Audiencia contra monopolio de la prensa escrita por parte del Grupo El Comercio

Audiencia contra monopolio de la prensa escrita por parte del Grupo El Comercio

Se ha llevado a cabo una audiencia de vista de causa de este trascendental proceso que actualmente se ventila ante el Cuarto Juzgado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima. (Expediente N° 35583-2013-0-1801-JR-CI-04).

Hace dos años, el Cuarto Juzgado Constitucional de la Corte de Lima declaró fundada la demanda de amparo presentada en 2013 por Rosa María Palacios y otros siete periodistas destacados contra el Grupo El Comercio. El hecho que ha motivado este proceso constitucional de amparo es la suscripción del “Acuerdo de Asociación”, mediante el cual el Grupo El Comercio compró el 54% de las acciones del Grupo Epensa (diarios “Correo” y otros). Como ya controlaba el 49% de la lectoría (tiraje) en el mercado de diarios, al sumársele el 29% de Epensa, ahora controla el 78% de la lectoría (tiraje) en el Perú, lo que constituye una posición de dominio en el mercado de medios escritos, no sólo en cuanto a la lectoría sino también en relación a la publicidad.

Esta situación fue considerada lesiva de la libertad de expresión por estos periodistas que interpusieron la demanda, En primera instancia, la demanda fue aceptada. El juez declaró fundada la demanda y nulo el contrato de compraventa del grupo Epensa por el Grupo El Comercio, por contravenir la constitución nacional y el tratado internacional, ordenando regresar al estado anterior.

“Lo que ocurrió después es que esta demanda fue declarada nula en segunda instancia, pues no se había notificado a los herederos de uno de los demandantes, razón por la que  se volvió a convocar a una audiencia de la vista de causa que se acaba de realizar”, sostiene el abogado del IDL, Juan Carlos Ruiz, que defiende a uno de los demandantes.

Link a la sentencia de primera instancia anulada:

https://www.pj.gob.pe/…/D_Sentencia_Concentracion…

Sentencia de Cuarta Sala en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima:

https://drive.google.com/…/1-ywIYRPZlA2SW0V2GKd…/view…

El abogado del IDL especifica dos puntos controvertidos en el proceso constitucional de amparo: 1. Si la concentración en la lectoría (tiraje) de los medios de comunicación escritos en el Perú, afecta -o no- la pluralidad y diversidad de la información y, en ese sentido, si afecta –o no- el ejercicio del derecho convencional y constitucional a la libertad de expresión en una sociedad democrática. 2.Si es constitucional o no la adquisición en propiedad del Grupo Epensa por parte del Grupo El Comercio, tomando en cuenta el parámetro de los derechos y bienes jurídicos consagrados en los artículos 2.4° y 61° de la Constitución política del Perú.

Finalmente, resume las tesis que sustenta el IDL a partir de las controversias jurídicas en torno a las cuales ha girado el escrito:

1.La excesiva concentración en los medios de comunicación escritos, radiales, televisivos y digitales, sin duda constituye una situación que afecta el libre y pleno ejercicio de la libertad de expresión en una sociedad democrática, al restringir la indispensable pluralidad y diversidad de la información pública que los medios de comunicación deben difundir para asegurar el necesario flujo de ideas e información para que los ciudadanos y ciudadanas puedan decidir y opinar libre y responsablemente sobre temas de interés general. Esa esa la razón por la cual hay una vinculación muy intensa entre libertad de expresión y democracia. 2.En tal sentido, el Estado peruano –a la luz de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, de la Constitución y de la jurisprudencia constitucional- debería permitir y propiciar el debate público sobre la mejor forma de regular estos supuestos de excesiva concentración de la propiedad en el mercado de los medios de comunicación, estableciendo límites y parámetros propios de una sociedad democrática, lo que no debe suponer -de manera alguna- un control gubernamental sobre los medios. 3.En consecuencia, consideramos que la adquisición en propiedad del grupo “Epensa” por parte del grupo empresarial “El Comercio”, en virtud de la cual este último grupo concentra ahora el 78% de la lectoría (tiraje) en los medios de comunicación escritos en el Perú, afecta la libertad de expresión –en su ámbito colectivo y en el aspecto de la indispensable pluralidad y diversidad de la información pública- consagrada en los artículos 2.4° y 61° de la Constitución política, la misma que inclusive ya contempla una cláusula expresa de prohibición de cualquier forma de concentración en la propiedad de los medios de comunicación social, sean escritos, radiales, televisivos o digitales, al establecer en su artículo 61° que “… no pueden ser objeto de exclusividad, monopolio ni acaparamiento, directa ni indirectamente, por parte del Estado ni de particulares”. 4.Por tanto, el Estado peruano –a través de una sentencia jurisdiccional emitida en un proceso regular-, debería establecer regulaciones y límites a la excesiva concentración en los medios de comunicación escritos. Al respecto, ya hay un antecedente normativo en nuestro país: la Ley y el reglamento de radio y televisión establecen un máximo de 20% de propiedad en el caso de las frecuencias radiales y un máximo de 30% en el caso de las frecuencias televisivas .

 

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