Consulta del Lote 200: Ministerio de Energía y Minas no respeta a pueblos shipibo, asháninka y awajún

Consulta del Lote 200: Ministerio de Energía y Minas no respeta a pueblos shipibo, asháninka y awajún

El Ministerio de Energía y Minas no ha entregado a las organizaciones indígenas el contrato de exploración y explotación del lote 200, entre PERUPETRO y CEPSA PERUANA S.A.C., sino sólo las dos hojas del borrador del Decreto Supremo que aprueba su firma. El lote está ubicado entre la provincia de Padre Abad y Coronel Portillo, en la región Ucayali, y Puerto Inca, en la región Huánuco.

“Esta práctica ha sido establecido reglamentariamente. Según la Resolución Ministerial 209-2015-MEM/DM, que regula la consulta previa de proyectos petroleros y eléctricos, solo se consulta el decreto y no el contrato de explotación y explotación. Esto ha ocurrido en los 24 procesos de consulta en materia de minería e hidrocarburos, que han contado con el aval del Viceministerio de Interculturalidad. ¿Cómo pretenden los genios del MINEM que las comunidades nativas evalúen si les conviene la exploración y explotación, o si, por el contrario, éstas afectan sus derechos, cuando no les entregan los contratos donde está la información sobre el proyecto?, afirma Juan Carlos Ruiz, del Área de Litigio Constitucional y Pueblos Indígenas del IDL.

Sólo ha habido un caso –el de la consulta previa del Lote 192- en el que, a exigencia de las organizaciones indígenas, se les entregó el contrato. En los demás casos se han realizado consultas previas en base exclusivamente a lo que decía cada uno de los decretos supremos.

El MINEM sabe que las consultas deben ser informadas y que se les debe dar a los involucrados toda la información relevante sobre la medida a ser consultada. No hacerlo viola el principio de buena fe. El abogado añade: “Urge que lean la ley de consulta previa (Ley 29785), la sentencia del TC No 00022-2009-PI y la sentencia de la Corte IDH del caso Saramaka”.

Según los abogados del IDL, la consulta previa en el Perú se ha convertido en una cáscara vacía, en un mero trámite burocrático que deben cumplir los proyectos extractivos o de infraestructura pública para su implementación. La consulta en el Perú ha rebajado los estándares internacionales de este derecho y el Estado peruano no tiene una real voluntad de recoger la opinión y las preocupaciones de los pueblos indígenas. Por ese motivo, las consultas han sido “culturalmente inadecuadas” y se han desarrollado de forma asimétrica, sin información idónea, con poco tiempo para la discusión interna y sin acuerdos sobre las necesidades básicas.

 

 

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