En Colombia un tribunal otorga derecho a tres ríos mientras que en Perú ocurre lo contrario

En Colombia un tribunal otorga derecho a tres ríos mientras que en Perú ocurre lo contrario

El Tribunal Administrativo de Tolima ha ordenado que se reconozca a los ríos Coello, Combeima y Cocora como sujetos de derechos, y también que cese la exploración y explotación minera en esas cuencas. Este fallo ha sido firmado por los magistrados Luis Eduardo Collazos Olaya, José Andrés Rojas Villa y Ángel Ignacio Álvarez Silva, que presentó salvamento de voto.

En el documento el tribunal emite una serie de órdenes cruciales para la protección de estos ríos, debido a la acción que interpuso  en 2011 el personero municipal de Ibagué, Isaac Vargas Morales, contra el entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Ingeominas y la empresa AngloGold Ashanti Colombia S.A. (hoy Sociedad Kedahda S.A. – Continental Gold Ltda.), Fernando Montoya, Alberto Murillo, Eugenio Gómez y Nancy Moreno (Oro Barracuda Ltda.). Asimismo, los magistrados ordenan que los ministerios de Minas y Ambiente realicen un estudio, a cargo de la Universidad de Tolima, sobre el impacto que tiene la minería en el ambiente y en la salud de quienes residen en las cuencas de los tres ríos .

Todo lo contrario ha ocurrido en el Perú: el Juzgado Mixto de Celendín, Cajamarca, ha rechazado la demanda de amparo para que se reconozca al río Marañón como sujeto de derechos, presentada por el IDL y EarthRights International, con motivo de la construcción de la central hidroeléctrica Chadín 2.

“Estamos hablando del segundo río más largo del Perú, que ya está bastante contaminado por los constantes derrames de petróleo, la minería ilegal y la posible construcción de múltiples represas. Esto ocurre en un contexto en el que existe una falta generalizada del cumplimiento riguroso de las normas ambientales en el país, y en el que la crisis medio ambiental global ha tomado grandes proporciones. Décadas de legislación ambiental a nivel nacional y global han demostrado que no se pueden proteger los derechos humanos sin proteger los derechos de los ecosistemas a mantenerse vivos”, sostiene la abogada del IDL Maritza Quispe.

La abogada cita a Christopher Stone, uno de los primeros juristas que sostiene que se deben otorgar derechos a la naturaleza: “En la medida en que los árboles [o los ríos] sean considerados como sujetos de derecho representados por guardianes (…) la naturaleza saldrá vencedora pues su defensa se apartaría de una mera relativización hacia los intereses humanos prevaleciendo sus intereses”.

 

Un Comentario en “En Colombia un tribunal otorga derecho a tres ríos mientras que en Perú ocurre lo contrario”

  1. carlos dice:

    la corte ecuatoriana también ha considerado a la naturaleza como sujeto de derechos

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