Juez ordena se ejecute presupuesto para plan de acción en atención a Cuninico (La Región)
Noticia publicada en La Región el 26/10/19
- Zona afectada por derrame petrolero, después de 5 años recién podrán atenderlos.
Así lo determinó el juez Sergio Antonio Del Águila Salinas, a favor de la demandante Comunidad Nativa de Cuninico, Apu Wadson Trujillo Acosta, quien interpuso demanda contra la empresa Petroperú. La zona contó con la defensa vital del Abg. Juan Carlos Ruiz Molleda, de IDL que representó a Vásquez Silva Galo, entre otros.
Resolución cuarenta y nueve. Atendiendo:
- Que se expida un plan integral de intervención con la participación de la demandada y las comunidades afectadas, Cuninico, Nueva Santa Rosa, San Francisco y Nueva Esperanza conforme al Convenio 169 OIT y el acta de la audiencia de control de ejecución de fecha 23 de agosto 2019.
2.-Que tal plan integral contenga en concreto la cantidad de personas que conforman las comunidades antes mencionadas. - Realización de un análisis de sangre u otro análisis análogo que identifiquen a los afectados por metales pesados que afecten de forma considerable la salud de los integrantes de las comunidades nativas dentro de ellas plomo, mercurio y cadmio.
- Que se adopten las medidas pertinentes a nivel administrativo por parte de la Diresa-Loreto para que se suspenda la resolución directoral n° 01493-2018-grl-drsl/30.01 de fecha 05 de diciembre del 2018 hasta que se expida una nueva resolución con la participación de las comunidades nativas citadas.
- Oficiar al centro de investigación nacional de salud ocupacional y protección del ambiente-Censopas, para que remitan un informe sobre los costos que demandaría un examen médico biológico, para verificar la cantidad de plomo, cadmio, mercurio y/o metales pesados, sobre una base poblacional de 1200 personas (niños, adultos, madres gestantes, adultos y ancianos) de la población de las comunidades nativas Cuninico, Nueva Santa Rosa, San Francisco y Nueva Esperanza.
- Oficiar al gobernador regional de Loreto y al ministerio de economía y finanzas para que en el plazo de 10 días informen documentalmente a este juzgado a cuánto asciende el 10% de canon y sobre canon petrolero regulado en el decreto de urgencia n° 026-2010 asignado a esta región tanto para el año 2018 y para el año 2019, bajo apercibimiento de imponérsele multa de 5 URP sin perjuicio de remitirse copia al ministerio público a fin procedan conforme a sus atribuciones.
Que la dirección regional de salud de Loreto cumpla con presentar el documento técnico: Plan integral de intervención para la atención de las personas, vigilancia epidemiológica y vigilancia sanitaria en las comunidades nativas de Cuninico, Nueva Santa Rosa, San Francisco y Nueva Esperanza- Microrred de Salud Maypuco.
Asimismo, que el gobierno regional de Loreto ha aprobado un presupuesto de seiscientos diecinueve mil seiscientos treinta y ocho mil soles (s/.619, 638.00) para la ejecución de este plan. Que, habiendo cumplido la parte demandada Diresa en generar dicho plan con participación de las comunidades citadas, se ha llegado al acuerdo de una nueva matriz de acciones enmarcadas en un presupuesto de novecientos cincuenta y ocho mil seiscientos cuatro soles (s/.958, 604.00).
En consecuencia, autorizar la utilización del presupuesto de seiscientos diecinueve mil seiscientos treinta y ocho mil soles (s/.619, 638.00) aprobado por el gobierno regional de Loreto con resolución gerencia general regional n°542-2019-grl-ggr de fojas 1016/118y. En cuanto al saldo de trescientos treinta y nueve mil soles cinco soles (s/.339, 005.00) necesarios para la ejecución de la nueva matriz de acciones, que serían utilizados para las atenciones integrales en las comunidades mencionadas e implementar las unidades de laboratorio de la Ipress Maypuco y anexo Cuninico, cumpla el gobierno regional de Loreto con informar a esta judicatura si puede ser financiado con parte del fondo del D.U. n°026-2010, informe sobre cuánto dinero queda de los recursos de 2018 y 2019 a favor de las comunidades indígenas por canon y sobrecanon y de ser el caso que exista, autorice las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para la ejecución del plan.