Naciones Unidas presentó un amicus ante Tribunal Constitucional en caso Santa Clara de Uchunya
La Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, Vicky Tauli Corpus, presentó un amicus ante el Tribunal Constitucional, por el caso de Santa Clara de Uchunya, en el que empresas de palma aceitera despojan de sus tierras a comunidades indígenas.
En este informe legal se le recuerda al órgano jurisdiccional peruano los estándares internacionales en materia de derecho de propiedad de los pueblos indígenas.
“Ante posibles afectaciones al derecho de propiedad de un pueblo indígena que podrían resultar de las concesiones sobre el desarrollo de recursos naturales, los Estados deben cumplir con las siguientes garantías: la consulta previa a los pueblos indígenas; que el pueblo indígena se beneficie razonablemente de la actividad propuesta; y la realización de estudios de impacto social y ambiental realizados de manera previa por entidades independientes y técnicamente capaces”, señala Tauli en su informe..
La Corte Interamericana ha resaltado que, cuando se trate de planes de desarrollo dentro de un territorio indígena, el Estado tiene la obligación, no sólo de consultar a los pueblos indígenas, sino también debe obtener el consentimiento libre, informado y previo de estos, según sus costumbres y tradiciones.
En relación con los estudios de impacto social, cultural y ambiental, estos deben realizarse conforme a los estándares internacionales. Es decir, respetar las tradiciones y cultura de los pueblos indígenas. Uno de los objetivos es garantizar el derecho del pueblo indígena a ser informado acerca de todos los proyectos propuestos en su territorio.
Asimismo, las Naciones Unidas expresan reconocimiento al TC por una reciente jurisprudencia en materia de desarrollo del derecho de propiedad indígena:
“Teniendo en cuenta todos los aspectos mencionados, quisiera reiterar mi satisfacción por la resolución de 20 de agosto del Tribunal Constitucional y me gustaría, con todo respeto, alentar a Sus Señorías a que en su sentencia final, que puede sentar un importante precedente jurisprudencial a nivel nacional y regional, consideren los estándares internacionales sobre los derechos de los pueblos indígenas, incluidas las observaciones y recomendaciones emitidas por esta Relatoría”.
Este caso -que cuenta con el patrocinio legal de Forrest People Programme y el Instituto de Defensa Legal– ha sido presentado por la comunidad de Santa Clara de Uchunya y por Feconau contra el Gobierno Regional de Ucayali por omisión de titulación de su territorio.
Todo indica que aún quedan tierras por colonizar, por invadir, por expoliar. Estamos próximos a celebrar un “bicentenario de la independencia” que parece ser una farsa, la independencia no fue de los pueblos colonizados, si lo fuera no habría pueblos indígenas. Fue una independencia de los “españoles americanos” a quien Juan Pablo Vizcardo y Guzmán dirigió su Carta. Españoles americanos que sometieron aún de manera más cruel a las poblaciones indígenas. A 200 años de esos eventos históricos, el fracaso de la república es flagrante: no somos iguales ante la ley, no hemos creado una comunidad de ciudadanos que confíen unos en otros, las instituciones no son predecibles.