Tribunal Constitucional admite a trámite demanda contra normas que permiten convenios entre la Policía Nacional y empresas extractivas
El Tribunal Constitucional, mediante una resolución judicial, ha admitido a trámite la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Abogados de San Martín contra la ley que permite a la Policía Nacional realizar convenios con empresas extractivas.
Se trata del Decreto Legislativo N° 1267 y el Decreto Supremo N° 003-2017-IN que permite a la institución policial brindar servicios de seguridad a las empresas extractivas a cambio de una remuneración económica. La demanda -patrocinada por el Instituto de Defensa Legal y EarthRights International- pide que se anulen estas normas y que el Congreso de la República y el Ejecutivo respeten, cuando emitan nuevas leyes, los estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.
En el país se han suscrito 138 convenios de esta naturaleza, de los cuales 29 están aún vigentes. Los demandantes sostienen que estos convenios son parte de un andamiaje institucional que tienen como objetivo criminalizar la protesta socioambiental en perjuicio de los defensores y defensoras indígenas de derechos humanos. De igual manera, vulneran el derecho de la población a la seguridad ciudadana y quiebran los principios del Estado de Derecho.
Una vez admitida a trámite, los magistrados del Tribunal Constitucional deberán evaluar el fondo de la demanda y celebrar una audiencia para dictar una sentencia en este caso.
En realidad hoy se utiliza la fuerza pública para cuidar vigilar y proteger los derechos de las empresas privadas, de manera irregular cuando en realidad deben estar al servicio de la población. Lo peor los utilizan para reprimir a los ciudadanos durante las medidas de protesta que son constitucionales su derecho a libre expresion e información, su derecho de protesta frente al abuso de sus derechos humanos, el atentado de las mineras contra la vida la salud de los seres humanos ,, su derecho a vivir en paz en un ambiente sano y saludable ,sin que contamine sus territorios el agua la biodiversidad. La flora la fauna. Esos derechos deben ser protegidos por el estado, si embargo el DLe 1267, permite que la policía otorgue servicios a las empresas mineras, lo que es inconstitucional, y así debe sentenciar del TC, si es que es transparete e imparcial.