Bonificación en la mira
Marco Tulio Falconí Picardo, uno de los elegidos para formar parte de la Junta Nacional de Justicia, obtuvo una bonificación del 10 por ciento en el puntaje de la entrevista personal por su condición de licenciado militar, lo que resultó determinante para que fuera nombrado miembro titular. La única alusión de Falconí a una formación militar en su hoja de vida es su paso por el colegio militar Francisco Bolognesi de Arequipa. Justicia Viva se comunicó con funcionarios de dos instituciones con competencia en el tema: la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. En ambos casos la respuesta coincidió con documentos sobre casos similares revisados para esta nota: los egresados de colegios militares no tienen la condición de licenciados y no deben acceder a bonificación alguna.
Por Miguel Loayza
En dos días, la Comisión Especial de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) juramentará a los siete integrantes del organismo que reemplazará al extinto Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). Como se recuerda, la revelación de los nombres de los postulantes elegidos en el segundo concurso público -que tuvo lugar el lunes 30 en conferencia de prensa- estuvo marcada por la polémica.
Entre las principales observaciones, se señaló que entre los seleccionados destacaban dos actores que podrían ser considerados cercanos a ciertos sectores políticos. Son los casos de María Zavala Valladares, exministra de Justicia y representante del Perú ante la Organización de Estados Americanos (OEA) durante el segundo gobierno aprista, y Marco Tulio Falconí Picardo, excongresista por Perú Posible y aportante de Alianza Por el Progreso, partido de César Acuña, por un monto equivalente a S/ 105 mil.
Ayer en la mañana, El Comercio reveló que tanto Zavala como Falconí ostentan registros de llamadas a personajes investigados por el caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, presunta organización delictiva que habría buscado capturar el sistema de justicia peruano en sus más altos niveles. Entre los contactados figuraban nombres como César Hinostroza, Iván Noguera o Tomás Gálvez Villegas.
Pero existe otro cuestionamiento urgente que la Comisión Especial debería resolver antes de llevar a cabo la juramentación este lunes 6. Una vez publicado el cuadro de méritos con los puntajes definitivos de los postulantes, llamó la atención que Falconí obtuvo una bonificación del 10 por ciento de la calificación que se le dio en la entrevista personal. En una anotación a pie de página, la Comisión Especial señaló que la bonificación fue otorgada porque Falconí acreditó ser licenciado de las Fuerzas Armadas.
Un simple cálculo puede dar una idea aproximada de cómo esta bonificación fue determinante para la elección de Falconí como miembro titular de la JNJ. De acuerdo al cuadro publicado, agregada la bonificación, Falconí obtuvo una calificación de 32 puntos en la entrevista personal; esto, sumado a los puntajes que obtuvo en las etapas previas del concurso, lo hizo acreedor a un puntaje final de 81.5. Gracias a ello pudo ocupar el puesto 5 de la clasificación general.
Sin la bonificación del 10 por ciento, el puntaje de Falconí en la entrevista habría sido, aproximadamente, 29, con lo cual su puntaje final habría quedado en 78.5. Con ello, Falconí habría tenido que conformarse con una vacante de miembro suplente de la JNJ.
Dado lo trascendental del hecho, y la insuficiente información brindada por la Comisión Especial sobre este punto, Justicia Viva indagó sobre la legitimidad de este aumento en el puntaje de quien está a punto de ocupar uno de los cargos con más poder en el sistema de justicia.
Interpretación cuestionable
De acuerdo a la ley 24298, Ley del Servicio Militar, uno de los beneficios que reciben los licenciados militares es la “bonificación de diez por ciento (10%) en concursos para puestos de trabajo en la administración pública. Para ello, la Presidencia del Consejo de Ministros adoptará las acciones correspondientes”. El licenciado militar, de acuerdo al artículo 86° del reglamento de la ley, es “el personal dado de baja por tiempo cumplido en el Servicio Militar Acuartelado y No Acuartelado […]”.
En la hoja de vida presentada por Falconí ante la Comisión Especial, no hay información que aluda a formación militar alguna. La única pista sobre este punto fue ubicada en el perfil del exparlamentario disponible aún hoy en la página web del Congreso.
De acuerdo a lo indicado, Falconí culminó la secundaria en el colegio militar Francisco Bolognesi. Efectivamente, en los registros de la escuela, Falconí figura como egresado de la Promoción 1975.
A este punto, una pregunta cae de madura. ¿Tienen los egresados de colegios militares la condición de “licenciado militar”?
Según el artículo 88° del reglamento, la bonificación del 10 por ciento en concursos públicos califica para licenciados del Servicio Militar Acuartelado y No Acuartelado. En su artículo 89°, el reglamento incluye el egreso de colegios militares como una modalidad de Servicio Militar No Acuartelado. Sin embargo, se hace una precisión crucial.
De acuerdo al segundo numeral del artículo, los egresados de los colegios militares han cumplido el Servicio Militar en Activo, pero no acceden a la denominación de licenciado ni a los beneficios que otorga la Ley.
Hablan funcionarios de SERVIR y las Fuerzas Armadas
Para aclarar este punto, Justicia Viva se comunicó con un especialista de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), específicamente de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, instancia encargada de formular los lineamientos generales en materia de recursos humanos en el sector público. La pregunta concreta fue si SERVIR considera que los egresados de colegios militares tienen la condición de licenciados militares y deben acceder a la bonificación del 10 por ciento del puntaje en concursos públicos. La respuesta fue negativa. El funcionario señaló que el artículo 89° excluye a los egresados de escuelas militares del beneficio de ley.
La declaración coincide, además, con dos resoluciones emitidas por SERVIR en años anteriores que fueron revisadas para esta nota.
La primera es la Resolución de Presidencia Ejecutiva 003-2016-SERVIR-PE, emitida el 20 de enero del 2016. En ella, el organismo responde a un recurso de reconsideración presentado por un postulante a la plaza de Gerente de Asesoría Jurídica, en un concurso convocado por la misma institución. Una de las razones esgrimidas por el postulante para que se modifique su resultado en el concurso es que “no consideraron su calidad de personal licenciado de las Fuerzas Armadas, y por ende, tampoco la asignación de la bonificación correspondiente”.
La respuesta de SERVIR apeló al -a estas alturas- ya conocido artículo 89° del reglamento de la Ley de Servicio Militar: se indicó que el documento con el que el postulante pretendió acreditar su condición de licenciado militar fue expedido por un colegio militar (Gran Mariscal Ramón Castilla) y, por lo tanto, no tenía condición de licenciado ni podía acceder al beneficio de ley.
Esta resolución es un importante antecedente para el desenlace del caso Falconí. Deberá tenerse en cuenta también el informe técnico 1201-2018-SERVIR/GPGSC, en el que la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil concluyó que, para acreditar la condición de licenciado de las Fuerzas Armadas, el postulante deberá presentar una copia simple del certificado expedido por el Ejército, Marina de Guerra o Fuerza Aérea.
Se contactó también a la Oficina de Asuntos Nacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, a fin de formular la misma interrogante hecha al especialista de SERVIR: ¿tienen los egresados de colegios militares la condición de licenciados y pueden acceder a las bonificaciones establecidas por la ley? Nuevamente, la respuesta del funcionario fue negativa. Según señaló, los beneficios y bonificaciones de ley están reservados para quienes hayan servido en combate, y no tienen que ver de ninguna forma con escuelas militares.
Justicia Viva envió una solicitud a la Secretaría Técnica de la Comisión Especial, a fin de que indique cuál fue la documentación presentada por Falconí para acreditar su condición de licenciado de las Fuerzas Armadas. Está pendiente además la publicación de los fundamentos del voto de los miembros de la Comisión Especial para cada postulante, tal como dicta el artículo 93 de la Ley Orgánica de la JNJ, referido a la entrevista personal: “Toda decisión emitida por la Comisión Especial debe estar debidamente motivada y tiene carácter público”.
¿Pretende la Comisión Especial postergar una información tan relevante en materia de vigilancia ciudadana hasta el mismo día de la juramentación?
Solo me queda agradecer a Justicia Viva y a IDLReporteros por mantener siempre la calidad de investigación periodística en el más alto nivel y siempre enfrentando tan solo con la verdad a los poderes más oscuros y corruptos, y no por ello menos poderosos, de nuestro estado y nación.
Pero estoy convencido que más temprano que tarde los venceremos, porque como ciudadano de este país por supuesto que me incluyo en esta lucha.
Mil gracias por su profesionalismo, coraje y agallas. 👏👏👏👏👏
Completamente de acuerdo con lo expresado por el señor Adrián León.
Debe renunciar ó ser apartado,,
Parece protegido por representante Corte Suprema.
¿mafia, cuellos blancos?
!!Afuera de la Junta!!
Ese señor Falconí ha mentido en su hoja de vida y el lo sabe muy bien por ser un profesional de Derecho, eso es delito y debe ser inmediatamente destituido, denunciado y procesado. Personas así son las que denigran las Instituciones
Si se toma el criterio del 10% por ser combatiente, entonces que sucede del 0% al 9.99% a quienes se les otorga.
Las cosas claras y la ley es la ley. Hay que respetarla y sobretodo hay jurisprudencia.
Falconí para otra vez será