Morro Solar: patrimonio histórico a la venta
En el 2009, una empresa privada presentó una demanda de amparo ante el Poder Judicial para ejecutar un proyecto inmobiliario en las zonas aledañas al Morro Solar, terrenos considerados por el Estado peruano patrimonio histórico intangible. Las medidas adoptadas por la empresa para sortear la oposición al proyecto incluyeron un proceso administrativo en Indecopi y un arbitraje internacional fallido, en el que fue presentada documentación fraudulenta. Mañana, el Tribunal Constitucional decidirá si el proyecto de Gremcitel S.A. verá la luz. Por lo pronto, el proyecto de sentencia elaborado por el ponente, Ernesto Blume, le da la razón en sus principales puntos.
Por Miguel Loayza
Una demanda de amparo que se ha prolongado durante casi diez años será resuelta mañana en el Tribunal Constitucional. La sentencia, que será el desenlace de una serie de arremetidas legales iniciadas por una empresa inmobiliaria en el 2007, es especialmente relevante porque involucra a un lugar icónico de Lima, el Morro Solar, declarado por el gobierno peruano monumento histórico del país.
El punto de partida del caso se remonta a 1995, cuando la Municipalidad de Chorrillos, bajo la gestión de Hugo Valdivia, convocó a un concurso público para adjudicar tres terrenos adyacentes al mar, con el supuesto fin de promover la construcción y desarrollo en la zona. El primer terreno, correspondiente a La Herradura, fue adjudicado el 21 de agosto de ese año a JC Contratistas Generales E.I.R.L.; días después, el 8 de setiembre, la ganadora vendió el terreno por tres millones de dólares a la firma Gremco S.A., perteneciente al Grupo Levy.
Gremco S.A. se adjudicó también los terrenos restantes: el 7 de noviembre se hizo con el área de Punta del Sol a cambio de un millón de dólares y 3.3 millones de dólares en obras de construcción pública; el 18 de diciembre compró la última área, La Chira, por un millón de dólares al contado y 2.5 millones de dólares en obras públicas.
El problema con los contratos de compraventa celebrados entre la gestión de Valdivia y Gremco era la existencia de dos resoluciones gubernamentales que habían sido emitidas varios años atrás. El 19 de setiembre de 1977, en memoria a los peruanos que batallaron en el morro para defender Lima durante la Guerra del Pacífico, el Ministerio de Vivienda y Construcción declaró intangible el Morro Solar y zonas aledañas. Posteriormente, el 30 de diciembre de 1986, el Instituto Nacional de Cultura -hoy Ministerio de Cultura- emitió la resolución 794-86-ED, que declaró el Morro Solar monumento histórico. La posición de Gremco era que aquella resolución no comprometía a los terrenos que había adquirido.
Los siguientes alcaldes de Chorrillos, Pablo Gutiérrez y Augusto Miyashiro, advirtieron el problema, y el proyecto se vio paralizado durante más de una década.
Batalla legal y administrativa
El 10 de octubre del 2007, el INC emitió la resolución directorial 1342/INC, que delimitó la zona histórica intangible del Morro Solar, a fin de resguardar el patrimonio. Con ello, se dispuso además que se inscriba la condición cultural, histórica y arqueológica del morro en los registros públicos. Inmediatamente después, Gremcitel S.A. -ex Gremco- interpuso un recurso de reconsideración, que fue declarado infundado a través de la resolución 1669/INC.
La reacción de Gremcitel fue iniciar una serie de procesos legales y administrativos para retomar su largamente deseado proyecto inmobiliario. En el 2008 demandó al INC en un proceso contencioso administrativo, a fin de anular la resolución 1342/INC. El proceso, finalmente, desembocó en un sentencia adversa a la empresa.
En el 2009, Gremcitel demandó al INC ante Indecopi por, presuntamente, haber sido víctima de barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad. Se refería, claro está, a las resoluciones que buscaban proteger al morro como patrimonio histórico y que incluía los terrenos que la empresa reclamaba como propios.
En el proceso ante Indecopi, Gremcitel alegó que los contratos celebrados en 1995 con la Municipalidad de Chorrillos habían sido validados mediante un laudo arbitral, por lo cual los terrenos adquiridos no debían ser considerados parte del patrimonio. El INC, por su parte, aclaró que un estudio realizado en 1958 reconocía los terrenos en disputa como parte del Morro, y que su declaración como patrimonio histórico obedecía a la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, que disponía proteger los bienes públicos.
En su resolución final del 18 de diciembre del 2009, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi declaró improcedente la demanda de Gremcitel. Indicó que no se había demostrado que, con sus resoluciones, el INC había desconocido los términos del contrato suscrito en 1995; además, señaló que no estaba acreditado que las resoluciones del INC hubieran transgredido actos administrativos anteriores.
Arbitraje internacional y documentos engañosos
En el 2010, Gremcitel decidió recurrir al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) para reclamar al Estado peruano el pago de 41 mil millones de dólares como indemnización por el supuesto daño causado. Los demandantes, según la resolución del CIADI revisada por Justicia Viva, fueron Gremcitel S.A. y la señora Renée Rose Levy, una ciudadana francesa. Los demandantes solicitaron al CIADI declarar al Estado peruano responsable de vulnerar también compromisos internacionales entre Perú y Francia, relacionados a inversiones.
La resolución final del CIADI aporta luces sobre el irregular proceder de la empresa. En el punto 93, indicó que Renée Rose Levy no había probado ser dueña de Gremcitel cuando fue emitida la resolución 1342/INC, objeto de la demanda. Según el organismo, los documentos que evidenciaban la adquisición de acciones eran “cuestionables” o “muy sospechosos”.
La institución, además, indicó que consideraba “extremadamente serio” que “las demandantes hayan intentado establecer la jurisdicción del Tribunal por medio de documentos que no solo han resultado no ser fiables, si no [sic] claramente engañosos”. Con ello, el CIADI señalaba que Gremcitel había falsificado información para poder llevar el caso ante aquella instancia. La resolución fue lapidaria: “Una evaluación global de los hechos relacionados con los intentos de las Demandantes de establecer la jurisdicción muestra un patrón de conducta manipuladora que arroja una luz negativa sobre sus acciones”.
Finalmente, el CIADI ordenó a Gremcitel reembolsar al Perú más de dos millones de dólares, debido a los costos del proceso.
El último recurso
En el 2009, paralelo al proceso administrativo en Indecopi, Gremcitel interpuso una demanda de amparo contra el INC para que se le permita desarrollar su proyecto, denominado Complejo Residencial Punta del Sol. La medida fue declarada improcedente en el 2016 por la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Gremcitel, finalmente, presentó un recurso de agravio constitucional que, según fuentes del Tribunal Constitucional, será resuelto mañana por el Pleno. El recurso representa para Gremcitel su última esperanza.
El magistrado ponente del caso es Ernesto Blume Fortini, quien se encargará de sustentar el proyecto de sentencia que será votado por los demás magistrados.
Justicia Viva tuvo acceso al proyecto de sentencia que ha sido ya enviado a los demás magistrados. La escueta resolución, de solo tres páginas, da la razón a Gremcitel “por haberse acreditado la vulneración a la libertad de empresa”. Asimismo, declara inaplicables las resoluciones 1342/INC y 1669/INC, destinadas a proteger el patrimonio histórico del país.
El proyecto de sentencia, además, ordena de manera categórica al Ministerio de Cultura “que se abstenga de impedir a la empresa Gremcitel S.A. el desarrollo de sus proyectos inmobiliarios en los predios La Herradura, La Chira y Punta del Sol […]”.
Sobre la votación de mañana, un aspecto deberá ser tomado en cuenta por los magistrados del TC: en el 2009, cuando Indecopi se pronunció sobre el caso, el hoy magistrado José Luis Sardón presidía la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi. Será el Pleno quien considerará si este hecho es materia de inhibición.
La reunión de mañana en el TC, como ya se indicó, será el punto final de una larga historia marcada por idas y vueltas legales y administrativas, en la que no faltaron conductas cuestionables. Queda pendiente ver quiénes respaldarán con sus votos el proyecto de sentencia de Blume.
(Foto de portada: Andina)
Esto es de locos. Qué pasa con nuestro país que todo se puede vender. El pasado no existe solo el presente, o sea el Dinero. Y lo peor viniendo de nuestra máxima institución gremial.
Lamentablemente q decepción ese basura de Hugo baldivia debería estar preso el solo hizo de chorrillos lo peor vendió también parte de playa al club regatas
Dónde está nuestra conciencia cívica y el respeto a aquellos que murieron en ese lugar defendiendo a la patria. ¿El negocio puede más que nuestro civismo?
Entonces el que tiene plata puede pisotear a todos en este País. La misma regla para acceder a propiedades con pura legulellara
y el tiempo ya que tarde o temprano van a ser favorecidos. Porque siempre está las maniobras antes y después se limpian con otras empresas. A quién corresponde que las cosas se hagan correctamente.
Es lamentable que nuestro morro solar, patrimonio histórico pueda verse comprometido en trámites de venta, lejos de esperar que pueda esta gente comprender que la historia y el sacrificio de tanta gente valerosa no tiene precio.
Considerando que hoy en día nuestra justicia carece de valores cívicos, espero sinceramente un milagro para que todo esto tenga un buen cause y se cuide lo nuestro.
Esto huele a corrupcion de cias de construccion, comompuede ser posible que el morro solar este en venta. No debemos permitirlo. Siempre atentos!!!
Ojala no se consume este legicidio a cargo del siempre inefable blume.
Algo aún más grave que lo pretende hacer con el Morro Solar, es lo que el “congresista” Del Castillo a maquinado en su condición de presidente de la Comisión de Defensa Nacional. Este sujeto es el autor de una iniciativa que le saca la vuelta a la prohibición establecida en el artículo 71 de la Constitución Política del Perú, que impide que extranjeros adquieran dentro de los 50 kilómetros de las líneas fronterizas del territorio nacional propiedades inmuebles, inclusive este miserable ya ha obtenido la aprobación de su “iniciativa” sea aprobada en dicha comisión, de manera silenciosa y sin publicidad, lo que demuestra la entraña felona de esta iniciativa. Ojala los medios de comunicación y la opinión pública puedan impedir que se consume este atentado contra nuestra defensa y seguridad nacional. de igual manera como hay que defender la intangibilidad del Morro Solar, hay que defender nuestra defensa nacional y denunciar este acto lobbista, vil y traicionero de Del Castillo, el país entero se los agradecerá. Diario Gestión, periodico de propiedad de la consorciada con la corrupción celebra esta aprobación.https://gestion.pe/…/abren-puerta-inversión-extranjera…
SOBRE LA SITUACION LEGAL DEL INTANGIBLE MORRO SOLAR Y ANEXOS …. ATENCIÓN…. EL ESTADO GANÓ ANTE EL CIADI. LOS LEVI DE GREMCO O GRENCITEL PERDIERON. ASÍ EL PERÚ RECUPERÓ EL MORRO SOLAR, LA HERRADURA Y LA CHIRA… INSOLITAMENTE BLUME DEL TC QUIERE FALLAR A FAVOR DE LOS LEVI…. ERGO, EL MINCUL DEBE ANULAR LAS FICHAS REGISTRALES ANTE SUNARP Y QUE LOS TERRENOS REVIERTAN AL ESTADO POR SER PATRIMONIO CULTURAL INTANGIBLE. FAVOR VER INFORMACIÓN COMPLETA EN EL SGTE. LINK; https://www.facebook.com/photo.php?fbid=10158607289573327&set=p.10158607289573327&type=3&theater .
Jueves, 22 enero 2015
Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones del Banco Mundial (CIADI) desestimó demanda de la empresa GREMCITEL y Renée Rose Levy.
El Tribunal de Arbitraje del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones del Banco Mundial (CIADI se pronunció a favor del Estado peruano y desestimó la demanda presentada por la empresa GREMCITEL S. A. y Renée Rose Levy por el Morro Solar de Chorrillos, ordenándoles reembolsar al Perú los costos por un monto de US$2’146,858.72 dólares.
En el año 2011, Levy y GREMCITEL S. A. demandaron al Gobierno peruano ante el CIADI por una indemnización de cuarenta y un mil millones de dólares (US$41,000’000.000.00 ) por una supuesta ilegal expropiación de terrenos de su propiedad ubicados en el lado oeste del Morro Solar, que habría ocurrido a través de la Resolución Directoral N° 1342/INC.
En el laudo arbitral, emitido el 5 de enero de 2015, el tribunal desestimó los puntos del petitorio de los demandantes y dispuso el reembolso del referido monto por los costos generados por este litigio.
La defensa del Estado peruano estuvo a cargo de la Comisión Especial que Representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión del Ministerio de Economía y Finanzas, del Estudio Navarro, Ferrero y Pazos, así como del Estudio Sidley Austin LLP (Washington). Asimismo, participaron especialistas del Ministerio de Cultura por tratarse de la defensa de un Patrimonio Cultural de la Nación.
El Morro Solar de Chorrillos es un bien cultural perteneciente al Patrimonio Cultural de la Nación, protegido por el Estado peruano y un lugar emblemático de la historia nacional. Hace 6,000 años a.C., fue un asentamiento de pescadores en el periodo Pre-cerámico de la cronología histórica Andina. También fue escenario de la batalla de San Juan y Chorrillos de la guerra del Pacífico en el siglo XIX.
En homenaje a la memoria de los peruanos que batallaron en el Morro por la defensa de Lima y del Perú, el Ministerio de Vivienda y Construcción declaró intangibles los terrenos del Morro Solar de Chorrillos y aledaños mediante Resolución Suprema 219-77-VC-110 del 19 de septiembre de 1977.
La desidia de las autoridades en no haber inscrito como Patrimonio Cultural de la Nación al Morro Solar con lo que quedaba definido sus linderos. La autonomía d los municipios no debe dar pábulo para que se monten encima de leyes nacionales que tienen jerarquía constitucional. Las leguleyadas continúan en el ámbito jurisdiccional porque la reforma no se ha extendido a sus fueros desde la forma de selección de sus miembros hasta su normatividad. Les toca a los miembros del Tribunal Constitucional sentar jurisprudencia en defensa del Patrimonio Cultural antes bien que de la libre empresa que tiene sus límites pues se subsume en el interés social.
Francamente prefiero que una empresa privada compre todo ese lugar y construyan algo que se vea bien a que las invasiones tomen todos los terrenos y la llenen de casuchas horrorosas. En estado peruano sirve para nada ni siquiera para cuidar el patrimonio histórico.
Si por las maniobras de los políticos y maleantes leguleyos el Morro se entregase a los buitres económicos LA ACCIÓN CÍVICA DE MILES DE CIUDADANOS lo IMPEDIRÁN.