Acción de amparo en contra de ministerios, Diresa y GOREL por no atender a indígenas con COVID19
Anta la lentitud e indiferencia de las autoridades del Gobierno para atender de manera inmediata y efectiva a las comunidades indígenas victimas del COVID19 en Loreto, la Organización Regional de los Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO) y el IDL han interpuesto una demanda de amparo contra el Estado para proteger la vida de las comunidades indígenas.
“Después de cuatro meses de emergencia sanitaria no se implementa una política diferenciada en materia de salud indígena durante la pandemia”, sostienen Jorge Pérez, presidente de ORPIO.
Varios derechos han sido violados: el derecho a la vida, el derecho a la salud, el principio de garantía de la plena vigencia de los derechos humanos y el principio del Estado social de Derecho.
Según la abogada del Área de justicia Constitucional del IDL, Maritza Quispe, “esta demanda se dirige contra el Ministerio de Salud, la Dirección Regional de Salud de Loreto, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura y el Gobierno Regional de Loreto por no proteger apropiadamente a los pueblos indígenas amazónicos de la región de Loreto frente al COVID-19”.
El contenido de la demanda señala las responsabilidades de cada entidad estatal:
- MINSA y Diresa Loreto no han implementado el Plan de Salud para Pueblos Indígenas frente al COVID 19 (aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2020-SA, el 21 de mayo de 2020) en Loreto. La Covid19 continúa expandiéndose en las comunidades nativas. Sin embargo, el Estado aún no implementa acciones estructuradas, sostenidas ni pertinentes culturalmente para brindar atención de salud a la población indígena contagiada.
- La Dirección Regional de Salud – Loreto no ha hecho un registro adecuado de la cantidad de población indígena, tanto contagiada como fallecida, y de su pertenencia étnica, La falta de información sobre el impacto real de la Covid19 en la población indígena dificulta la cristalización de la atención de salud requerida.
- MINSA y DIRESA no capacitan al personal de salud de las Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud, IPRESS, ni a los promotores de salud de las comunidades nativas en la administración de medicamentos, oxígeno e implementos para el tratamiento del COVID 19.
- MINSA y DIRESA- Loreto no brindan información a las comunidades nativas sobre la Covid19, las maneras de prevenirla, los protocolos de protección a seguir, y no proporcionan espacios de comunicación vía radial y de telefonía para transmitir recomendaciones de médicos a consultas de comuneros y comuneras, teniendo en cuenta la falta de presencia del Estado en comunidades nativas para atender la emergencia sanitaria.
- MINSA y Diresa- Loreto no brindan atención temprana a indígenas contagiados por el virus tanto de comunidades como en ciudades donde quedaron varados.
- MINSA y Diresa Loreto no implementan la norma y guías técnicas de prevención, contingencia y mitigación de impactos por expansión de epidemias entre los pueblos en aislamiento y contacto inicial, aprobadas en el 2007 por el Ministerio de Salud (799-2007/MINSA, 797-2007-MINSA, 798-2007/MINSA).
- MINSA y Diresa- Loreto no brindan atención en los establecimientos de salud de Loreto donde hay presencia de comunidades nativas y pueblos indígenas con lo siguiente:
- Personal médico y técnico en los establecimientos de salud de primer nivel (comunidades nativas)
- Dotación suficiente de pruebas serológicas y pruebas rápidas para descartar covid 19 entre la población indígena.
- Dotación de balones de oxígeno suficiente en los establecimientos de salud provinciales, distritales y de comunidades nativas
- Provisión de medicina suficiente para atender a los afectados covid 19 en las comunidades nativas, en especial,cloroquina, azitrocmicina, paracetamol, ivermectina, betametasona, salbutamol, ibromuro, homeprazol, jeringas, setreazona, exonaparina sodica, etc.
- Implementación de camas UCI en los establecimientos de salud provinciales, distritales y de comunidades nativas.
- Dotación de mascarillas y alcohol para repartir en las comunidades
- Dotación de material de bioseguridad para el personal médico de los establecimientos de salud de las comunidades nativas o próximos a ellas.
- Financiamiento y logística (embarcaciones, combustible, comunicaciones) para las postas médicas donde hay presencia de comunidades nativas
Responsabilidad del Ministerio de Economía y Finanzas
El Ministerio de Economía no facilita los recursos económicos indispensables para la implementación del Plan de salud aprobado por el Gobierno peruan.
Responsabilidad del Ministerio de Cultura
- El Ministerio de Cultura no implementa control y vigilancia efectiva en las zonas de acceso a las áreas solicitadas como reservas indígenas Yavarí Tapiche, Yavarí Mirim, Sierra del Divisor Occidental, Kakataibo y Napo Tigre. El hecho que seis miembros del pueblo Nahua en contacto inicial de la Reserva Territorial Kugapakori Nahua Nanti, al sur del país, hayan sido contagiados de COVID 19, es una muestra clara de la falta de previsión e ineficiencia de este sector del Estado en el cumplimiento de sus responsabilidades de protección de pueblos en aislamiento y contacto inicial.
- El MINCUL se ha limitado a la traducción de mensajes de prevención y control del COVID-19, que no han sido transmitidos a las comunidades nativas. La mera traducción de mensajes que no se adecúan a la realidad de los pueblos indígenas es insuficiente desde un abordaje intercultural. Estos tampoco se adecúan a las necesidades de información de las comunidades nativas pues contienen información elaborada cuando se inició la emergencia sanitaria mientras que el COVID se ha expandido ampliamente en las comunidades.
Finalmente, ORPIO e IDL piden al Poder Judicial y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos estar vigilantes para hacer cumplir a las autoridades del Perú y Gobierno Regional de Loreto su labor y así se atienda y salvaguarde la vida de los pueblos indígenas victimas de la Covid19.
Foto: Aidesep