Lideresas indígenas de San Martín en audiencia por falta de acceso a la justicia por barreras lingüísticas

Lideresas indígenas de San Martín en audiencia por falta de acceso a la justicia por barreras lingüísticas

El proceso de cumplimiento que se sigue ante el Primer Juzgado Especializado Civil de la Provincia de San Martín por ausencia de intérpretes en los idiomas awajún, kichwa y shawi al momento de la atención en los diversos servicios públicos que prestan las instituciones que integran el Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, Dirección Regional de Salud y Centros de Emergencia Mujer de la región San Martín, iniciado como acuerdo de los “Encuentros de Mujeres Indígenas de San Martín” que se desarrollaron el año pasado, tuvo lugar hoy, 4 de mayo del 2023.

Este proceso fue iniciado como resultado de los Encuentros de Mujeres Indígenas de San Martín que tuvieron lugar el año pasado, y fue presentado por Marisol García Apagüeño, lideresa del pueblo kichwa, Liseth Atamain Uwarai, lideresa indígena del pueblo awajún, y Loidy Tangoa Huansi, lideresa indígena del pueblo shawi. En esta audiencia se busca que se ordene al Ministerio del Interior, Ministerio Público – Distrito Fiscal de San Martín, Policía Nacional del Perú, Dirección Regional de Salud de San Martín, Ministerio de la Mujer (Programa Aurora) y Centro Emergencia Mujer que cumplan con lo establecido en el artículo 2.19 de la Constitución del Perú, en el artículo 12 del convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y en el artículo 4.1.f de la Ley N°29735 (Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú). De esta manera, se busca que en la prestación de los servicios públicos a su cargo se respete la lengua originaria awajún, kichwa o shawi, o se cuente con intérprete oficial en las instituciones emplazadas.

La citada diligencia estuvo a cargo del juez Luis Manuel Paucar Bernaola. La lideresa del pueblo kichwa, Marisol García Apagüeño, actual presidenta de la Federación de Pueblos Indígenas Kichwa de Chazuta Amazonía (FEPIKECHA), realizó el informe de hechos, y el proceso cuenta con el patrocinio del Instituto de Defensa Legal (IDL) y el Forest Peoples Programme (FPP), por parte de los abogados Juan Carlos Ruiz Molleda y Olga Cristina Gavancho León, quienes estuvieron a cargo del informe de derechos. Por parte de la demandada, estuvieron a cargo los abogados de las procuradurías del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio Público y del Gobierno Regional de San Martín.

A lo largo del informe oral, Gavancho León se encargó de sustentar la legitimidad y procedencia del proceso de cumplimiento. Por ello, se solicitó al juzgado la prestación de servicios en los idiomas originarios:

“Así las cosas, la emplazada señala en forma incorrecta que la implementación de intérpretes correspondiera al Ministerio de Educación, haciendo referencia a la elaboración de un mapa etnolingüístico, cuando nosotros no hemos hecho referencia a ello, sino a la prestación de los servicios públicos a su cargo con intérprete de los idiomas de los tres pueblos indígenas a quienes representan las demandantes, lo que sí es su responsabilidad.” Cristina Gavancho León, abogada de IDL

Asimismo, Ruiz Molleda sustentó la fundamentación sustancial de la demanda, señalando la necesaria protección del derecho a poder acceder a los servicios que prestan las instituciones demandadas en los idiomas de las recurrentes, pues estos no se vienen prestando en la actualidad. Se destacó la línea jurisprudencial uniforme sobre la materia del Tribunal Constitucional, en otras Cortes Superiores de justicia en el país.

“El tema de fondo es que aproximadamente el 30 % de la población es indígena y hay una seria barrera de acceso a la justicia de esta población, y es una barrera idiomática, es decir la población indígena tiene serias dificultades para acceder a la justicia estatal porque no hay un sistema de intérpretes”. Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado de IDL.

Además, Marisol García, lideresa que estuvo cargo del informe de hechos, le indicó al juez que proteja el derecho a expresarse en su idioma de las mujeres de los tres pueblos a los que representa, a fin de que las instancias demandadas implementen intérpretes en los idiomas awajún, kichwa y shawi. Esto es fundamental para las mujeres indígenas, quienes enfrentan diversas desigualdades como el analfabetismo y la falta de atención en instituciones estatales debido a esta barrera lingüística:

“Lo que recibimos es maltrato de parte de los funcionarios de las entidades demandadas por el simple hecho de que no entienden la lengua materna y la que hablamos, y muchas de mis hermanas son analfabetas y por ende no saben leer ni escribir, pero si hablan perfectamente su lengua materna. Es por eso por lo que muchos de los casos que se ha denunciado en estas entidades se malinterpreta, o se saca de contexto nuestro sentir, nuestro testimonio y lo que nosotros pedimos es que se nos atienda en nuestro idioma” Marisol García Apagüeño, lideresa indígena kichwa.

Ante las preguntas del sobre el problema de fondo, la lideresa indicó y le aclaró al magistrado que “el simple hecho de que mis hermanas no letradas hablan su lengua materna y al acudir a las entidades emplazadas no las entienden, nos hace concluir que simplemente no son atendidas por no contar con un intérprete que pueda traducir lo que están queriendo denunciar”. Ante los diferentes tipos de violencias que existen, es importante que todo proceso legal pueda ser realizado respetando sus lenguas originarias.

Pese a los informes de parte de las demandantes y sus abogados, los abogados de las procuradurías públicas presentes solicitaron al juzgado que la demanda sea declarada improcedente en mérito a los fundamentos de la excepción planteada y pedidos realizados en sus contestaciones de demanda, señalando que lo peticionado por las demandantes en el presente proceso, implicaría una previsión presupuestal con la que no cuentan.

Cuarto Encuentro de Mujeres Indígenas de San Martín, en el cual lideresas de los pueblos kichwa, shawi y awajún acordaron defender el acceso a los servicios en sus lenguas originarias. Créditos: Angela Mera

Finalmente, el abogado Ruiz Molleda solicitó al juzgado que independientemente del tema presupuestal, es necesario que las instituciones emplazadas cumplan con incluir un sistema de intérpretes en sus instituciones. El letrado recordó el derecho a contar con un intérprete permite concretar fundamentalmente dos derechos: de un lado el derecho a la identidad cultural, y de otro lado. el derecho al debido proceso; y más en concreto, el derecho a la defensa y el acceso a la justicia. En tal sentido, es un derecho procesal y al mismo tiempo es un derecho sustancial.

Por ello destacó, 3 sentencias firmes en que se pronuncia sobre el derecho a intérpretes de la población indígenas. De conformidad con el artículo VII del Título Preliminar podemos sostener que estamos ante una doctrina jurisprudencial, toda vez que estamos ante la interpretación de Tribunal Constitucional, los mismos que son 1. Caso María Cáceres. Exp. No 00889-2017-AA; 2. Caso Santiago Manuim y Wrays Perez. Exp. No 06349-2015-AC; y 3. Caso Ucayali STC No 00367-2016-PHC.

Por lo que, terminada la audiencia, el juez señaló que emitirá su sentencia en el plazo de ley, de conformidad a lo prescrito en el cuarto párrafo del artículo 12 del Nuevo Código Procesal Constitucional, es decir en el plazo indefectible de diez días hábiles.

Puede ver un extracto de la audiencia en el siguiente enlace:

En este enlace puede ver la sesión completa.

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