IDL presenta amicus curiae ante TC planteando dejar sin efecto pedido de vacancia presidencial
El Instituto de Defensa Legal presentó ayer, martes 15 de agosto, un amicus curiae (informe jurídico) ante el Tribunal Constitucional en el que plantea que debe dejarse sin efecto el pedido de vacancia, ya que mientras no se tenga un desarrollo legislativo sobre qué se entiende por “permanente incapacidad moral” no puede aplicarse.
Este informe se presentó con la finalidad que sean tomados en cuenta al momento de resolver la controversia sobre la constitucionalidad de la vacancia interpuesto por el Congreso contra el presidente Martín Vizcarra
En este documento se plantean las razones jurídicas por las que el IDL considera que debe dejarse sin efecto el pedido de vacancia en el Congreso. Se sostiene que, mientras no haya un desarrollo legislativo claro que precise, qué debe entenderse por “permanente incapacidad moral” establecido en el artículo 113.2 de la Constitución, no puede aplicarse este.
Si bien el Congreso tiene facultad de aplicar la vacancia presidencial, se debe respetar la Constitución y los derechos fundamentales en ella contemplados. En tal sentido, el actual proceso de vacancia tiene un vicio de nulidad porque ha sido adoptado violando el debido proceso y la tutela judicial efectiva reconocida en la Constitución y, más concreto, se ha adoptado violando los principios de la taxatividad y ley previa, que son parte del contenido constitucional del principio de la legalidad penal.
En este pedido de vacancia se viola el principio de taxatividad porque existe una indeterminación sobre qué debe entenderse por “permanente incapacidad moral” como supuesto de vacancia recogido en el artículo 113.2 de la Constitución. Se viola el principio de ley previa, pues no se ha establecido con anterioridad a los audios, qué se entiende por “permanente incapacidad moral”. Estas garantías están recogidas en el artículo 2.24.d de la Constitución, y de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional también se aplican a los procesos parlamentarios.
Asimismo, se sostiene en el amicus, que, de conformidad con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cada vez que se adopta una decisión que es materialmente sancionatoria se debe aplicar un contenido mínimo del debido proceso.
En definitiva, la vacancia por la genérica e imprecisa, “permanente incapacidad moral” sustentada en el artículo 113.2 de la Constitución, es inconstitucional por vulnerar los principios de taxatividad y de ley previa, consagrado en el artículo 2.24.d de la Constitución.
“El IDL ha presentado este informe porque es una organización no gubernamental dedicada a promover los derechos humanos y la democracia, y tiene un fuerte interés en que el caso se resuelva de la mejor manera. Nuestro interés como amicus curiae (amigo de la corte), es buscar que cuando se resuelva la demanda, se tenga en cuenta el contenido y alcances de las garantías del derecho fundamental a debido proceso que aquí son violadas”, sostiene el abogado Juan Carlos Ruiz, coordinador del Área de Justicia Constitucional del IDL.
Haciendo clic en este enlace pueden descargar el documento completo.
Cuando no presentando estupideces..que habrá de por medio que ese paskin o lo que sea denominado idl sale a defender a un corrupto que nos gobierna …o acaso idl dice algo de chincheros…es el amor a los chicharrones
Me alegro mucho que estén ustedes allí, siempre defendiendo la democracia, sin amilanarse ante el poder mafioso de muchos ¿políticos? que deshonran a los peruanos. Vizcarra no ha sido el mejor presidente del Perú, pero aun así, ha sido mejor que todos los impresentables que han estado en el sillón presidencial en los últimos 40 años…
Muy interesante.
Gracias
Mario
Felicitaciones, ustedes siempre defendiendo la justicia y la democracia.
Felicitaciones IDL !!
Señores gracias por toda la razon al presentar la presente asi
Una sabia DECISIÓN
Me parece muy bien. Apoyo total al Presidente
Gracias IDL, por aplicarse al caso y hacer algo, en estos tiempos de impotencia e indignación.