Ante desprotección de justicia peruana el reclamo de la comunidad asháninka Nuevo Amanecer Hawai llegó a la CIDH
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha recibido la petición del Instituto de Defensa Legal para que atienda el reclamo de la comunidad Nuevo Amanecer Hawai que desde el año 2006 reclama que se le titule.
La comunidad se ubica en el territorio de tres regiones: Ucayali, Pasco y Junín. Está compuesta por 80 familias y 4280 integrantes. Ellos tuvieron que abandonar su territorio en la época de la violencia, debido a que Sendero Luminoso ingresó a esa zona y esclavizó, torturó y asesinó a gran parte de los miembros del pueblo asháninka. De los 55 mil pobladores, cerca de 10 mil fueron desplazados forzosamente en los valles del Ene, Tambo y Perené. Hubo 6 mil muertos y cerca de 5 mil fueron cautivos del grupo subversivo.
Esta información es clave para entender por qué los asháninka de Nuevo Amanecer Hawai tuvieron que huir de su territorio. Pero en el año 1999 retornaron, siguiendo a su líder Mauro Pio Peña, jefe de la comunidad, que asumió ese gran compromiso. En su gestión realizó una serie de trámites para lograr el ansiado retorno a su territorio ancestral. Posteriormente, en el año 2004, el jefe de la comunidad solicita al responsable del Programa de Apoyo al Repoblamiento (PAR- Satipo), apoyo con herramientas agrícolas, calaminas, ollas y motosierras. Ese mismo año se acredita la condición de víctimas de la violencia política de los miembros de Nuevo Amanecer Hawai. Luego de un trabajo de seguimiento de trámites administrativos, el 20 de abril del año 2006, a través de la Resolución Directoral N°086-2006-GRPDRA-P, la comunidad obtuvo el reconocimiento como poseedores precarios del asentamiento rural ubicado en el sector “Hawai”, del distrito de Puerto Bermúdez, e inician los trámites de titulación.
El 10 de Enero de 2008, COFOPRI le informa al jefe de la comunidad que para el año 2008 estaba programada la culminación de los trabajos de saneamiento físico legal del territorio de la comunidad, y la encargada de la titulación fue la Dirección Regional de Agricultura de Pasco, pero un año después solo les habían entregado la constancia de posesión. Es así que empiezan los reclamos por parte de los líderes ante el Ministerio de Agricultura, la Dirección Regional Agraria de Pasco y la Agencia Agraria de Oxapampa sin ningún resultado. En 2012 tuvieron una reunión con el entonces presidente de la PCM Oscar Valdez, en la que se firmó el acta para la titulación de las comunidades.
Para esa fecha ya tenían problemas con la expedición de concesiones forestales sin previa titulación del territorio comunal y sin previa consulta. En el año 2008 llegó al territorio de la comunidad la Empresa Maderera Forestal SR LTDA, quien, acompañada por mas de 50 personas armadas, y con el apoyo de maquinaria pesadas, destrozó durante la noche las chozas de los comuneros, expulsándolos del lugar donde habían instalado su plantación de café. La denuncia de invasión fue interpuesta por el jefe de la comunidad Mauro Pio Peña en el mismo año, pero hasta la fecha no se ha abierto un proceso penal en contra de los responsables. Tampoco se han anulado las concesiones forestales a pesar de haber solicitudes a OSINFOR para que se anulen. Incluso, las autoridades del Gobierno informaron que se iban a dejar sin efecto las concesiones forestales. (La Resolución Ministerial 0547-2014-MINAGRI, que establece que el procedimiento administrativo de demarcación y titulación de comunidades nativas no podrá suspenderse por superposición con áreas de BPP, y en caso de superposición, los BPP deberán ser redimensionados. Sin embargo, las concesiones nunca fueron redimensionadas o anuladas).
La resistencia de los líderes tuvo consecuencias: empezaron las amenazas de muerte de parte de los madereros; sin embargo, estas denuncias nunca fueron escuchadas. En mayo de 2013 ocurre el asesinato del líder histórico Mauro Pío Peña. Los presuntos asesinos fueron identificados, pero fueron absueltos en primer grado.
En 2014 la comunidad presentó , con el apoyo del Instituto de Defensa Legal, un proceso de amparo contra el Gobierno Regional de Pasco por no cumplir con titular sus territorios; contra SERFOR por otorgar concesiones en territorio ancestral no titulado y sin cumplir con realizar la consulta previa respectiva, así como contra el Gobierno Regional de Ucayali por otorgar certificados de posesión a asociaciones agrarias dentro del territorio ancestral. El Poder Judicial no lo consideró: el fundamento sobre el que se basa la decisión es la falta de titulación del territorio, afirmando que la posesión no es suficiente para ser titular del derecho de propiedad.
Ante esto, el IDL presentó un recurso de amparo constitucional ante el Tribunal Constitucional para que viera resolviera el proceso. El expediente de amparo subió al Tribunal Constitucional en 2018. Dos años después declara IMPROCEDENTE el recurso de agravio constitucional, porque, según él, la cuestión de Derecho contenida en el recurso “carece de especial trascendencia constitucional”. Sostiene de forma sorprendente que el pedido de una comunidad nativa de la selva central, de protección de su derecho de propiedad sobre su territorio frente a madereros ilegales y traficantes de tierras, no tiene trascendencia constitucional, es decir, no tiene importancia constitucional, no tiene relevancia para el derecho internacional de los derechos humanos.