Los peligros de la resolución de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema (Diario Uno)

Los peligros de la resolución de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema (Diario Uno)

Noticia publicada en Diario Uno el 14/04/19

La lucha anticorrupción peligra. Si se juntan las dos resoluciones, en estos momentos todos los corruptos deben estar contentos, porque no se va a cumplir el tercer requisito, que es el peligro de fuga, y por tanto van a salir libres, van a tener comparecencia y eso significa que, a pesar de tener impedimento de salida y teniendo en cuenta cómo son nuestras fronteras, van a escapar del país.

“Eso significa que se iniciará un proceso de extradición que demora cinco años, por lo menos. Además, a todos los expresidentes a quienes se les imponga la prisión preventiva, por una norma del Código Procesal Penal, el Artículo 269 los favorece y si tienen más de 65 años, no van a la cárcel sino a su casa vía arresto domiciliario”, reveló el abogado Juan José Quispe de IDL.

“Es decir, procesados y presos con detención preventiva, unos libres y otros con comparecencia. Los mayores de 65 años a su casa. Al final de juicio oral y antes de escuchar la sentencia van a tener todo el tiempo para fugarse del país. Y habrá sentencia contra procesados que están fuera del país u ocultos como Félix Moreno y Burgos, el exalcalde de SJL”, sentenció.

“La realidad de la justicia peruana es que los mejores premios son para aquellas personas acusadas de un delito grave y les da las peores condiciones a una parte civil, sea el Estado o una persona natural, que ni siquiera va poder obtener justicia en un proceso o que no va a poder cobrar la reparación civil”, puntualizó.

NUEVA NORMA

Ahora ha salido una nueva norma emitida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, donde está César San Martín, del 11 de abril, sobre todo lo concerniente al peligro de fuga, que aunado a la sentencia del Tribunal Constitucional sobre Ollanta Humala Tasso, ha puesto una valla alta a todos los fiscales y jueces del país para que impongan prisión preventiva a los procesados de narcotráfico, lavado de activos y corrupción de funcionarios.

“Esta última resolución sobre los requisitos de peligro de fuga, se dice que el hecho de que una persona tenga dos domicilios no significa que no tenga arraigo, sino que significa que tiene dos propiedades; aquella persona que no tenga un trabajo conocido o un trabajo en una institución pública o privada, sino un trabajo independiente, que le sirva para sostener a su familia y sostenerse él, será considerado un trabajo válido, importante significará que tiene un arraigo laboral”, comentó.

“Y finalmente, lo grave es que para establecer el peligro de fuga solamente se tiene que ver con la gravedad de la pena y tiene que darse otras circunstancias como por ejemplo que tenga conexiones o contactos en el extranjero, para poder recién determinar que esa persona se puede juntar, por tanto habría una grave riesgo de peligro de fuga”, precisó JJ Quispe.

SALDRÁN TODOS LOS PRESOS

“Esta resolución de la Corte Suprema definitivamente está poniendo unos requisitos demasiados amplios para que a una persona se le imponga la prisión preventiva vía Tribunal Constitucional y si se suman los requisitos establecidos por la Corte Suprema, vamos a tener una gran cantidad de procesados, incluyendo a Keiko Fujimori, todos los implicados en el caso Los Cocteles, van pedir que se les revise su prisión preventiva”, explicó.

“Y dirán ‘sí cumplimos los requisitos de arraigo laboral y domiciliario’, gracias a esa resolución de la Corte Suprema y por tanto, al no cumplirse los tres requisitos legales del Artículo 268 de la prisión preventiva, les corresponderá un mandato de comparecencia”, subrayó.

“Esto es los grave porque por un lado van a salir todos los que están presos, incluida Keiko Fujimori, y las cárceles ya no estarán llena de corruptos sino que van a comparecer. Esto es gravísimo”, remarcó.

“Ya el Poder Judicial se está coludiendo con personas vinculadas a actos de corrupción y lavado de activos. Ya no habrá mandato de prisión preventiva sino de comparecencia, es decir: simplemente se van a fugar del país como el señor Hinostroza Pariachi”, recalcó.

A partir de la entrada de Lecaros la justicia en el Perú ha vuelto a lo de antes. Si Prado Saldarriaga se quedaba como presidente del Poder Judicial y no asumía el señor Lecaros, no habría habido una resolución tan vergonzosa como la que ha emitido al señor César San Martín.

Esta resolución se resolvió un día antes de publicarse en El Peruano, el 12 de abril de 2019, cosa extraña porque una casación de la Corte Suprema demora 4 meses y hasta dos años.

Néstor Antonio Costa López, procesado por defraudar a la AMPE, es un caso en el que han revocado su mandato de prisión preventiva por comparecencia. Su abogada es curiosamente Giuliana Loza, la de Keiko Fujimori y Mark Vito.

ALGO MÁS

La cuestionada resolución es la Nº 1445- 2018, Criterios Sobre el Peligro de Fuga. Firman la casación César San Martín Castro, Figueroa Navarro, Príncipe Trujillo, Siqueiros Vargas y Chávez Mela.

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