Ministro de Cultura omite dar información sobre visita al TC para que este rechace demanda de amparo de comunidad campesina de Puno

Ministro de Cultura omite dar información sobre visita al TC para que este rechace demanda de amparo de comunidad campesina de Puno

Oficina de Derechos Humanos y Medio Ambiente

Instituto de Defensa Legal

Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

Red Muqui

Este artículo fue escrito hace dos años, cuando el actual presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar, era ministro de Cultura. Los hechos apuntan a un acto de inconducta funcional y a un  posible conflicto de intereses.

Según información recibida de muy buena fuente, el Ministro de Cultura en persona habría decidido ir al Tribunal Constitucional para hablar con los magistrados, con el objetivo de que estos rechacen una demanda de amparo presentada por la comunidad campesina de Arboleda de Puno, quienes exigían la consulta previa de las concesiones mineras emitidas que se superponen a su territorio ancestral.

Parece que el Ministro se olvidó que, de acuerdo al artículo 47° de nuestra Constitución, la defensa de los intereses del Estado en los procesos judiciales está a cargo de los Procuradores Públicos. Es decir, la defensa judicial del Estado no está a cargo de los ministros o ministras de Estado. También se olvidó de que la tarea del Ministerio de Cultura es no oponerse a la consulta previa, sino promoverla, de conformidad con el artículo 93° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura (MINCUL), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC.

La mencionada demanda fue presenta debido a que el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (INGEMMET) vienen desconociendo y negando este derecho, al entregar concesiones mineras sin consulta previa a la comunidad. Estas concesiones se superponen con el territorio ancestral que tradicionalmente han ocupado. Lamentablemente, el MINCUL ha decidido intervenir no para defender ni promover el derecho de la comunidad campesina a la consulta previa. Por el contrario, ha decidido intervenir para que no se reconozca ni se aplique este derecho. El argumento dado por el MINCUL para desconocer este derecho e intervenir en este proceso es que “la consulta podría generar falsas expectativas en la población consultada”.

La situación se agrava debido a que cuando se le preguntó de manera directa al ministro de Cultura, Salvador del Solar, si para este caso ha ido él mismo a entrevistarse con magistrados del Tribunal Constitucional (TC), el ministro omite esta respuesta señalando que el MINCUL va a intervenir en este proceso. Tampoco señaló  si la intervención del MINCUL, en el proceso, ha sido posterior o no a su visita al TC.

De ser el caso que el mismo titular del MINCUL hubiese acudido a entrevistarse con magistrados del Tribunal para abogar por un caso concreto, estaría contraviniendo el artículo 47 de la Carta Política. Llama la atención entonces su silencio. Sorprende aún más porque estas concesiones mineras inconsultas se superponen no solo al territorio de la comunidad campesina de Arboleda, sino también a  otras zonas, por ejemplo, a los restos arqueológicos de las Chulpas de Sillustani, a pesar que estos restos arqueológicos son patrimonio cultural de la nación y gozan de especial protección de acuerdo al artículo 21° de la Constitución.

1. Pedido de Información al TC

Habiendo recibido información de varias fuentes que el ministro de Cultura fue  a entrevistarse con magistrados del Tribunal Constitucional (TC) para pedir que se rechace la demanda de amparo de la comunidad campesina Arboleda, diversas instituciones que firmamos este artículo formulamos el 26 de junio pasado el siguiente pedido de información al presidente de este tribunal:

 

Como no obtuvimos respuesta en el plazo de ley, volvimos a reiterar el pedido de información el 28 de agosto pasado, sin recibir hasta la fecha respuesta alguna.

Hasta la fecha, el Tribunal Constitucional no ha dado respuesta a nuestro pedido, violando la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública.

2. Pedido de información al Ministerio de Cultura

Paralelamente al pedido de información al Tribunal Constitucional, le formulamos un pedido de información similar al Ministerio de Cultura:

 

 3. La respuesta del MINCU

La respuesta del Ministerio de Cultura fue precisar que, efectivamente, se habían reunido con los magistrados del TC para garantizar que el contenido del derecho a la consulta se implemente de acuerdo con el ordenamiento jurídico. Sin embargo, no dijeron si fue el procurador o el propio ministro de Cultura, Salvador del Solar, quien asistió a la reunión. A nuestro entender, están aceptando tácitamente que Salvador del Solar fue quien se reunió con los magistrados del TC para pedir que se desestime la demanda de la comunidad campesina de Arboleda que consiste en que se  consulte las concesiones mineras que se superponen en su territorio ancestral.

 

4. Ministro habla contra consulta en vez de interceder en defensa del patrimonio histórico amenazado por las concesiones mineras

Una de las razones por las cuales la comunidad campesina de Arboleda se opone a las concesiones mineras dentro de su territorio, es porque el INGEMMET las emite en terrenos que se superponen a restos arqueológicos como, por ejemplo,  las Chullpas de Sillustani.

Fotografías tomadas por DHUMA de los restos arqueológicos ubicados en el distrito de Tiquillaca y Atuncolla.

La comunidad campesina de Arboleda, ubicada en el distrito de Tiquillaca, comparte un pasado histórico y cultural con la cultura Colla, junto a otras comunidades asentadas en esta zona. Las Chullpas de Sillustani se encuentran en este territorio y en la actualidad están siendo custodiadas por las propias comunidades.

Estos monumentos culturales fueron declarados  Patrimonio Cultural de la Nación mediante  los siguientes documentos: Resolución Directoral Nacional N° 663/INC en fecha 17 de julio del 2001 los restos arqueológicos de Sillustani; Resolución Directoral Nacional N° 099/INC de fecha 04 de octubre del 2001 que reconoce al Complejo Arqueológico de Sillustani; Resolución Directoral Nacional N° 1842/INC de fecha 02 de noviembre del 2006, que reconoce a las Chullpas Blanca del Cerro Llungo.

De la misma forma, no podemos dejar de mencionar que muchos de estos restos y los lugares en los cuales se ubican (como los cerros), representan espacios sagrados para todas las comunidades donde se realizan celebraciones festivas, actividades religiosas (rituales) y culturales, actos por los cuales se conservan parte de las tradiciones culturales de las comunidades.

5. Conclusión: ¿Qué intereses defiende y patrocina el ministro de Cultura?

Es evidente que no es competencia del ministro de Cultura, Salvador del Solar, la defensa judicial de los intereses del Ministerio de Cultura. No lo han nombrado ministro para eso. Su posible entrevista con los magistrados del TC constituye no solo un acto de inconducta funcional, sino incompatible con la prohibición expresa establecida en el artículo 139.1 de la Constitución que reconoce: “La independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional. Ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante  el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones”. Antes bien, debería el ministro preocuparse por defender el patrimonio histórico, amenazado por una actividad minera que no parece encontrar límites, como es el caso de las Chulpas de Sillustani.

También es evidente que el ministro está usando su investidura en  una actividad para la que no fue nombrado. Es increíble que un Ministro de Cultura vaya a pedir que no se consulte concesiones mineras. ¿En favor de quién o quiénes ha abogado y cuál es la relación de esas gestiones con su cargo como ministro? Ante estos hechos exigimos una explicación y una investigación inmediata.

 

 

Un Comentario en “Ministro de Cultura omite dar información sobre visita al TC para que este rechace demanda de amparo de comunidad campesina de Puno”

  1. Julio R Muñoz dice:

    Exigir un pronunciamiento claro al respecto. Y DE SER CIERTO PROCEDE UNA ACUSACION CONSTITUCIONAL

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