Información falsa sobre IDL en testimonio de marino condenado por violación de derechos humanos

Información falsa sobre IDL en testimonio de marino condenado por violación de derechos humanos

El día sábado 22 de marzo de 2025, el diario Expreso publicó un testimonio a dos páginas, en primera persona, aparentemente escrito por el capitán de navío (r) Gustavo Cárdenas Brou, condenado por el Poder Judicial por el delito de desaparición forzada de personas en agravio de Benito Baldeón Ninahuanca, hecho ocurrido el 26 de julio de 1984, en la ciudad de Huanta (Ayacucho). Esta persona -sin prueba alguna- le imputa al IDL haber redactado su sentencia condenatoria.

El condenado Cárdenas Brou señala que “lo más triste de todo es que la sentencia pareciera haber sido preparada por el IDL…”, pero no proporciona ninguna información cierta y relevante que sirva para dar credibilidad a una afirmación que, desde todo aspecto es falsa y difamatoria, ya que, para comenzar, el IDL jamás ha patrocinado el mencionado caso. Es de público conocimiento que ha sido la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) la institución que ha ejercido la representación legal de los familiares de la víctima y la que ha ganado el caso, inclusive a nivel de la Corte Suprema de Justicia.

Si bien el autor de semejante publicación se interesa mucho en atacar al periodista Gustavo Gorriti, hubiese sido bueno que se preocupe en encontrar alguna prueba de eso que afirma, porque pareciera que no tiene la más remota idea de que el IDL y APRODEH son dos personas jurídicas completamente diferentes, integradas por diferentes personas y profesionales.

Por ello, como una muestra de su completa desinformación y de mala fe, sostiene que «se notó que los miembros del IDL estuvieron siguiendo de cerca el juicio que se me siguió, tan es así que la Dra. Gloria Cano, miembro de esa organización apareció a mitad del juicio…” También, como es de público conocimiento, Gloria Cano Legua es abogada y directora de APRODEH.

Y luego, el condenado Cárdenas Brou afirma que el hecho de que Carlos Rivera Paz, abogado del IDL, haya realizado una publicación sobre la sentencia condenatoria impuesta en su contra, el día que esta fue emitida -20 de diciembre de 2021-, «deja entrever que dicha sentencia habría sido preparada y entregada por el IDL para que simplemente sea leída…”

Entrecomillamos el texto de esa afirmación para acreditar que semejante disparate es lo que dice textualmente el autor de este testimonio y así lo publica el diario Expreso, cuya práctica habitual es no corroborar la información que publica.

Es importante mencionar que el señor Cárdenas Brou no solo ha sido condenado por un tribunal de la Corte Nacional de Justicia Penal Especializada, sino que esa sentencia condenatoria ha sido confirmada por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia el 19 de junio de 2024, al haberse acreditado la responsabilidad penal de dicha persona. Dicha instancia calificó los hechos como constitutivos de una grave violación a los derechos humanos.

 

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