Deploramos denuncia calumniosa contra abogada Linda Vigo y condenamos criminalización de la PNP para favorecer el negocio de la palma aceitera

Deploramos denuncia calumniosa contra abogada Linda Vigo y condenamos criminalización de la PNP para favorecer el negocio de la palma aceitera

Con relación a la denuncia penal interpuesta por el Departamento de Lavado de Activos Provenientes de Delitos Comunes (DIVILA DPC.D2) de la Policía Nacional del Perú contra la abogada y defensora de derechos humanos Linda Carol Vigo Escalante por la presunta comisión del delito de lavado de activos en agravio del Estado, el movimiento indígena y el movimiento de derechos humanos a nivel nacional e internacional señalan lo siguiente:

1. Respaldamos y reconocemos el encomiable trabajo por la defensa legal de los derechos de los pueblos indígenas que realiza la abogada Linda Carol Vigo Escalante en la región Ucayali en la Amazonía peruana. Su larga trayectoria profesional la ha vinculado a instituciones de prestigio como la Federación de Comunidades Nativas de Ucayali y Afluentes (FECONAU), el Instituto de Defensa Legal (IDL), Forest Peoples Programme (FPP), la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) y la Comisión de Derechos Humanos del Vicariato Apostólico de Pucallpa. Sin duda, es una defensora de derechos humanos comprometida con el bienestar de los pueblos indígenas y la protección de los bosques amazónicos.

2. Repudiamos la conducta del Departamento de Lavado de Activos Provenientes de Delitos Comunes (DIVILA DPC.D2) de la Policía Nacional del Perú, pues busca criminalizar el ejercicio de la abogacía en favor de los grupos sociales más vulnerables como son los pueblos indígenas. En el informe que este órgano policial remitió al Ministerio Público, base de la denuncia, se evidencia su enseñamiento contra el trabajo que realiza la abogada defensora de derechos humanos, así como el seguimiento y hostigamiento que ha venido sufriendo, llegando a los extremos de inmiscuirse en su vida personal.

3. Denunciamos públicamente la evidente parcialización del Departamento de Lavado de Activos Provenientes de Delitos Comunes (DIVILA DPC.D2) de la Policía Nacional del Perú con el negocio de la palma aceitera que promueve la empresa Ocho Sur P. S.A.C. en la más abierta ilegalidad. Recordamos a la opinión pública que el Grupo Ocho Sur estaría vinculado al megacaso de tráfico ilegal de tierras y deforestación para el cultivo de palma aceitera que actualmente investiga la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada.

4.  Saludamos la decisión de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delito de Lavado y Pérdida de Dominio por desechar rápidamente la denuncia contra la abogada defensora de derechos humanos. Al declarar que no existe razón alguna para abrir una investigación preliminar, demuestra la arbitrariedad del órgano policial como se indica en la disposición fiscal que archivó definitivamente este caso.

5. Exigimos a la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú tomar las acciones administrativas y penales correspondientes para sancionar a los responsables de la denuncia contra la abogada defensora de derechos humanos, así como del seguimiento y hostigamiento de la cual ha sido víctima. Asimismo, demandamos una investigación exhaustiva y completa al Departamento de Lavado de Activos Provenientes de Delitos Comunes (DIVILA DPC.D2) para que los recursos públicos nunca más se utilicen para criminalizar la defensa de los derechos humanos y de los pueblos indígenas.

6. Exigimos a la Defensoría del Pueblo y al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos adoptar las acciones necesarias de protección a favor de Linda Carol Vigo Escalante a nivel nacional y también local, en el marco del Procedimiento de Alerta Temprana del Mecanismo Intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos. Anunciamos, además, que alertaremos de esta situación a los organismos internacionales de derechos humanos para obtener garantías de no repetición frente a estos hechos.

7. Por último, renovamos nuestro firme compromiso de seguir denunciando los impactos de la criminalidad ambiental en el negocio de la palma aceitera que tanto daño ha causado a los ecosistemas de nuestra Amazonía y a los pueblos indígenas que dependen de ella para subsistir. Ninguna denuncia, por más calumniosa que llegue a ser, detendrá nuestras luchas por vivir en un país más justo, solidario y respetuoso con la Madre Tierra.

 

Lima y Pucallpa, 31 de octubre de 2022

 

Organizaciones

  1. Amazon Watch
  2. Asociación Civil Japiqay, Memoria y Ciudadanía
  3. Asociación de Derechos Humanos del Sur (ADHESUR)
  4. Asociación Fe y Derechos Humanos (FEDERH)
  5. Asociación Nacional de Centros (ANC)
  6. Asociación Nacional de Familiares de Secuestrados, Detenidos y Desaparecidos del Perú (ANFASEP)
  7. Asociación por la Vida y la Dignidad Humana (APORVIDHA)
  8. Asociación Proyecto Amigo
  9. Asociación Tiempo de Verdad y Justicia (TIVEJU)
  10. Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP)
  11. Centro de Desarrollo Étnico (CEDET)
  12. Centro de Desarrollo Humano (CEDEH)
  13. Centro de Derechos y Desarrollo (CEDAL)
  14. Centro de Iniciativas para el Desarrollo Humano (CEIDHU)
  15. Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán
  16. Centro Loyola Ayacucho
  17. Central Nacional de Mujeres de Sectores Populares “Micaela Bastidas”
  18. Colectivo por la Igualdad de Género de Piura
  19. Comisión de Defensa de los Derechos Humanos de Pasco (CODEH Pasco)
  20. Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH)
  21. Comisión de Derechos Humanos de Pucallpa (CODEH Pucallpa)
  22. Comisión de Derechos Humanos del Alto Huallaga (CODHAH)
  23. Comisión de Solidaridad, Desarrollo y Justicia (COSDEJ)
  24. Comisión Episcopal de Acción Social (CEAS)
  25. Comité de Derechos Humanos de Moyobamba (CODEH Moyobamba)
  26. Comité de Emprendimientos Indígenas de Chazuta
  27. Consejo del Pueblo Shipibo Konibo Xetebo (COSHICOX)
  28. Cooperativa Agroforestal Shipibo Konibo (COSHICOOP)
  29. Coordinadora de Desarrollo de los Pueblos Indígenas de la Región San Martín (CODEPISAM)
  30. Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH)
  31. Derechos Humanos y Medio Ambiente (DHUMA)
  32. Derechos Humanos sin Fronteras (DHSF)
  33. En Movimiento
  34. Environmental Investigation Agency (EIA)
  35. Federación de Comunidades Nativas de Ucayali y Afluentes (FECONAU)
  36. Federación de Pueblos Indígenas Kechwa Chazuta Amazonía (FEPIKECHA)
  37. Forest Peoples Programme (FPP)
  38. Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ)
  39. Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (FJEDD, México)
  40. Grupo de Iniciativa Nacional por los Derechos del Niño (GIN)
  41. Grupo de Trabajo contra la Corrupción (GTCC)
  42. International Service for Human Rights (ISHR)
  43. Instituto de Defensa Legal (IDL)
  44. Instituto de Promoción y Educación Popular – Comisión de Justicia Social de Chimbote (IPEP-CJS)
  45. Instituto Peruano de Educación en Derechos Humanos y la Paz (IPEDEHP)
  46. Instituto Regional para la Paz (IREPAZ Huánuco)
  47. Instituto Sur Andino de Derechos Humanos (ISADH Puno)
  48. Movimiento Jatarishun Huánuco
  49. Movimiento Manuela Ramos
  50. Paz y Esperanza
  51. Red para la Infancia y la Familia
  52. Resguardo Indígena de Origen Colonial Cañamomo Lomaprieta (Colombia)
  53. Servicio Educativo para el Desarrollo y la Solidaridad (SEDYS Trujillo)
  54. Sinchi Warmikuna
  55. Warmis Llutadoras
  56. Warmi Siradora

 

Personas

  1. Germán Vargas Farías, DNI 07563554
  2. Rosalía Chauca Sabroso, DNI 08863940
  3. César Mariano Figueroa Vergara, DNI 07166347
  4. Ayesha Dávila Torres, DNI 45359247
  5. Jessica Huertas Campoverde, DNI 10788477
  6. Irma Pflucker, DNI 42612713
  7. Diana Miloslavic, DNI 07641882
  8. Julia Carmen Espinoza Bernal, DNI 2561480
  9. José Bayardo Chata Pacoricona, DNI 46282223
  10. Mariela Belleza Salazar, DNI 40070549
  11. Libia Palestina Sulca Sánchez, DNI 10792896
  12. Mónica Lyzbeth Miraval Berrospi, DNI 07604165
  13. Percy Eloy Mango Calcina, DNI 01560133
  14. Ana María Watson Peña, DNI 09143591
  15. Virginia Vargas Valente, DNI 07722574
  16. Victoria Juárez Upiachihua, DNI 09249764
  17. Nury García Córdova, DNI  08188747
  18. Rocío Pilar Ruiz Crespo, DNI 22517819
  19. Roger Alfonso Mendoza Contreras, DNI 06187787
  20. María Emma Mannarelli, DNI 08224795
  21. Margarita Nancy Pomajambo Fernández, DNI 07577894
  22. Felicita Lourdes Chávez Morey, DNI 09049249
  23. Norbel Mondragón Herrera, DNI 16429977
  24. Martha Gamarra Castañeda, DNI 40882047
  25. Segundo Jara Montejo, DNI 22981745
  26. Gabriela Susana Flores Chávez, DNI 42135069
  27. Cruz Silva del Carpio, DNI 40632855
  28. María Elena Alegre Chalco, DNI 29537915
  29. Jane García Gavilán, DNI 40726293
  30. Cecilia Olea Mauleon, DNI 07733560
  31. Edith Goytendía Matos, DNI 19803837
  32. Silvia Alayo Dávila, DNI 32939752
  33. Luis Álvaro Másquez Salvador, DNI 72398517
  34. Ronald Suarez Maynas, DNI 00120777
  35. Olga Cristina del Rocío Gavancho León, DNI 45880926
  36. Matías Pérez Ojeda del Arco, DNI 42528604
  37. Angela Paola Mera Mejía, DNI 77201582
  38. Adán Junior Cassia Córdova, DNI 48299234
  39. Victor Sebastian Delgado Cespedes, DNI 74059680
  40. Paulina Quispe Castillo, DNI 09255819

 

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