Trece puntos de cuidado en el debate de la reforma constitucional del CNM

Trece puntos de cuidado en el debate de la reforma constitucional del CNM

Por Cruz Silva del Carpio

El día de ayer, 12 de septiembre del 2018, la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República tuvo una sesión de debate sobre el predictamen de la reforma constitucional del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

En ese sentido, Justicia Viva-IDL hizo llegar a la mencionada Comisión las observaciones y propuestas sobre dicha fórmula. Y a su vez, hizo seguimiento a los argumentos expuestos por los diversos congresistas en la mencionada sesión.

A continuación, detallamos los puntos del debate sobre los que hay que tener mucha atención:

LA COMISIÓN QUE ELEGIRÁ A LOS CONSEJEROS

  1. LA COMISIÓN ESPECIAL DE ELECCIÓN DEL CNM TIENE SERIOS PROBLEMAS

Es incomprensible cómo así se piensa decidir que en la Comisión que elegirá a los integrantes del nuevo Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) estén: el Presidente del Poder Judicial, el Fiscal de la Nación, el Presidente del Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo y el Contralor General de la República.

Primero, por una razón formal: son funcionarios en ejercicio. ¿Esta condición, acaso, no cuestiona la garantía de independencia, en su vertiente externa, de esta Comisión Especial frente a esas otras instituciones?

Segundo, por una razón de naturaleza sociológica y más grave: ¿nos hemos percatado quiénes están en esos cargos? La crisis de los #CNMaudios ha evidenciado el problema central: la existencia y avance de redes de poder, de grupos de interés particular. Hablamos de la filtración irregular en las instituciones del sistema de justicia, y a pesar de eso estamos dando puerta abierta a que se sienten y elijan a los consejeros.

Los ciudadanos podemos identificar algunos grupos en la Corte y Fiscalía Supremas, que están cuestionados y que permanecen en el cargo: Hinostroza Pariachi, Romero Díaz, los elegidos como jueces supremos en diciembre del 2017 por el cesado CNM, los fiscales supremos que le están dando la mayoría a Pedro Chávarry para que no salga de la Fiscalía de la Nación… Y eso sin que aun tengamos una evaluación de los magistrados superiores que entrarían como provisionales, de salir los supremos.

El Defensor del Pueblo, a pesar de lo hecho por los funcionarios y trabajadores de la institución, tuvo por sí mismo “jales” muy cuestionados y fue elegido sin transparencia por el fujimorismo… ¿qué hará ese grupo político cuando Gutiérrez deba decidir a quién escoge como consejero del CNM? La presidencia del Tribunal Constitucional (TC) también estaría en un juego de ajedrez: no solo se recuerda los otrora patrocinios de los funcionarios del TC, también se recuerda lo que hizo el fujimorismo a finales del año pasado con los jueces constitucionales que no le gustaban… 4 jueces tuvieron que ir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que no los sacaran ilegalmente del cargo, y ya se avizoraban en ese entonces quiénes serían los otros 4 jueces que ocuparían esas plazas… ¿qué hará el Fujimorismo en un nuevo escenario en que el presidente de TC deba elegir a los consejeros del CNM? Y el Contralor General de la República: ¿da garantías para esa elección? ¿Alguien sabe con qué grupos se relaciona él o sus más cercanos? Aún se recuerda cuando aceptó sin mayor problema una ley de su institución que originalmente no le daba competencia para fiscalizar al Congreso de mayoría fujimorista que lo eligió.

Entonces, proponer que vayan las cabezas de estas organizaciones elijan al nuevo CNM, es dejar de lado los pesos y contrapesos reales así como la realidad de los grupos que muy bien podrían acceder, por esa disposición meramente formal, a elegir a quienes decidirán el destino de nuestra judicatura.

La evaluación del escenario inmediato también evidencia lo incoherente, peligros y nada garantista de esa propuesta: Prado Saldarriaga, el actual Presidente del Poder Judicial, acaba su gestión de urgencia en diciembre, ¿quién subirá? ¿Y cómo hacer para que en el mediano plazo esa presidencia no la tenga algún juez cuestionado? No hay reglas para eso, a pesar que es un pedido siempre exigido: no hay criterio meritocrático de elección de estos cargos representativos, el criterio de antigüedad no garantiza idoneidad, y entre magistrados supremos no se pueden ni suspender en supuestos graves; es decir, no hay autocontrol. Todo esto debería legislarse ahora. De otro lado, tenemos a Chávarry como Fiscal de la Nación, que como el ex Fiscal Carlos Ramos Heredia, se ha apoderado del cargo, y así vienen las mismas preguntas.

Los #CNMaudios nos dejan 2 lecciones. Primero, que tenemos que poner trabas y contrapeso a las redes y grupos de interés que están en las instituciones para que no sigan avanzando en los cargos y su influencia se reduzca o deshaga progresivamente (inhibirse ya en el cargo no basta, ni no tener una sentencia condenatoria, ni la declaración jurada). Y segundo, que estas redes existen y a pesar de haber sido reveladas van a luchar por quedarse.

Por eso, no podemos dejar así este punto de la propuesta constitucional.

¿Qué hacer? Lo ideal sería que esos funcionarios en ejercicio no participen de la Comisión Especial que elegirá al CNM. Que lo haga, por ejemplo, un ex presidente que también sea un ex supremo. Lo mismo para los otros integrantes.

Pero no cualquiera, y aquí está la otra necesidad urgente: los integrantes de esta Comisión deben cumplir con ese perfil por el que varias bancadas están luchando, y que el fujimorismo no quiere constitucionalizar: (i) de prevención de redes y conflictos de interés, (ii) de trayectoria incuestionable e irreprochable, (iii) de garantía de independencia de idoneidad. No hay otra forma.

Debemos asegurarnos esta vez de que hemos aprendido las lecciones y que no pasarán otros 18 años para caer en la cuenta que las redes se apoderaron otra vez de altos cargos de la justicia. Es el deber y se lo debemos a quienes fueron perjudicados con la corrupción escuchada en los audios: niñas, mujeres violentadas, aspirantes a magistrados con compromisos truncados, y otros más que sin duda fueron presa del crimen organizado que quedó impune en los juzgados.

LOS CONSEJEROS

2. NECESIDAD DE CONTAR CON EL PERFIL DEL CONSEJERO

Felizmente varios congresistas coinciden que este perfil debe estar en  la Constitución, por la que el Consejero del CNM debe garantizar (i) prevención de redes y conflictos de interés, (ii) trayectoria incuestionable e irreprochable, (iii) independencia de idoneidad en el cargo. Pero, los congresistas de la bancada fujimorista, bajo el argumento de que puede ponerse en la ley, o que son disposiciones gaseosas que nadie sabe muy bien qué significa… es decir, argumentos finalmente contradictorios que revelan la intención de que no se concrete en la Constitución. Las redes de corrupción han evidenciado que estos criterios, en un perfil expresamente constitucionalizado, urge.

  1. UN CNM NO PUEDE ESTAR COMPUESTO SOLO POR EL ESTADO, NI SOLO POR ABOGADOS

Un CNM solo de abogados es darle la espalda a la realidad del sistema de justicia, y las especialidades que se necesitan para promover una mejor magistratura: derecho, psicología, ingeniería, sociología, economía, etc. Por estereotipos interesados (sino, recordemos que son todos abogados los de la red de corrupción de #CNMaudios), se quiere sacar una sana variedad (de profesiones y de grupos). Y por otro lado, ojo: es más fácil corromper a los que pertenecen a un solo grupo que a varios.

  1. LOS RECTORES NO SON LOS LLAMADOS: LOS PROFESORES DE DERECHO Y DECANOS, SÍ.

La experiencia indica que la elección de rectores como integrantes del CNM es un craso error. La idea de que participen las universidades es porque tienen las Facultades de Derecho que es de donde salen los abogados post jueces y fiscales. La elección de las universidades debería ser de profesores de derecho (investigadores): los decanos, por cierto, cierran mucho las posibilidades diversas y buenas que hay en las universidades.

Además, los rectores hicieron un festín del encargo encomendado, cuando ni siquiera debían estar ahí.

NO OLVIDAR PONER COTO A LAS REDES DE CORRUPCIÓN

  1. FOCALIZAR EN LAS REDES DE PODER QUE ESTÁN EN TODOS LADOS

Recordemos: los problemas de redes de poder, conflictos de interés, intereses privados, etc., no son exclusivos ni de los abogados, ni del Estado, ni de la sociedad civil. Son problemas que están en todos lados (en unos más que en otros -como el caso de los abogados-), así que su prevención debe plantearse expresamente, y desarrollarse los mecanismos que así lo hagan (en la ley).

LA FUNCIÓN URGENTE Y TRANSITORIA DEL NUEVO CNM

  1. QUE EL NUEVO CNM REVISE Y ANULE LAS DECISIONES IRREGULARES

Luz Salgado se equivoca: el CNM sí debe revisar todo lo que se hizo antes en la última gestión. La ley del procedimiento administrativo general indica plazos para decidir de oficio nulidades. Y ojo: no hay derechos adquiridos cuando ha sido con “trampa”. El CNM tiene la información de todo y el personal que sabe cómo funciona el sistema y puede y debe deshacer lo mal hecho. ¡Basta de impunidades e intereses!

El colmo. Velásquez Quesquén no quiere que el CNM revise sus decisiones truchas (mínimo desde junio del 2015, cuando entró el grueso de la composición del escándalo). ¿Será que de esa forma entra en zalmuera el nombramiento del hoy juez supremo Ángel Romero Díaz, ex personero del Apra, entre otros? Basta de impunidad.

FUNCIONES DEL CNM

7. LA FUNCIÓN DE DESTITUCIÓN DEBE MANTENERSE EN EL CNM, Y NO AMPLIARSE

El CNM cuenta con la cantidad de miembros (7) que no corresponde con la carga procesal de una ampliación de sus facultades (como para ser segunda instancia de todas las medidas de sanción menor a la destitución). En todo caso, podría tenerse como segunda instancia de la sanción de destitución para magistrados que no sean supremos.

Asimismo, cabe precisar que reducirle la función de destitución respecto de los supremos, es decir reducirlo a ser solo segunda instancia; trae un problema de impunidad ya que se ha comprobado que es muy difícil que los supremos inicien causas de destitución contra sus pares. Por ello, será importante que mantengan en su competencia todo el proceso de destitución de supremos; sin que ello signifique que la legitimidad para obrar le es exclusiva.

  1. LAS RATIFICACIONES DE MAGISTRADOS DEBEN MEJORAR, NO SER ELIMINADAS

Las ratificaciones (o la llamada “evaluación integral”), de cada 7 años, no son incompatibles con una evaluación permanente.

Pero, si en el servicio de justicia no se ponen plazos (como el de 7 años; pudo ser otra cantidad de años) para saber qué tan bien se está desempeñando el juez o el fiscal en la calidad de decisiones, con posibilidad de ser retirado por un mal desempeño, los cuidados disminuyen.

Hay que levantar ese grado de fiscalización en sus labores (y, sin duda, mejorarlo, porque no se ajustaron le todo a los filtros y seguridades que desde siempre se señalaron y que sí se pueden implementar. La Defensoría del Pueblo y Justicia Viva han señalado esta necesidad desde hace mucho tiempo.

Eso sí: esta evaluación realizada por del CNM (integral y permanente) no debe significar un doble trabajo para los jueces. Este problema se ha creado por la evaluación interna que hace el propio Poder Judicial (por ejemplo). Entonces, hay que pensar en los pros de que la evaluación del desempeño o ratificación esté solo en manos del CNM.

Dicho sea de paso: la evaluación integral (cada 7 años, con posibilidad de ser separado del cargo), y la permanente (cada año) estaban en la ley original de la carrera judicial, N° 29277, pero la segunda fue declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional a pedido del Ministerio Público.

Con las ratificaciones (debidamente desarrolladas), en manos de un ente externo como el CNM (que cuente con diversos representantes de grupos que hacían contrapesos), se logró retirar de l función a jueces como el es juez supremo Robinson Gonzáles, o el ex juez Gastón Molina (ex presidente de la Corte del Callao), los judeces de Huánuco por casos cuestionables en materia de violación de menores de edad, una sala Suprema, entre otros.

  1. SACAR EL PRIMER PUESTO EN EL CUADRO DE MÉRITOS NO BASTA PARA SER ELEGIDO JUEZ O FISCAL

No siempre el que llega al primer lugar del cuadro de mérito en un proceso de selección y nombramiento, debe ser elegido juez. Por ejemplo, Hinostroza Pariachi llegó siempre en ese puesto.
La discrecionalidad (y no arbitrariedad) de los 5 votos que se pide la Constitución para nombrar a un juez es buena, pero: debe ser motivada, objetiva, con voto público, con sesión grabada, y transparente. Con esa discrecionalidad, por ejemplo, se cerró hace unos años el paso a la Suprema a postulantes como César Hinostroza y Mateo Castañeda.

EL APOYO DE LA COMISIÓN QUE ELEGIRÁ AL CNM

  1. SERVIR NO ES GARANTÍA PARA APOYAR EN LA ELECCIÓN DE MAGISTRADOS

SERVIR no da garantías de elecciones adecuadas para apoyar EN la elección de consejeros CNM.Y esto, no solo por los diferentes criterios que conllevan la actividad gubernamental y burocrática, que la jurisdiccional o fiscal.

Un integrante de “Cuellos Blancos” era gerente de Servir. Caretas en su momento informó:

“Parra fue incorporado como gerente público de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) en diciembre de 2015, lo que se supone garantiza la calidad del personal contratado.

El Instituto de Radio y Televisión del Perú (IRTP) publicó el 31 de marzo de 2016 una resolución de presidencia ejecutiva en la que se dio cuenta de la designación de Parra Pineda como gerente de logística de la institución. El nombramiento se hizo a solicitud del IRTP a SERVIR, práctica regulada por convenio. Apenas seis meses después, el 30 de septiembre de 2016, el IRTP publicó otra resolución en la que informó sobre la conclusión anticipada del Convenio de Asignación de Parra por un caso de presuntos malos manejos. Sin embargo, el 26 de abril de 2017 el ahora celebérrimo juez Walter Ríos firma una resolución de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao en la que nombra a Parra como gerente. Dos días después, el 28 de abril de 2017, otra resolución de Presidencia Ejecutiva de SERVIR ubica a Parra en la vacante del Callao. ¿No sabían en SERVIR de los antecedentes?”. 

TEMAS QUE ACLARAR DEL DEBATE

  1. ¿MERITOCRACIA VS. REPRESENTACIÓN? UN FALSO DEBATE

El congresista Velásquez Quesquén plantea lo que puede ser un FALSO debate: o meritocracia o representación en la elección del CNM.

La representación siempre debía tener los filtros meritocráticos (presentación de currículo, trayectoria, plan de trabajo, etc.). Otra problema es que no se hayan ejecutado (el Poder Judicial ni el Ministerio Público tuvieron jamás un reglamento, por ejemplo) o no se pueda mejorar ahora.

La ratificación NO ES un voto de confianza. En el precedente vinculante del Tribunal Constitucional, del caso Amado Álvarez Guillén del año 2004, se indica que: es un proceso cuantitativo y cualitativo de evaluación del desempeño, que debe ser debidamente motivado, tiene sus criterios, y un proceso al que el evaluado debe y puede acceder. Otro problema son los necesarios ajustes para: mejorar transparencia, calificación, manejos (como la movida de las notas de Chávarry).

  1. UN PROBLEMA QUE SALVAR EN LAS ELECCIONES UNIVERSALES

Hay que tener cuidado con las elecciones universales sin requisitos del perfil, información, control de postulantes y apoyos económicos. Sin esas seguridades, los abogados eligieron a representantes altamente cuestionados como Vladimir Paz y Guido Aguila, mientras que los profesionales no abogados elgieron a Anaya Cárdenas.

  1. EL PROBLEMA CENTRAL: CÓMO SE ELIGEN LOS CONSEJEROS (REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO)

El problema del CNM no es que sus integrantes representen a grupos, sino, que en esos procesos de elección no se pusieron reales herramientas para filtrar buenos perfiles de los postulantes (responsabilidad del Jurado Nacional de Elecciones, por ejemplo). Nunca lo quisieron hacer debidamente. Si hoy hubiera esos controles, otra sería muy probablemente la historia.

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