CIDH otorga medidas cautelares a la comunidad de Santa Clara de Uchunya y Feconau

CIDH otorga medidas cautelares a la comunidad de Santa Clara de Uchunya y Feconau

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de los integrantes de la comunidad de Santa Clara de Uchunya y el presidente de la Federación de Comunidades Nativas de Ucayali (Feconau), Miguel Guimaraes Vásquez.

Como se recuerda, los integrantes del pueblo shipibo-conibo en Ucayali han venido luchando durante los últimos años contra la invasión de la palma aceitera y el tráfico ilegal de tierras en el corazón de la Amazonía peruana. Durante los últimos meses, además, denunciaron el incremento de la violencia contra las personas defensoras de derechos humanos sin que el Estado haya logrado resolver este problema.

Mediante la Resolución 81/2020, la CIDH ha considerado que este es un caso especialmente grave y urgente en el que se encuentran amenazados los derechos a la vida y a la integridad personal. Asimismo, existe el riesgo de que las violaciones a los derechos humanos de los beneficiarios se conviertan en irreparables.

Por ello, el organismo interamericano consideró que se reunían los requisitos que establece el artículo 25° del Reglamento de la CIDH y declaró fundada la solicitud de medidas cautelares que dirigieron el Instituto de Defensa Legal (IDL) y Forest Peoples Programme (FPP), en patrocinio de las organizaciones indígenas.

En consecuencia, la CIDH ha ordenado al Estado peruano lo siguiente:

a) adoptar las medidas necesarias, y desde una perspectiva cultural adecuada, para proteger los derechos a la vida e integridad personal de los beneficiarios, evitando en particular la comisión de actos de violencia por parte de terceros, a la luz del Derecho Internacional de los Derechos Humanos;

b) concertar las medidas a adoptarse con las personas beneficiarias y sus representantes;  e

c) informar sobre las acciones implementadas tendientes a investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medidas cautelares y así evitar su repetición.

La noticia ha sido bien recibida por las autoridades indígenas en Ucayali. Al respecto, el apu Guimaraes señaló sobre el otorgamiento de las medidas cautelares:

“Esta es una decisión muy favorable a nivel individual y colectivo para los miembros del pueblo shipibo-conibo que venimos sufriendo amenazas de forma directa como defensores de los bosques y territorios. Por eso, desde la comunidad de Santa Clara de Uchunya y Feconau, instamos al Estado peruano a cumplir con esta medida y salvaguardar nuestro derecho a la vida e integridad como beneficiarios”.

Por su parte, el especialista legal Álvaro Másquez Salvador del IDL indicó:

“El Estado peruano está en la obligación de cumplir de inmediato con la orden dictada por la CIDH. Según se indica la resolución, deberá informar a la Comisión en 15 días sobre sus avances en el caso y mantenerla informada periódicamente. Esta es una decisión importante no solo para las personas defensoras indígenas en Ucayali, sino para todas las demás en el Perú y América Latina que enfrentan el incremento de la violencia a la par de la expansión de los extractivismos”.

 

Descargar el documento en este enlace.

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