Defensoría del Pueblo sienta posición sobre la consulta previa de los instrumentos de gestión ambiental en el sector minero
El informe que ha elaborado la Defensoría dice claramente que en los proyectos de exploración y explotación de recursos naturales, la oportunidad idónea para realizar la consulta es durante la evaluación de impacto ambiental, al permitir contar con información concreta y específica sobre los diversos componentes de un proyecto, de modo que puedan incorporarse medidas para prevenir, minimizar o corregir dichos impactos. Esto ha sido corroborado por Nelly Aedo, jefa del Programa de Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo.
Este organismo se ha pronunciado porque en abril de este año, las comunidades campesinas Huinicoroccohuaycco, Huano Huano, y Pacopata, ubicadas en la provincia de Espinar, presentaron una demanda constitucional de amparo, exigiendo la consulta y consentimiento de la Modificación del Estudio de Impacto Ambiental del nuevo proyecto Coroccohuaycco.
“Este informe que de Defensoría ha presentado es muy importante porque le recuerda al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) que sí es posible realizar procesos de consulta previa durante la evaluación del impacto ambiental de proyectos extractivos ubicados en el ámbito de influencia de comunidades campesinas indígenas del territorio nacional”, sostiene Maritza Quispe, abogada del área de Litigio y Pueblos Indígenas del IDL.
El Senace se niega a consultar los instrumentos de gestión ambiental, en concreto, la Modificatoria del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Coroccohuaycco, mientras que el Ministerio de Energía y Minas señala que las comunidades de Espinar sólo tienen derecho a la consulta previa que se ha iniciado a mediados el 15 de mayo de este año.
El informe de la Defensoría se emite en el momento en el que el juez de Yauri, Espinar (Cusco) está a punto de emitir sentencia en dos procesos de amparo contra la omisión de consulta de los proyectos mineros de Antapaccay. “En este contexto es necesario recordarle al Poder Judicial y al MINEM que el Estado no solo está obligado a consultar estos proyectos, sino a obtener el consentimiento de las comunidades”, precisa la abogada del IDL.
¿Por qué es indispensable que el gobierno obtenga el consentimiento en los proyectos mineros de Antapaccay y Coroccohuaycco? En el caso concreto de estos dos proyectos, los estudios indican que la población tendrá que desplazarse y dejar su territorio para asentarse en otro lugar. Además, el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) especifica que el proyecto minero Expansión Tintaya – Integración Coroccohuayco realizará sus actividades de explotación (construcción del tajo abierto) sobre un área que contiene un gran acuífero subterráneo. En total son 119 manantiales identificados dentro de la zona Coroccohuayco, además de los vertimientos de aguas con relaves mineros tratadas que se realizarán al río Cañipia.
Maritza Quispe añade: “Dichas actividades podrían ocasionar, en un futuro, el desplazamiento forzado de las comunidades de la zona, ante la pérdida, escasez o contaminación del agua. Así de grave es la situación, y es por eso que nosotros decimos que el Senace debe llevar a cabo la consulta previa durante los procesos de evaluación de impacto ambiental de los proyectos extractivos”.