Pronunciamiento: Rechazamos la inconstitucional Ley de Protección Policial y exigimos su derogación inmediata

Pronunciamiento: Rechazamos la inconstitucional Ley de Protección Policial y exigimos su derogación inmediata

Ante la “Ley de protección policial” aprobada por insistencia por el actual Congreso (Ley N.º 31012)-presentada por el Legislativo disuelto el pasado año, sin recibir aprobación presidencial-, el IDL manifiesta su rechazo y exige su derogatoria. Consideramos que esta ley es inconstitucional, se aprovecha del contexto de crisis que vivimos y presenta el peligro de proteger con impunidad a los malos elementos policiales. Estas son nuestras consideraciones:

  1. Durante las últimas semanas la Policía y las Fuerzas Armadas vienen desplegando una serie de acciones a fin de luchar contra la expansión del COVID-19. Ante esta labor, respaldamos los esfuerzos del Estado para resguardar el principal bien de nuestro país: la salud y vida de su población. Las fuerzas del orden realizan patrullajes mixtos a fin de que se cumpla la cuarentena, y muchas veces intervienen ciudadanos que no solo incumplen las disposiciones, sino que terminan agrediendo a los efectivos. Ante esto, en el caso de la Policía, se aplica un uso proporcionado de la fuerza (acciones reguladas por el DL 1186 y su Reglamento 012-2016-IN) y se cumplen los procedimientos reteniendo y deteniendo a los agresores. El uso legítimo de la fuerza ha sido respaldado por el IDL siempre y cuando se respeten y garanticen los derechos humanos.
  2. Sin embargo, algunos sectores políticos han presionado para que el uso de la fuerza se pueda dar indiscriminadamente. El Congreso disuelto propuso la Ley de Protección Policial (Ley N.º 31012), que consideramos es claramente inconstitucional. Esta ley no solo no fue respaldada por el Poder Ejecutivo (el presidente Vizcarra no la ha promulgado), sino que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio Público, el Poder Judicial, la Defensoría del Pueblo, entre otras importantes institucionales, la han cuestionado severamente.
  3. Esta ley promueve la defensa de malos elementos policiales, cuyas acciones merezcan un proceso penal regular. Esta defensa se puede observar en el primer artículo: “otorgar protección legal al personal de la Policía Nacional del Perú que, en ejercicio regular de su función constitucional, hace uso de sus armas o medios de defensa, en forma reglamentaria causando lesiones o muerte…”.
  4. Esta situación se agrava con la modificación del numeral 11 del artículo 20 del Código Penal, señalando que: “está exento de responsabilidad penal, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que, en el cumplimiento de su función constitucional y en uso de sus armas u otro medio de defensa, en forma reglamentaria, cause lesiones o muerte”.
  5. Por otro lado, se viola la independencia de los jueces al imponerles una interpretación de las normas en favor siempre de la Policía. El artículo 1 de la ley señala que: “En estas circunstancias al ejercer su derecho a su legítima defensa y de la sociedad establecido en la ley, el principio de razonabilidad de medios será interpretado a favor del personal policial interviniente, estableciendo mecanismos procesales que eviten menoscabar el principio de autoridad policial”. Lo detallado refleja una clara violación de la división de poderes y convierte a la ley en inconstitucional.
  6. De igual manera, en el artículo 4 de la referida ley se establece una modificación al Código Procesal Penal, a fin de otorgar privilegios en favor de los policías que han incurrido en excesos absolutamente injustificado, al establecer que queda “prohibido dictar mandato de Detención Preliminar Judicial y Prisión Preventiva”. Este tipo de medidas las tendrá que decidir los jueces y no el Congreso, que no tiene la función jurisdiccional. Aquí se rompe el principio de igualdad ante la ley, lo que también resulta ser inconstitucional.
  7. En concreto, lo que está norma logra es eliminar el principio de proporcionalidad exigible a la Policía en el uso de la fuerza, el cual es un requisito indispensable para garantizar el correcto accionar de las fuerzas del orden del Estado sin permitir la comisión de abusos y/o arbitrariedades en el ejercicio de sus funciones. Además, elimina el debido proceso penal al que deben ser sometidos aquellos malos elementos policiales. Se trata, en consecuencia, de una ley abiertamente inconstitucional y violatoria del derecho internacional.

Es preocupante que justo en el contexto de un estado de emergencia, donde necesitamos confiar más en la PNP por la importante labor que vienen cumpliendo,  se promulguen leyes que atentan contra los derechos humanos. El IDL apoya la labor de respaldo en favor del orden y resguardo que vienen cumpliendo la Policía y las Fuerzas Armadas en estos tiempos de pandemia. No obstante, rechazamos categóricamente el actual intento que se viene realizando por instrumentalizar este contexto para aprobar leyes inconstitucionales —y perjudiciales para la ciudadanía— como esta. En ese sentido, rechazamos la Ley de Protección Policial y exigimos su derogación inmediata. Así mismo, exhortamos a todos los jueces y juezas del país a inaplicar esta ley mientras se mantenga en vigencia, mediante el control difuso.

La crisis política y social por la que ha venido atravesando el país, sumada a esta crisis sin parangón histórico provocada por la pandemia, solo tienen una salida: fortalecer el estado de derecho, las instituciones de control y el sistema de justicia. La  norma aprobada solo servirá para generar un peligroso panorama de impunidad que nos amenaza a todas y todos. Un camino de impunidad que nuestra memoria rechaza tajantemente, y sobre el que debemos estar vigilantes para que nunca más vuelva.

 

18 Comentarios en “Pronunciamiento: Rechazamos la inconstitucional Ley de Protección Policial y exigimos su derogación inmediata”

  1. Humberto dice:

    Se trata, en consecuencia, de una ley abiertamente inconstitucional y violatoria del derecho internacional.
    No se pasen, ustedes parecen abogados del diablo, cuando balean, matan a un policía, no hay derechos humanos, cuando en defensa propia un policía balear a un delincuente la justicia encarcela al policía y suelta al delincuente ahí no se vulnera lo derechos humanos, ahi IDL nunca saco un pronunciamiento tan extenso. Para el ciudadano de a pie como nosotros esta ley está perfecta, para que un policia no tenga miedo de usar su arma en defensa de la sociedad por miedo a le que encarcelen.

  2. María del Carmen Salcedo Quevedo dice:

    No podemos avalar una ley así, habilita a actuar sin control de los medios para “controlar” muchas veces a quienes no necesitan ser controlados. En un país sin formación humanista, sin respeto por el otro ser humano, esta ley es una arma lista para ser disparada.

  3. Luis Muñoz dice:

    La delicuencia en todas sus formas, estilos, modalidades, actuaciones y proceder, tiene aliados que incitan al ser humano que se involucra con estas practicas improcedentes, como son el uso de cualquier droga alucinogena y el licor, lo cual envalentona al individuo indeseable, sacándodolo del mundo real en que vivimos en nuestra sociedad.
    La cordura, el sentido común, la prudencia, el criterio de saber diferenciar lo bueno de lo malo, el respeto a los derechos de los demás y la falta de medios para ser una persona autosuficiente, son virtudes y cualidades no existentes en los delincuentes generalmente drogados, que los hace incurrir en buscar lo facil, tomando por la fuerza lo que necesitan, acompañándose del uso de armas de fuego, un arma blanca, un objeto contundente o el robo al paso de un automóvil moderno para utilizarlo en sus fines delictivos, para cumplir sus objetivos delincuenciales.

    La Policía y el Ejercito en el Perú, son dos grandes herramientas que tienen la sociedad peruana para contener el desborde que venidos viendo y sufriendo de parte de la delincuencia, matando por matar, sin razón ni motivo justificado, robando a personas de la calle, metiéndose a casas, asaltando como también robando al paso vehiculos modernos para utilizarlos en sus fines delictivos.

    La delincuencia usa sin piedad armas de fuego que utilizan en sus delitos, sin darse cuenta que la autoridad a la cual impostergablemente se van a enfrentar, son padres de familia y hombres de bien. Disparan o atacan sin mayor reparo.

    La Policia y el Ejercito, deben actuar de acuerdo a ley, utilizando el protocolo acostumbrado, llamada de alerta, disparo preventivo y ataque directo al agresor antes de que este le quite su propia vida a la autoridad. El delincuente utiliza la fuerza, la violencia y la ley de la selva para salirse con la suya. El termino defensa propia ha sido dejado de lado y hasta ha originado llevar al Policia, que defiende a la sociedad, a los tribunales judiciales. La Policia y el Ejercito tienen la potestad de usar sus armas de fuego, cuando los delincuentes tiene sus propias armas para cometer sus delitos. La ley de la proporcionalidad es justificada y esta totalmente equilibrada.

  4. Mario Seclén Gastelo dice:

    Estos sujetos que no ganan ninguna elección pero, por medio de los Politicastros de turno, nos gobiernan hace varios años, una vez más quieren aparecer como los salvadores de la democracia que favorece a los que delinquen y castigan a los que nos defienden de las pandemias (Terroristas, Coronavirus y otros).
    Ojo que la propuesta de la Ley de protección a las FF.AA y PNP, viene desde el Congreso anterior y ha sido aprobada por el Congreso actual por incistencia o sea, el Ejecutivo, no estaba de acuerdo.
    Tenemos que tener mucho cuidado con lo que sigue y estar vigilantes para que se respeten los Derechos Humanos de todos los que estamos y cumplimos las Leyes del Estado.
    Saludos y que Dios nos bendiga,

  5. Silvia Roca dice:

    Justamente la policia que veo en la calle cerca mercados y zonas donde hay multples personas no les hacen acatar la reglas dadas por el gobierno y mas bien dejan que hayan vendedores ambulantes y carretillas, para que? Para justificar y pedir medidas extremistas, hagan su trabaja pero haganlo bien no hay necesidad de medidas extremistas si hicieran su trabajo bien.

  6. Jose caballero dice:

    Estoy de acuerdo con la ley, siempre que se usen las armas en defensa del orden y la vida de los ciudadanos y los policías y la fuerza armada.
    Estos esforzados defensores de la ley y el orden estaban realmente asustados de usar sus armas, porque los delincuentes tienen dinero para contratar abogados y corromper a fiscales y jueces y terminar siendo víctimas y no victimarios, ya era hora

  7. En concordancia con las actuales se les dió autoridad a los PNP, y esa autoridad se les protección con otra norma, me parece eso es lo correcto.
    Autoridad sin protección no es autoridad.
    La derogación de la Ley 31012 sería respaldar a los transgresores de la Ley con faltas y delitos que afectan la seguridad ciudadana

  8. Soledad Rodriguez dice:

    Estamos cansados de ver qué no se respeta a la autoridad. Los abusos vienen de la delincuencia amparada en leyes que no funcionan en nuestro país. Apoyo la ley.

  9. David Landeo E. dice:

    No podemos poner en riesgo la salud de toda una comunidad por la irresponsabilidad de unos des adaptados, la coyuntura actual debe tratarse con rigor, y confiemos en la actitud responsable de las fuerzas del orden y llegar a vencer esta pandemia, por el bien de la comunidad y todos los seres humanos.

  10. Maritza FUENTES dice:

    Por favor, periodistas de IDL, hagan recolección de firma sobre esto! Seremos muchos apoyando que ese DL que promueve la impunidad ante el abuso de poder de las Fuerzas del orden, sea derogado. O si ya está en curso una petición, por favor digan dónde firmamos?

  11. Jorge elias dice:

    Es una ley necesaria. Deberias decircelo a la familoa del soldado.mamani fallecido por no usar su arma de reglamento. De haber eatado facultado el irresponsable estaria talvez herido pero el soldado estaria vivo. Explicale por que murio a su familia

  12. Victor Davila dice:

    Muy peligroso!!!
    Hay muchos (no se puede generalizar) malos elementos en la policía. Se sabe que incluso algunos han sido arrestados formando parte de bandas crimínales.
    Esta crisis del COVID-19 se puede prestar para el abuso policial.
    El Ministro del Interior debería preocuparse por la mejora continua del cuerpo policial.

  13. Jorge Borja dice:

    No entiendo porque defienden una herramiento que las Fuerzas del Orden nunca la tuvieron, es por temor a que hay gato encerrado, al star apañando a un sector de la poblacion que esta al margen de la Ley, cuantos policias en fiel cumplimiento de su deber, ahora stan presos, porque no staba vigente esta herramienta legal, basta ya de vivir en oscuridad, a Dios gracias que el cuidadano honesto y responsable aplaude este dispositivo legal, pero me sigo preguntando, que hay detras de este rechazo categorico, que intereses se manejan o se quieren manejar, basta de impunidad delincuencial, stamos hartos de tantos actos de personas al margen de la Ley, porque tiemblan, porque se asustan, porque?????, es tan facil ver a sus ciudadanos de esta afligida Patria, respeten verdaderamente a la autoridad y viceversa…, no teman señores…

  14. carlos alberto heredia neciosup dice:

    Así es, la violación de derechos humanos va mas allá de una norma reglamentaria e incluso que modifica el Código Penal y Procesal Penal. La Constitución y lis Tratados de Derechos Humanos a los que se acoge el país son el arma fundamental para que la judicatura asuma competencia y como Poder del Estado no deje que tal despropósito merme la igualdad ante la ley, como principio fundamental de equidad y justicia en el país. A presentar acciones de inconstitucionalidad de la norma en mención, mal consagrada por el reciente Congreso.

  15. Gerardo Clavijo Preciado dice:

    Totalmente de acuerdo son este pronunciamiento. Todas las instituciones defensoras del estado de derecho, devén pronunciarse. Esta norma se pude malinterpretar, y se promulga precisamente después que el maton del capitan abofeteo a un joven, quedando demostrado que a partir de su promulgación estos ilícitos no van a ser penados.

  16. Luisfabiantaquirechambi@gmail.com dice:

    Debieron demorarse antes de escribir… Pura subjetividad.. No exponen el porque debe ser declarada inconstitucional…. El principio de igualdad nunca estará presente estimados IDL el policía jamás será igual al civil en una intervención.. El civil cuida sus intereses… El policía expone su vida en favor de la sociedad…jamás sean iguales…. No hay q ser abogado para darse cuenta de tales hechos..

  17. Jesus amado Saavedra Albarracin dice:

    Toda norma o ley que vulnera los derechos de la poblacion deben de ser derogadas

  18. MAXIMO EDQUEN dice:

    El análisis y/o debate de este tema será objetivo siempre que se oriente considerando los principios fundamentales de un “Estado Constitucional de Derecho”, como presume ser el estado peruano; contrario sensu se caería en la vulgaridad.
    La política criminal en todo estado constitucional de derecho, tiene dos limitaciones que garantizan los derechos fundamentales del ciudadano procesado (civil o policial): (i) límites materiales o garantías penales que limitan o influyen en la producción de las normas penales, es decir en la mente de los legisladores; (ii) límites formales o “garantías procesales”, también de persecución o de ejecución. Éstos actúan limitando los abusos o arbitrariedades en el proceso de aplicación de las normas penales; es decir, la discrecionalidad jurisdiccional con observancia del debido proceso.

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