Lote 200: organizaciones indígenas acuerdan abandonar proceso de consulta previa por irregularidades
Las comunidades y organizaciones indígenas, afectadas por el proyecto hidrocarburífero del Lote 200, se reunieron el 17 de marzo de 2022, en la ciudad de Pucallpa, para evaluar conjuntamente la forma en que el Estado ha conducido la consulta previa y encontrarle soluciones. El encuentro fue coorganizado por la Federación de Comunidades Nativas de Ucayali y Afluentes (FECONAU), la Organización Regional AIDESEP Ucayali (ORAU) y el Consejo del Pueblo Shipibo-Konibo Xetebo (COSHICOX), con el apoyo del Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP) y el IDL.
El taller contó con la presencia de líderes y lideresas indígenas procedentes de las comunidades nativas de San Salvador, Panaillo, Santa Teresita de Cashibococha, Puerto Firmeza, Santa Clara de Uchunya, Shambo Porvenir, Santa Clara de Yarinacocha, Nuevo Egipto, Nuevo Bélgica y Nuevo San Juan. También participaron la presidenta de FECONAU, Graciela Reátegui Mori, el presidente de ORAU, Berlin Diques Ríos, y el presidente de COSHICOX, Ronald Suárez Maynas.
Durante la jornada de trabajo, las y los participantes hicieron un repaso histórico del proceso de consulta previa del Lote 200, incluyendo las críticas y observaciones que no fueron atendidas en su momento por las entidades promotoras: el Ministerio de Energía y Minas y Perupetro.
La discusión se concentró en las irregularidades que las comunidades identificaron durante la tercera etapa de la consulta: la publicidad. Las comunidades consideran que debió consultárseles el borrador de contrato que pretenden suscribir Perupetro y la empresa concesionaria (la filial peruana de la Compañía Española de Petróleos, CEPSA Perú). Asimismo, advirtieron que no todas las comunidades indígenas afectadas por el proyecto fueron invitadas a participar, así como la falta de traductores para atender al total de asistentes. También denunciaron, entre otras anomalías, la falta de buena fe por parte del Estado, al aceptar la presencia de personas que realmente no habían sido delegadas para representar a sus comunidades.
Por otro lado, las comunidades estimaron que -debido a la magnitud y naturaleza del proyecto, a la gravedad del impacto en sus vidas y territorios- no solo les corresponde ser consultadas, sino que el Estado debe obtener su consentimiento. El consentimiento exige, en líneas generales, que la voluntad de las comunidades afectadas sea vinculante al momento de tomar la decisión final sobre la ejecución o no del proyecto de exploración y explotación petrolera. Las entidades promotoras, a su vez, están en la obligación de respetar lo decidido por las comunidades indígenas afectadas.
Los especialistas legales Álvaro Másquez Salvador (IDL) y Linda Vigo Escalante (FECONAU-IDL) explicaron cuál es el marco normativo del derecho a la consulta y el consentimiento previo, libre e informado desde sus bases en el Derecho Internacional. Explicaron, a su vez, cuáles son los principios y reglas que deben respetar las entidades promotoras, en representación del Estado, al momento de establecer un diálogo intercultural con las comunidades. Asimismo, detallaron cuáles son los mecanismos que ofrece el sistema de justicia para que las personas afectadas en sus derechos puedan defenderse legalmente.
Por último, las y los participantes se reunieron en mesa redonda para debatir el futuro del proyecto y su posición en el marco del Derecho. La primera conclusión a la que llegaron, precisamente, fue la de abandonar el proceso de consulta previa del proyecto del Lote 200 por las múltiples irregularidades que han sido identificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de la Ley de Consulta Previa (Decreto Supremo N.º 001-2012-MC). Asimismo, convinieron en tomar las acciones legales correspondientes para que su decisión sea respetada por las autoridades del Ejecutivo.