Acusados del caso El Frontón han decidido no declarar en el juicio
“Después de que se presentara la acusación fiscal en contra de 33 marinos, se debió entrar a la etapa de los interrogatorios, pero los acusados han decidido acogerse al derecho al silencio. Esto quiere decir que no van a realizar declaraciones durante el juicio, reservándose su derecho a declarar posteriormente”, sostiene Sigfredo Florián, abogado del Área de Defensa Legal del IDL.
El juicio oral por el caso de la matanza en el penal de El Frontón comenzó el 8 de setiembre de 2017. Hace algunas semanas el fiscal superior Daniel Jara presentó la acusación y solicitó que se impongan penas entre 27 y 25 años para cada uno de los acusados.
Es muy probable que los otros 18 acusados asuman esta misma estrategia de guardar silencio, y que repitan lo mismo los dos que están en España e Italia y que harán conocer su decisión al tribunal mediante videollamadas de WhatsApp.
“Para los abogados del IDL esta estrategia responde a que la defensa de los acusados desea escuchar las declaraciones de los testigos y los peritos para tener la posibilidad de rebatirlas”, añade Sigfredo Florián.
Los detalles del caso:
Los hechos
El 18 de junio de 1986, aprox. a las 6:00 de la mañana, los presos por terrorismo de las cárceles de San Juan de Lurigancho, isla penal de El Frontón y Santa Bárbara (penal de mujeres), se amotinaron en forma coordinada tomando como rehenes al personal de seguridad de las cárceles.
Los amotinados de las tres cárceles presentaron un pliego de demandas, entre las que destacaban su negativa a ser trasladados a otros penales, la eliminación de las requisas y las revisiones, el cierre del penal de Canto Grande y una solicitud de mejoras en las condiciones carcelarias.
El gobierno del expresidente García envió una comisión – denominada “Comisión de Paz”- para negociar con los amotinados. Al fracasar estas negociaciones, se promulgó el Decreto Supremo N.º 006-86-JUS con el propósito de declarar a los centros penitenciarios como “zonas militares restringidas”.
El operativo militar se inició a las 0:00, estando a cargo de la Marina de Guerra del Perú, especialmente de la Infantería de Marina y la intervención militar produjo más de 133 personas fallecidas por proyectil de arma de fuegos y por detonación de artefacto explosivos, también ocasionó varios heridos y sobrevivientes.
El caso en cifras
El juicio se inició el 8 de septiembre del 2017, y se han realizado 65 audiencias. La presentación de pruebas nuevas se realizó en casi 60 audiencias.
- Existen 33 acusados y 133 agraviados (25 fallecidos por proyectil de arma de fuego y 108 fallecidos por detonación de artefacto explosivo)
- La Fiscalía ha presentado 134 testigos que van a declarar en juicio y 19 peritos ratificaran sus pericias (Balística, antropológico, etcétera).
- Los abogados de la parte civil han presentado 15 testigos.
- La defensa de los acusados ha presentado a 7 personas, entre testigos y testigos expertos.
- El caso fue declarado complejo desde la etapa de investigación y se ha acumulado otro caso que se venía investigando por separado.
- Han transcurrido 33 años de ocurrido los hechos.
- Se procesan a los acusados por Homicidio Calificado – Asesinato por explosión y ferocidad. Ha sido calificado como delito de Lesa Humanidad
- Las penas que ha solicitado la Fiscalía van de 27 a 25 años.
- La Fiscalía ha solicitado el pago de 40,000 soles para cada una de las víctimas.
- El caso tiene como antecedentes sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos Neyra Alegría vs. Perú, y Duran y Ugarte vs. Perú que han dispuesto la investigación, juzgamiento y sanción a los responsables.