Flor de Ucayali: Minjusdh ordena protección para comunidad indígena en peligro ante inoperancia del Mininter

Flor de Ucayali: Minjusdh ordena protección para comunidad indígena en peligro ante inoperancia del Mininter

Álvaro Másquez Salvador/ Instituto de Defensa Legal

¡Una buena noticia! El pasado 15 de julio, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) ordenó brindar medidas de protección para la comunidad indígena de Flor de Ucayali, acosada por la expansión del narcotráfico en la región.

La resolución administrativa, firmada por el viceministro Guillermo Vargas Jaramillo, es la respuesta final a una solicitud de protección urgente dirigida por la Federación de Comunidades Nativas de Ucayali y Afluentes (Feconau) y el Instituto de Defensa Legal (IDL) el 2 de julio de 2021. Lamentablemente, el trámite del procedimiento tardó más de un año y aún se encuentra inconcluso, debido a la falta de aprobación de un plan de actividades a cargo de la Policía Nacional. La razón principal de este problema reside en la desidia y falta de involucramiento del Ministerio del Interior (Mininter).

Aun así, esta es la primera decisión favorable que resulta del Procedimiento de Alerta Temprana del “Mecanismo Intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos”, aprobada a través del Decreto Supremo N.° 004-2021-JUS. Las autoridades de Flor de Ucayali, en consecuencia, son las primeras personas defensoras de derechos humanos en contar con medidas urgentes de protección dictadas formalmente por el Minjusdh a nivel nacional.

Una comunidad acosada por el narcotráfico

Flor de Ucayali forma parte del pueblo shipibo-konibo. Se ubica en el distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo y región de Ucayali, sobre la cuenca del río Utiquinía. Cuenta con una población aproximada de 400 personas, distribuidas en 70 familias. La comunidad es propietaria formal de su territorio ancestral, el cual se extiende sobre una superficie cercana a las 21,000 hectáreas que están inscritas en los Registros Públicos.

Desde hace algunos años, han venido alertando sobre la presencia de invasores dentro de su territorio, los mismos que han deforestado grandes extensiones de bosques para la instalación de cultivos de hoja de coca, pozas de maceración e incluso pistas de aterrizaje clandestinas. Los productos son destinados al narcotráfico.

La relación entre los miembros de la comunidad y los invasores es hostil. Son varias las ocasiones en que las autoridades de Flor de Ucayali han impedido el ingreso de nuevos invasores, recriminándoles por su presencia o decomisándoles sus herramientas de trabajo. Sin embargo, la presión que los invasores ejercen sobre ellos es cada vez mayor y la situación de riesgo se hace también más grave.

Al mismo tiempo, los ataques contra miembros de la comunidad son cada vez más frecuentes. El incidente más grave ocurrió el 1 de septiembre de 2021, cuando al menos diez sujetos armados y encapuchados ingresaron a balazos al centro poblado de la comunidad con la intención de ultimar a las autoridades de Flor de Ucayali. Aquella noche, en la más plena oscuridad, la población se refugió en el local comunal a esperar el auxilio policial que tardó más de doce horas en llegar.

Inoperancia en el Mininter y preocupación por el futuro del Mecanismo Intersectorial

Aunque la decisión del Minjusdh es auspiciosa para las personas defensoras de derechos humanos que aguardan protección del Estado, lo cierto es que la resolución del caso Flor de Ucayali muestra también las limitaciones en la implementación del Mecanismo Intersectorial.

El problema se evidencia en la propia resolución emitida por el Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia. En contra de lo que indica el artículo 22 del Mecanismo Intersectorial, el documento oficial no ha sido acompañado de un plan de actividades policiales que permita asegurar una protección material y efectiva para los miembros de la comunidad. Por el contrario, el Minjusdh ha señalado que “continuar[á] las coordinaciones con el Ministerio del Interior, respecto de la elaboración del plan de actividades para la implementación de la medida de protección”. ¿Por qué las coordinaciones con el Mininter siguen siendo infructuosas un año y tres meses después de la aprobación del Mecanismo Intersectorial?

Según el informe “Mecanismo en emergencia”, publicado recientemente por IDL y Proética, en ninguno de un total de 24 casos el Mininter ha cumplido con presentar un plan de actividades para efectivizar la protección a personas defensoras en riesgo[1]. Es por esta razón que todas las solicitudes continuaban en trámite y ninguna había culminado exitosamente hasta ahora.

La excusa en el sector está en que aún no logran aprobar “lineamientos de actuación” que les permitan asignar responsabilidades al interior de la Policía y fijar presupuesto para sus intervenciones en campo. De esta forma, el Mininter lleva más de 15 meses incumpliendo la obligación prevista en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N.° 004-2021-JUS (modificada, para facilitarles el trabajo, a través del Decreto Supremo N.° 002-2022-JUS). Tal como concluyeron IDL y Proética: “[l]a evidencia comprueba que el mayor ‘cuello de botella’ reside en la desidia y falta de involucramiento del Mininter”[2].

En este escenario, saludamos la voluntad política del Minjusdh y confiamos en que continuarán la publicación de resoluciones viceministeriales que otorgan protección –en nombre de todo el Ejecutivo– a las personas defensoras de derechos humanos. Por otro lado, alertamos que sin un plan de actividades policiales no será posible implementar por completo estas medidas para Flor de Ucayali. El acompañamiento de la Policía Nacional, en un contexto de múltiples ilegalidades asociadas al narcotráfico, es indispensable para proteger la vida e integridad de la población shipiba.

En el corto plazo, el futuro de la comunidad –y de todas las personas y colectivos que aguardan por auxilio del Mecanismo Intersectorial– depende de la aprobación de los lineamientos de actuación del Mininter. Algunos componentes indispensables que debe reunir, a fin de abordar la problemática de los defensores indígenas, son los siguientes:

  1. Estrategias inmediatas de intervención policial frente a situaciones de emergencia, así como estrategias de mediano y largo plazo para atender las necesidades de seguridad de comunidades indígenas en situación permanente de riesgo.
  2. Planes integrales de intervención con enfoque interseccional, elaborados en coordinación con las autoridades indígenas locales.
  3. Acciones de mitigación de los impactos negativos producidos por los operativos policiales en campo, en perjuicio de las comunidades indígenas.
  4. Asignación de funciones y responsabilidades específicas entre las comisarías locales y unidades especializadas para la implementación de las estrategias de intervención policial.
  5. Creación de una división descentralizada de alta complejidad para proteger a defensores indígenas dentro de la Dirección de Medio Ambiente, a fin de liderar la implementación de las estrategias de intervención policial en el marco del Mecanismo Intersectorial y de colaborar con el Ministerio Público en investigaciones por violencia contra defensores indígenas y sus factores estructurales.
  6. Mecanismos horizontales de coordinación entre la Policía Nacional y los cuerpos autónomos de seguridad colectiva gestados por las organizaciones indígenas (como las guardias indígenas, entre otros).
  7. Presupuesto propio para la implementación de las estrategias de intervención policial.
  8. Coordinación y colaboración con otros organismos del Estado.

El futuro del Mecanismo Intersectorial para enfrentar la violencia depende sobre todo del sector Interior y, a través suyo, de la Policía Nacional.

Entre la esperanza y el escepticismo en el movimiento indígena amazónico

La decisión del Minjusdh ha sido recibida con esperanza en Flor de Ucayali y las organizaciones del movimiento indígena amazónico, aunque impregnada también con cierto escepticismo. Existe preocupación por el involucramiento o no del Mininter en la implementación de las medidas de protección.

“Considero que el Ministerio de Justicia está cumpliendo con su trabajo. Estas son las obligaciones del ministerio. Los pueblos indígenas y todos los defensores y defensoras de derechos humanos merecemos esa protección. Esperamos que esta vez no se queden en el papel. Como presidenta de FECONAU, pido la intervención del Ministerio del Interior y la Policía. Como funcionarios y ciudadanos, tienen todo el deber de cumplir su trabajo. Si ellos no lo hacen, ¿quién nos va a proteger? Nadie”, señaló Graciela Reátegui Mori, presidenta de FECONAU.

“Este es el trabajo que venimos realizado desde hace más de año, cuando se presentó la solicitud, que por fin cuenta con una resolución. Nos preocupa que el Ministerio del Interior no haya publicado su plan de protección. Esperamos que lo hagan urgentemente para que protejan a nuestra comunidad. El Estado debe hacer el trabajo que le corresponde. Nosotros, como comunidad, esperamos que los ministerios y la Policía cumplan con sus obligaciones para el bienestar de la población y de toda la cuenca del Utiquinía”, indicó un líder de Flor de Ucayali que prefiere el anonimato.

“Saludamos esta decisión adoptada por el Ministerio de Justicia. Sin embargo, las acciones de implementación no tienen plazos concretos. Estas tienen que ser de carácter inmediato con acciones de protección individual y también protección del territorio en sí mismo, que es la dimensión colectiva. Esta medida debe ir acompañada de acciones urgentes e inmediatas que incluyan a la Policía”, replicó Robert Guimaraes Vásquez, líder histórico del pueblo shipibo y miembro de Flor de Ucayali.

 

 

[1] IDL y Proética (2022). Mecanismo en emergencia. Balance del primer año de funcionamiento del “Mecanismo Intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos” en los pueblos indígenas de la Amazonía peruana, p. 31. Disponible en:  https://drive.google.com/file/d/1LUd8COk7AvKuIm_9ggrrQTUmCqfG_iYd/view.

[2] Ibidem, p. 38.

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