Violencia de género durante las represiones policiales

Violencia de género durante las represiones policiales

Valeria Benites Palomino / IDL-Seguridad Ciudadana

I

Adriana Espíritu Enríquez acudió junto con su hermana a la movilización del 10 de noviembre. Tras protestar pacíficamente, y ya retirándose a casa, varios efectivos policiales decidieron llevarla a la comisaria de Alfonso Ugarte sin brindarle alguna explicación. Dentro de la comisaria, la obligaron a desnudarse y a realizar ejercicios físicos en el suelo del baño, el cual se encontraba rodeado de heces, ratas y orina, así lo declaro en Cuarto Poder. Fue una noche violenta para ella, y para muchas mujeres también.

Poco se habla de cómo la violencia institucional, enmarcada en la brutalidad policial o en cualquier tipo de violencia proveniente del Estado, opera en nuestro país. ¿A quiénes atacan? En la mayoría de los casos suelen ser trabajadores o trabajadoras, estudiantes y personas que carecen de poder o influencias para evitarla, sin embargo, son las mujeres quienes reciben una particular forma de violencia, acompañada de diversos tipos de coacción. Los insultos, las humillaciones sexuales, las violaciones, entre otros, suelen ser usados por los efectivos policiales no solo para ejercer un castigo, sino para enviar un mensaje de poder y de apropiación del cuerpo de la mujer. Muchas veces las agresiones sexuales se llevan dentro de las comisarias, a diferencia de las agresiones verbales —insultos racistas, sexistas u homofóbicos— que son hechas en el espacio público. Como consecuencia, se produce un terror y una anulación del ejercicio de agencia de las personas.

Este tipo de brutalidad policial suele incrementarse dentro las protestas sociales, donde los policías se convierten en jueces y fiscales de las personas que se manifiestan, tomando control sobre sus seres y hasta pudiendo disponer de sus vidas. Las mujeres comúnmente suelen recibir esta violencia de una forma silenciosa e impune. En el Perú no hay data estadística de la cantidad total de mujeres que han sido violentadas por policías, por personal de las Fuerzas Armadas o por alguna entidad del Estado. Tampoco se reconoce la categoría de violencia institucional en su legislación. Lo que se sabe es que desde el año 2003 hasta el 2017 se han registrado la muerte de diez mujeres por abuso de la fuerza pública de parte de la Policía o del Ejército durante las diversas protestas sociales. (Base de Datos CNDDHH, 2016) ¿Hubo sanción alguna? No la hubo.

II

Lizeth Emperatriz Vásquez tenía puesto un buzo de color rosado el día 31 de mayo del 2012 en la plazuela Bolognesi en Cajamarca, cuando un grupo de 10 policías la golpearon en la vereda y la dejaron tirada. En ese entonces ella tenía 17 años y una rebeldía interna que la sublevó contra el proyecto minero Conga. Su único delito fue participar pacíficamente en una movilización e indignarse cuando los policías patearon las ollas comunes e insultaron a las señoras que estaban preparando la comida, entre ellas a su madre Enma Vásquez. Lizeth los conminó a no seguir violentando a las mujeres. Los policías de inmediato la golpearon con una vara, le jalaron de los cabellos, la arrastraron cincuenta metros y en el suelo la siguieron golpeando, conforme se pudo apreciar en algunos videos difundidos en redes. No conformes, el procurador del Ministerio del Interior la denunció ante el Ministerio Público y la fiscal solicitó nueve años de prisión.[1] Sucedió ocho años antes del caso de Adriana Espíritu Enríquez. Ambas fueron denunciadas por “resistencia a la autoridad”.

Es contradictorio e indignante ver el caso de una persona violentada que termina siendo denunciada por resistirse a la violencia de sus agresores. Esto es revictimizador, pero no es algo fuera de lo común. También es indignante ver que este tipo de violencia lo produce la figura que supone nos debería proteger o cuidar, y sin embargo no lo está haciendo. Se habla de una reforma policial, pero si se desea que esta tenga verdaderos y profundos cambios tienen que darse en base a un enfoque de género y de derechos humanos. Es importante que el Estado no sea cómplice de esta violencia y  pueda derogar leyes que conceden el uso desproporcionado de la fuerza, entre ellas la Ley N.° 31012, Ley de Protección Policial, por ser inconstitucional y violar el derecho internacional de los derechos humanos.

Hoy es preciso exigir un verdadero cambio dentro de la institución policial para que sea posible evitar este tipo de crímenes contra las mujeres. Es necesario exigir que las mujeres afectadas por este tipo de violencia tengan acceso a una justicia no patriarcal y con enfoque de género.

[1]  Caso extraído de Silva Santisteban, R. (2017). Mujeres y conflictos ecoterritoriales impactos, estrategias y resistencias. Lima: Edición Flora Tristán.

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