarios autónomos –es decir, expresa–), y procedió con la juramentación del elegido. Todo esto figura en la resolución N° 220-2015-P-CNM, del 10 de diciembre del 2015, firmada por Aguila.

De esta forma, la elección de los jueces y fiscales supremos producto de la votación hecha en el 2015, es nula, al violar el artículo 150 (el CNM es independiente y se rige por su ley orgánica) y 155 (último párrafo) de la Constitución y del artículo de la Ley Orgánica del CNM de entonces (N° 26297, artículo 1, 4 y 18). En buen cristiano, ese concurso no tiene efectos jurídicos desde la participación de Santos Cruz, es decir, desde el 15 de diciembre del 2015, ergo, tampoco los nombramientos que resultaron a partir de ahí.

El proceso de conformación de la Junta Nacional de Justicia tiene aun para rato, lo que por cierto significa un incumplimiento de la ley y debiera ser tomado con más seriedad y compulsión porque de ella depende mucho. Pero mientras, varias acciones: (i) una demanda de amparo con medida cautelar de suspensión contra los supremos nombrados, por haber asumido el cargo en contra de la Constitución y el bloque de constitucionalidad de entonces violando el debido proceso de la selección de magistrados y la garantía de independencia judicial y fiscal (siendo los afectados todos los peruanos y/o los postulantes), ejerciendo funciones contra la Carta Magna hasta el día de hoy; (ii) una denuncia por infracción a la Constitución dirigida al Presidente del Poder Judicial de entonces y a Guido Aguila (que debiera ser vista inmediatamente por el Congreso) y a todos los consejeros que juramentaron a magistrados supremos en contra de la Constitución; (iii) una moción de evaluación sobre este ejercicio inconstitucional como supremos, que debiera promover acuerdos tanto en la Sala Plena de la Corte Suprema como en la JFS para que los que accedieron al cargo contra la Constitución se inhiban de participar de los casos más importante de corrupción con los que se les vincula; y (iv), sin duda, la comunicación urgente a los sistemas internacionales a los que el Perú soberanamente está adscrito, pues es una serísima violación al principio de autonomía de la magistratura el que sus integrantes supremos sean nombrados en contra de las garantías y normas constitucionales básicas que promueven la autonomía de este poder del Estado (el PJ) y una institución autónoma (el MP).

En sí, las carreras como supremos de los nombrados por el concurso del 2015 nacieron constitucionalmente muertas. Se dijo en su momento pero el CNM hizo caso omiso y ahora vemos las consecuencias. Los supremos por esto debieran renunciar al cargo si fueran coherentes de su papel de defensores de la legalidad y de su vinculación a la Constitución. Si bien los plazos para una acción de nulidad según la norma del ex CNM o el procedimiento contencioso administrativo están vencidos, el recurso constitucional (amparo) y la responsabilidad político-constitucional están vigentes, y va a ser importante ejercerlas (a la que se suma la nulidad administrativa de la nueva JNJ aun inexistente). El ejercicio como fiscales supremos de Tomás Gálvez y de Víctor Rodríguez es espúreo, y no resiste soporte institucional, ni legal ni constitucional por un minuto más.

 

 

* Coordinadora del área Estado de Derecho de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (FJEDD) de México, con oficinas en Guatemala, Honduras y El Salvador.

(Fotos: Ministerio Público. Composición de IDL-Reporteros)

Un Comentario en “A denunciarlo: los fiscales supremos asumieron sus cargos en contra de la Constitución”

  1. Hilda dice:

    Los nombramientos de los 3 cuellos blancos que hacen mayoría en la JFS, es ilegal, espurea, tal como se demuestra, con esta investigación, dicha mayoría les facilita el manejo delincuencial de la JFS, para seguir manipulando al MP, seguir removiendo, poniendo a fiscales cuellos blancos, y ser liberados de los delitos, con total impunidad. El Perú vive hoy una situación catastrófica en termios de corrupción, justamente por la presencia de delincuentes de cuello y corbata como Chavarry,Rodriguez Monteza y Tomas Galvez, que vienen siendo blindados por los fujiapristas del congreso, porque mutuamente se blindan porque si a Chavarri dejan de blindarlo dira quien es la Sra K. Asi que favor con favor se paga entre los corruptos hay una lealtad para el mal.
    Los peruanos venimos soportando la podredumbre y la corrupción de la mafia de los cuellos blancos del puerto siguen vivitos y coleando, soportando también la matonería de los mafiosos del congreso.
    Solo queda la alternativa de la lucha en las calles del pueblo peruano y acabar con todos los corruptos.

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