Tribunal Constitucional admite amicus curiae de la CNDDHH en proceso contra los estados de emergencia preventivos

Tribunal Constitucional admite amicus curiae de la CNDDHH en proceso contra los estados de emergencia preventivos

El Tribunal Constitucional ha admitido el amicus curiae presentado por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos en el proceso de habeas corpus presentado por diferentes organizaciones de la sociedad civil de Chalhuahuacho, Cotabambas, en Abancay, liderados por Víctor Limaypuma.

El IDL y Aprodeh- Apurímac fueron las organizaciones que trabajaron este recurso constitucional contra el estado de emergencia decretado en Chalhuahuacho por el Gobierno. Juan Carlos Ruiz, abogado del área de Litigio Constitucional del IDL, manifiesta: “Se dictó a pesar de que no existía una grave perturbación del orden público, que es el hecho habilitante  exigido por el artículo 137 de la Constitución. Es más, cuando se estaba tramitando este proceso, el juez reconoció que se trataba de un estado de emergencia ‘preventivo’, desconociendo que no se pueden presentar estados de emergencia ‘por si acaso’”.

Como se sabe, la declaratoria de estos estados de emergencia recortan la vida social de las personas porque implican la suspensión de los derechos de libertad personal, de inviolabilidad del domicilio, de libertad de reunión y de libertad ambulatoria. Además, los estados de emergencia que la Policía solicita, son clave en el andamiaje institucional que promueve y sustenta la criminalización de la protesta.

El abogado añade: “Si bien en estos momentos el estado de emergencia no está vigente, en virtud del artículo 1 del Código Procesal Constitucional, corresponde un amparo innovativo en el que el TC le recuerde al Gobierno que no puede decretar estado de emergencia y suspender derechos fundamentales ‘por si acaso’, pues los denominados estados de emergencia ‘preventivos’ son inconstitucionales”.

 

 

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