Elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia: ¿crónica de una muerte anunciada?

Elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia: ¿crónica de una muerte anunciada?

Por Luis Miguel Purizaga

Ya todos sabemos que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) será la entidad que reemplazará en funciones al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). La JNJ nació fruto de la propuesta dada por la Comisión Wagner, a solicitud del presidente Vizcarra, luego de conocerse la investigación de los “CNMAudios” que mostró las redes de corrupción y el tráfico de favores que existían entre consejeros del CNM, magistrados de la Corte Suprema, presidentes de cortes superiores, congresistas y políticos.

El descubrimiento de estas redes de corrupción en el sistema de justicia trajo como consecuencia el inicio de un proceso de reforma que sigue hasta nuestros días. El Ejecutivo presentó un número de proyectos de ley al Congreso en julio del año pasado, que buscaban precisamente iniciar esta reforma. De todos los proyectos de ley relacionados con esta, el que más rápido se debatió y se promulgó fue el de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia.

¿Qué era lo novedoso que traía esta ley orgánica? Podríamos dividir los nuevos aportes de esta ley en dos: en quiénes eligen y en cómo se elegirán a los miembros de la JNJ.

Quiénes eligen

A diferencia de la elección de consejeros del extinto CNM, a los miembros de la JNJ los elegirá una Comisión Especial encabezada por el Defensor del Pueblo y compuesta por seis miembros más: el presidente del Poder Judicial, la Fiscal de la Nación, el Contralor General, el presidente del Tribunal Constitucional y los rectores de la Universidad Nacional de Ingeniería y de la Universidad de Piura. Esta comisión se ha encargado de elegir a su Secretario Técnico, ha emitido un reglamento interno que regulará sus funciones, y ha elaborado y publicado las bases del concurso público de méritos para la elección de los miembros de la JNJ.

Desde un inicio indicamos que nos llamaba la atención la conformación de la Comisión Especial. Dos miembros de esta (el presidente del Poder Judicial y el Fiscal de la Nación) tendrían que elegir a los que luego podrían evaluarlos y decidir si eran ratificados o no en sus cargos. Por si fuera poco, la figura de Pedro Chávarry como Fiscal de la Nación (miembro de la Comisión Especial gracias a este cargo) nos parecía un mal chiste, a raíz de todas las investigaciones que pesaban y pesan aún en su contra. Este peligro latente se difuminó luego de su renuncia y reemplazo por Zoraida Ávalos, pero planteó la interrogante acerca de qué pasaría si algo parecido ocurriese en el futuro. ¿Podría estar conformada la Comisión Especial por autoridades cuestionadas y/o investigadas, y no tendríamos mecanismos para apartarlos de esta? El hecho de que no se haya tomado en cuenta este posible problema en la ley orgánica ni en el reglamento interno de la Comisión Especial nos preocupaba y nos preocupa, y así se lo hicimos saber a la comisión mediante unas recomendaciones que le fueron alcanzadas.

Otro aspecto que aún nos preocupa y que también está relacionado a la conformación de la Comisión Especial es que el nombramiento en el cargo de algunos de sus miembros es político: el presidente del Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo y el Contralor General de la República. En todos los casos es el Congreso de la República quien los elige. Elige a los miembros del Tribunal Constitucional de donde saldrá elegido su presidente; elige y remueve al Defensor del Pueblo con el voto de los dos tercios de su número legal; y, por último, a través de su Comisión Permanente, también designa al Contralor General, a propuesta del Presidente de la República. Como vemos, la forma de elección de estos miembros de la Comisión Especial en sus cargos depende del Congreso. Esto toma mayor relevancia dada la composición de la red de corrupción mostrada en la investigación de los “CNMaudios”, en donde – por ejemplo – el juez supremo Hinostroza Pariachi “coordinaba” con consejeros del CNM y estos a su vez con congresistas de Fuerza Popular, o en donde empresarios como Mario Mendoza, previa coordinación con consejeros del CNM y jueces, coordinaba reuniones y visitas con congresistas del Partido Aprista. Las redes y los nexos vistos entre todos estos deberían llamarnos a reflexionar en los peligros que pueden existir cuando actores del sistema político y del sistema de justicia se relacionan debido a que unos son los que eligen y otros son los elegidos. Esto afecta seriamente la “apariencia de independencia” necesaria en todo sistema de justicia de cualquier estado de derecho.

Cómo se elige

En relación a la forma de elección, consideramos que el más importante cambio en el proceso es la implementación de las llamadas “pruebas de confianza” que aplicará la Comisión Especial a los candidatos a la JNJ que pasen la etapa de evaluación de conocimientos y curricular; así como la obligación de la motivación pública de las decisiones que tomen los miembros de la Comisión al momento de elegir dentro del universo de candidatos. Las pruebas de confianza no son calificadas con puntaje y sirven de insumo para la entrevista personal, que es la etapa final del proceso de selección.

¿En qué consisten las pruebas de confianza? De acuerdo a las bases del concurso, son cuatro: prueba patrimonial, socioeconómica, psicológica y psicométrica. Los resultados que se obtengan son públicos y el detalle de los resultados será conocido por los miembros de la Comisión Especial. Es necesario precisar que el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo incluía en un inicio que los postulantes pasaran por el polígrafo. Al final esta propuesta no prosperó.

Creemos que el tipo de información que se solicitará en estas pruebas de confianza desalienta la postulación de buenos candidatos, sobretodo porque –de acuerdo a lo visto en los CNMaudios – el problema de fondo es evitar las redes y garantizar la probidad de los miembros de la JNJ, y estas pruebas no garantizan ni ayudan a establecer aquello. Finalmente, en la etapa de la entrevista personal lo que se evaluará será el “razonamiento lógico jurídico” y el “desenvolvimiento y capacidad de comunicación” de los candidatos. Preguntarles acerca de esto a abogados con 25 años o más de desempeño como profesional o como catedráticos universitarios en una entrevista pública desalienta totalmente a los potenciales buenos postulantes. No se entiende la razón por la cual los miembros de la JNJ deberían ser calificados de esa manera, más aún cuando los miembros de la JNJ no serán los encargados de administrar justicia. Lo importante es tener miembros de la JNJ que sean probos, honestos, que no estén relacionados a casos de corrupción, o que no sean abogados que se hayan pasado toda la vida defendiendo narcotraficantes, por ejemplo. O que tengan relaciones muy estrechas con grupos empresariales o de poder económico, o con grupos políticos, o que hayan sido militantes de un partido político durante toda su vida y hayan obtenido una licencia recién un mes antes de postular. En resumen, lo que se busca es que antes de evaluar conocimientos, capacidades académicas, psicológicas y/o económicas, se preste mucha mayor atención al criterio que deberá tener la Comisión Especial para identificar postulantes que incurran en casos de conflicto de intereses, o que pudiesen incurrir en problemas de aparición de redes de corrupción y/o falta de apariencia de independencia. Si esto no se hace, seguiremos incurriendo en los errores que nos llevaron a la crisis judicial de mediados del año pasado.

¿Qué resultados tenemos hasta ahora?

Luego de publicada la ley orgánica de la JNJ, uno de los primeros problemas que se presentó fue la elección de rectores de universidades públicas y privadas que formarían parte de la Comisión Especial. La ONPE interpretó de forma restrictiva el criterio de publicidad del voto y consideró que este era secreto, cuando el numeral 79.3 del artículo 79 de la ley orgánica establecía que el voto de los rectores era público. Finalmente, el mismo día de la elección en el local central de la ONPE, los rectores de universidades públicas dieron a conocer su voto, forzando a que la ONPE hiciera lo mismo con el voto de los rectores de universidades privadas. Luego supimos que los representantes elegidos serían el rector de la Universidad Nacional de Ingeniería y el rector de la Universidad de Piura.

Posteriormente tuvimos el problema producido por la sentencia del Tribunal Constitucional que recortaba facultades sancionadoras a la Contraloría General de la República. La Contraloría emitió un comunicado indicando que el efecto de esta era como “el de un maratonista al que alientan a correr, pero al que le cortan las piernas”, usando una metáfora sumamente gráfica de los efectos que tendría la sentencia. ¿Qué es lo que llama la atención de esto? Que tanto el presidente del Tribunal Constitucional como el Contralor son miembros de la Comisión Especial. ¿Cómo es posible que existan estas contradicciones en temas de lucha contra la corrupción entre dos instituciones cuyas cabezas serán encargadas de elegir y ratificar jueces y fiscales? No se entiende.

Por último, tenemos que el plazo de postulaciones se ha ampliado. El plazo para que los candidatos presenten sus postulaciones vía web, de acuerdo al cronograma publicado en las bases, era desde el 24 de abril al 09 de mayo. Trascendió que hasta el martes 07 de mayo solo habían inscritas 11 candidaturas, lo cual era preocupante ya que con ese número de postulantes no se lograrían cumplir las 14 vacantes necesarias para la JNJ (7 miembros titulares y 7 suplentes). Por ello, la Comisión Especial ha ampliado el plazo de inscripción hasta el martes 14 de mayo. Es obvio que la Comisión Especial ha tomado esta decisión en vista de las pocas postulaciones que hay hasta la fecha. ¿Por qué este reducido número de candidatos? Entendemos que por muchas de las razones que ya hemos expuesto. Las bases del concurso público, tal como están planteadas, desalientan a participar y alejan a los posibles buenos candidatos. ¿Cómo leer los resultados hasta ahora obtenidos en la implementación de la Junta Nacional de Justicia? Quizá sea la crónica de una muerte anunciada. Esperemos que no.

 

 

*Foto: Canal N.

Un Comentario en “Elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia: ¿crónica de una muerte anunciada?”

  1. Manuel dice:

    lo curioso es el rector de la UNI sea familiar del ejecutivo..

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