Policía y dos miembros del Serenazgo de Miraflores condenados por desaparición forzada de ciudadano argentino Bruno Schell
La Cuarta Sala Penal Superior Nacional Transitoria Especializada en Crimen Organizado de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, conformada por los jueces superiores Miluska Giovanna Cano López, Percy Pascual Ruiz Navarro y Otto Santiago Verapinto Márquez, condenaron al capitán de la Policía Nacional del Perú Enrique Hiram Morón Sánchez a 17 años de pena privativa de la libertad, y a los miembros del Serenazgo de Miraflores Miguel Ángel Sarmiento Vegas y Linder Ovier Sandoval Salazar a 15 años de pena privativa de la libertad por la comisión, en calidad de autores, del delito de desaparición forzada en agravio de Bruno Carlos Schell Verdaguer.
Desde el 2013 el IDl viene litigando el caso en representación de los padres y hermana de Bruno Schell.
La señora Julia Verdaguer -madre de Bruno – estuvo en Lima por más de un año y de forma persistente buscaba a su hijo, ella no pudo reencontrase con Bruno, retornó a Argentina y falleció. Su familia la acompañó en muchas ocasiones.
- Los problemas de salud de Bruno Schell antes de su detención
Bruno Carlos Schell es un ciudadano argentino que en la fecha en que ocurre los hechos contaba con 25 años de edad. Se encontraba en el Perú como turista y padecía de esquizofrenia, enfermedad que se venía tratando en el Hospital de Emergencias psiquiátricas Torcuato de Albear de Argentina desde la edad de 19 años. Se sometía a controles periódicos y debía tomar cuatro diferentes pastillas de forma diaria. Pero, antes de su detención, ya presentaba síntomas porque no estaba tomando sus pastillas para la equizofrenia y por eso se encontraba perturbado.
- Los Hechos
El 4 de junio de 2013, siendo aproximadamente las 10:25 de la mañana, Bruno Carlos Schell se encontraba en la bajada de Armendáriz, distrito de Miraflores, en medio de la pista y con el riesgo de ser atropellado. En ese momento fue intervenido por los miembros del Serenazgo de la Municipalidad de Miraflores Eduardo Rengifo Sánchez y Joe Cristian Herrera Medina, quienes estaban a bordo de una unidad del Serenazgo. Como la víctima puso resistencia, se hizo presente otra unidad vehicular del Serenazgo de Miraflores en la que estaban los serenos Linder Ovier Sandoval Salazar, Miguel Ángel Sarmiento Vegas y el efectivo de la Policía Nacional del Perú, Capitán Enrique Morón Sánchez. Este último le puso los grilletes de seguridad con las manos hacia la espalda, luego lo subieron a la camioneta del Serenazgo y lo sacaron fuera de la jurisdicción de Miraflores. Desde esa fecha, Bruno Carlos Schell se encuentra desaparecido.
- La sentencia que condena a los acusados
A partir de la evaluación de un conjunto de pruebas, el tribunal determina que para el 4 de junio de 2013 Bruno Schell, por no tomar sus medicinas ,sufría los efectos de la enfermedad mental, y que no era consciente de su estado, de sus actos, ni de las consecuencias de los mismos. Sostiene que era una persona en claro estado de vulnerabilidad, ya que su salud mental estaba afectada.
Los tres acusados realizaron acciones en contra de sus deberes de cuidado y de sus roles exigibles como funcionarios públicos, ante el evidente problema de salud mental de Bruno Schell. Concretamente, privaron a Bruno del acceso al servicio de salud para atender el problema de salud mental que presentaba en ese momento, pues otros serenos que intervinieron en un primer momento ya habían solicitado la presencia de ambulancia con paramédicos. Pero los acusados no esperaron su llegada y sacaron a Bruno fuera de la jurisdicción de Miraflores.
También se da por acreditado con diversas pruebas que el motivo por el cual los acusados sacaron a Bruno Schell fuera de la jurisdicción del distrito de Miraflores era que ya había antecedentes de anteriores detenciones por parte del Serenazgo y la Comisaria de Miraflores. Se registran al menos cinco detenciones anteriores por diversos motivos.
El tribunal también da por acreditado que existen varios elementos de prueba que corroboran que las circunstancias que motivaron la privación de libertad y colocación de grilletes de seguridad subsistieron hasta que Bruno Schell descendió del vehículo. Esas circunstancias eran que esta persona no se ubicaba en el espacio, ni tenía conciencia que su comportamiento, lo que implicaba un grave peligro para su vida. Esta conclusión se da en respuesta a lo planteado por la defensa de los acusados que sostienen que al subir a la camioneta del Serenazgo Bruno se tranquilizó.
Asimismo, se da por acreditado que los acusados omitieron su deber de informar sobre el destino de Bruno Schell desde el momento en que la unidad vehicular se aleja del lugar de intervención con él a bordo. También se analiza que el deber de informar es con la verdad pues la información falsa tiene mayor reproche que la simple omisión. Lo mismo puede decirse de la verdad a medias, es decir, de la información veraz mezclada con información falsa, con el propósito de presentar una conducta ajustada a Derecho. Es así como los acusados no cumplieron con informar sobre la privación de la libertad de Bruno Schell. Ellos lo privaron de su libertad, luego el policía Morón le coloca los grilletes de seguridad, lo suben a la unidad del Serenazgo de Miraflores UM 18-72 y se alejan del lugar en dicha unidad móvil. Luego regresaron al distrito, pero no informaron de dicha privación de libertad, estando obligados a hacerlo. No le otorgaron a Bruno de la protección jurídica que le correspondía. Hasta la fecha se desconoce su paradero.
Esta sentencia condenatoria, es importante para Arturo Schell y Cecilia Schell, padre y hermana de Bruno, porque sienten que se les hace justicia. No obstante, persiste la interrogante. ¿Dónde está Bruno Carlos Schell?
El tribunal ha dispuesto que se continúe con su búsqueda. El tiempo juega en su contra: han transcurrido más de 7 años y no se sabe cuál fue el destino de Bruno.