MINSA apela sentencia que absuelve al abogado del IDL y al médico que denunciaron contaminación por metales pesados en Espinar

MINSA apela sentencia que absuelve al abogado del IDL y al médico que denunciaron contaminación por metales pesados en Espinar

El Ministerio de Salud y su Procuraduría han apelado la sentencia del juez penal de Arequipa, que en 2019 absolvió al abogado Juan Carlos Ruiz, del Área de Litigio Constitucional del IDL y al médico Fernando Osores, especialista en toxicología ambiental y salud pública del delito de falsificación de documentos.

(Sentencia de juez penal que nos absuelve https://drive.google.com/…/1xI7ZYCULIZcgfmZ9dXT…/view…)

En el año 2015 el MINSA los denunció penalmente por escribir un artículo en el que denunciaban la muerte de la señora Margarita Cordova por contaminación debido a metales pesados encontrados en su cuerpo que estaban por encima de los límites máximos permisibles. La señora había solicitado asesoría legal al IDL, pero murió antes.

 El MINSA acusó a Ruiz y Osores de haber falsificado los resultados médicos de Margarita Cordova, que su propio hijo les había entregado luego de la muerte de su madre.

“El ministerio nos ha acusado de varios delitos como falsificación de documentos, de utilización de documentos falsos, del delito de alteración de la tranquilidad pública, etcétera, y ha ido cambiando la imputación. Incluso nos ha acusado de presionar al médico del Hospital Goyeneche, para que éste precise en el certificado médico de defunción de Margarita Córdova que la causa de su muerte fue cáncer renal intoxicación por cadmio y arsénico”, explica Juan Carlos Ruiz.

La propia Defensoría del Pueblo ha reconocido que todos los miembros de las comunidades campesinas Huisa y Alto Huancané tienen metales pesados en el cuerpo, por encima de los límites máximos permisibles. Por otro lado, existe una sentencia que la Sala Mixta de Canchis acaba de emitir en última y definitiva instancia, que le ordena al MINSA que diseñe e implemente una política pública de emergencia, para prestar atención sanitaria a las comunidades campesinas afectadas por metales pesados en Espinar”.

Juna Carlos Ruiz añade: “Es más, el juez y la Sala acusan a CENSOPAS del MINSA de ocultar información médica a la población para no adoptar medidas preventivas en los siguientes términos, a pesar de la gravedad de los resultados de la salud de las comunidades”.

Esto dice la sentencia:

“Precisan que los resultados del laboratorio por CENSOPAS en agosto de 2013 a los participantes del estudio de exposición, fueron entregados en una hoja simple, sin fecha ni sello institucional, y, lo que es peor, los resultados de cada persona según cada metal pesado son presentados en comparación a los intervalos mínimo y máximo obtenidos únicamente de su comunidad y no en comparación con los rangos biológicos referenciales reconocidos a nivel nacional e internacional. Asimismo, les dicen que están expuestos a metales pesados, pero no se encuentran enfermos. Además, les indican que los resultados ya entregados son reservados y confidenciales y que no tienen que compartirlos con otras personas. Igualmente, les dicen que si tienen preguntas deben buscar expertos en metales pesados en su posta médica, expertos que no hay en las referidas postas médicas y en todo Cusco”. […]

“Todo que revela la intención del CENSOPAS y del sector salud de no querer generar la evidencia científica pertinente para tomar acciones preventivas y de atención en salud, por enfermedades asociadas a exposición crónica por metales pesados, manteniendo e incrementando la incertidumbre sobre la población en cuanto a su estado de salud presente y futuro, con los graves daños psicológicos y de somatización que ello produce a las personas, además de buscar ocultar los resultados y hacer sumamente difícil su interpretación, con la finalidad de no asumir su responsabilidad y su obligación frente a la población afectada, la cual es materia de esta demanda de cumplimiento”. (p. 74)

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