Audiencia en contra de las concesiones forestales en territorios asignados a los pueblos en aislamiento voluntario
El próximo martes 25 se realizará una audiencia en el Segundo Juzgado Civil de Iquitos, en la que la Organización Regional de los Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO) y el IDL presentarán los argumentos jurídicos para que se declaren nulas las concesiones forestales otorgadas de manera ilegal por el Gobierno Regional de Loreto en los territorios donde viven los pueblos en aislamiento voluntario.
La abogada Maritza Quispe, del Área de Litigio Constitucional y Pueblos Indígenas del IDL, señala: “Se deben tomar las medidas para proteger a los pueblos en aislamiento voluntario que habitan en las reservas indígenas solicitadas. Recordemos que son poblaciones sumamente vulnerables y que necesitan de amplios espacios para cazar y recolectar los productos que necesitan para sobrevivir. La intangibilidad de sus territorios es la única forma de protegerlos. Las concesiones forestales otrogadas en sus territorios ponen en grave riesgo sus subsistencia debido a que no son inmunes a los virus y enfermedades contagiosas que podrían terminar de exterminarlos”.
Durante el 2017 la Dirección Ejecutiva Forestal y de Fauna Silvestre de la Autoridad Regional Ambiental del Gobierno Regional de Loreto (ahora gerencia regional) y el Servici9o Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) realizaron procesos administrativos para ofrecer 197 nuevas unidades de aprovechamiento forestal sujeto a otorgamiento de concesiones forestales maderables mediante un procedimiento abreviado en todo Loreto. Doce de estas unidades se superponen a la Reserva Indígena Yavarí Tapiche.
Actualmente se han otorgado cuatro concesiones forestales en la reserva Yavarí Tapiche de manera ilegal , violando la quinta disposición final complementaria de la nueva Ley Forestal y de Fauna Silvestre (No. 29763) que establece: “No se otorgarán títulos en áreas de reconocimiento de titulación o de ampliación de comunidades campesinas y nativas, así como en áreas en trámite para el establecimiento de reservas territoriales para los pueblos en aislamiento o contacto inicial, en concordancia con los tratados internacionales en vigor”.
Del mismo modo, el artículo 60 del D.S. No. 21-2015-Minagri precisa que la ARFFS verifica que el área solicitada no se superponga con predios privados, comunidades nativas o campesinas, incluyendo lo establecido en la quinta disposición complementaria final de la Ley Forestyal.
Lo que se solicita es que se declaren nulas las concesiones otorgadas de manera ilegal, luego de la promulgación de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, que establece que no deben otorgarse títulos en áreas destinadas a estas poblaciones.