A tres años de la protesta en Andahuaylas: Fiscalía presentó acusación por la muerte de Denilson Huaraca y otros y solicita pena de hasta 35 años para los policías.

A tres años de la protesta en Andahuaylas: Fiscalía presentó acusación por la muerte de Denilson Huaraca y otros y solicita pena de hasta 35 años para los policías.

El Ministerio Público presentó su requerimiento acusatorio al Juez de Investigación Preparatoria en el que acusa a 17 miembros de la Policía Nacional del Perú por su participación en la muerte de Denilson Huaraca Vílchez y la tentativa de Homicidio de Víctor Rojas Alarcón, Juan Carlos Ruiz Merino, Pablo Lazo Mariño y Damián Félix Sivipaucar Jauregui.

Entre los acusados existen siete oficiales. Uno de ellos es el general PNP Raúl Alfaro Alvarado, que era comandante general de la Policía Nacional del Perú, y autorizó la ejecución de los planes de operaciones. Los otros oficiales acusados implementaron y ejecutaron los planes de operaciones a nivel de la región Andahuaylas.

Se ha identificado a 10 suboficiales que tuvieron un rol directo en la persecución, detención, muerte del agraviado Denilson Huaraca; y en la tentativa de homicidio de cuatro comuneros que fueron trasladados a la Comisaria de Abancay y por más de 10 horas no le prestaron auxilio: les negaron atención medica pese a la gravedad de las lesiones, y los expusieron a las inclemencia del clima, ya que ese día llovía intensamente y había una  persistente granizada a la altura del kilómetro 270 de la Carretera Interoceánica de la vía Puquio Aymaraes, que se caracteriza por ser una  zona inhóspita y alejada de la ciudad.

El juez Wilson Verastegui Gálvez, del Decimo Juzgado de Investigación Preparatoria ha programado la audiencia virtual de control de la acusación para el martes 24 de marzo del 2026, a las 9 de la mañana.

LOS HECHOS

El 9 de febrero del 2023 un grupo de pobladores del Centro Poblado de Huancabamba se dirigió al distrito de Chalhuanca para protestar pacíficamente. Dichos pobladores se trasladaron en dos camiones:

    1. Camión de placa de rodaje BCH-859, color azul, blanco, amarillo, marca Izusu.
    2. Camión de placa de rodaje C9V-836, de color verde, marca Fuso.

Al llegar cerca del sector Izcahuaca, aproximadamente a las 9 de la mañana, la carretera ya se encontraba bloqueada, había un numeroso grupo de vehículos estacionados y personas que no podían transitar. Debido a esto, como al medio día, los comuneros decidieron emprenden el retorno a su comunidad en los dos camiones que transitaban a baja velocidad por las fallas mecánicas.

Alrededor de las 2 de la tarde, varias unidades policiales comenzaron a perseguirlos y realizaron disparos con fusiles AKM y pistolas por la parte posterior de los camiones, sin tomar en consideración que había 40 personas como ocupantes y que los disparos podían ser letales.

Los policías que intervinieron los dos camiones produjeron la muerte de Denilson Huaraca Vílchez, y la tentativa de homicidio de Víctor Rojas Alarcón, Pablo Lazo Mariño, Damián Sivipaucar Jauregui y Juan Carlos Ruiz Merino, debiéndose precisar que las otras 35 personas fueron sometidas a torturas, les propinaron golpes con puñetes y patadas. Los amarraron con sus propios pasadores de zapatos o zapatillas para luego colocarlos contra el piso, con la cara hacia abajo. A algunos los pisaron en la espalda, permaneciendo en esa posición a la intemperie por cuatro horas aproximadamente, lapso en el que tuvieron que soportar la intensa lluvia y granizada en una zona agreste, sin que les prestaran ningun tipo de auxilio ni atención médica. Luego fueron trasladados a la Comisaria de Abancay llegando alrededor de la 1 de la mañana del día siguiente.

LOS DELITOS Y LAS PENAS SOLICITADA POR EL FISCAL

Según la acusación fiscal se atribuye a los imputados los delitos de homicidio y tentativa de homicidio con graves violaciones a los derechos humanos en un contexto de protestas sociales.

En su requerimiento acusatorio el Ministerio Público señala que en el presente caso nos encontramos ante un concurso real de delitos por cada uno de los hechos punibles cometidos en agravio de cinco agraviados, y corresponde determinar la pena concreta parcial de cada uno de ellos para posteriormente determinar la pena concreta total aplicando la sumatoria de pena.

Respecto al delito de Homicidio Calificado previsto en el artículo 108 del Código Penal reprime con pena privativa de la libertad no menor de 15 años. Además, se debe tener en cuenta el artículo 29 del Código Penal para efecto de determinar la pena máxima. Esta sería de 35 años.

También se toma en consideración que en el presente caso concurre la agravante cualificada establecida en el artículo 46-A del Código Penal, porque los acusados tienen la condición de efectivo policial por lo que corresponde aumentar la pena hasta la mitad por encima del máximo legal.

Pero, es el caso que al realizar las sumatoria de penas por cada uno de los hechos, estas superan ampliamente los 35 años, pero como nuestra legislación solo contempla la pena máxima de 35 años, entonces la solicitud de pena se reduce a esa cantidad de años.

Teniendo en consideración los fundamentos antes expuestos, el Ministerio Publico establece en su acusación como pena concreta final, las siguientes penas:

No. Grado Nombres y apellidos Delito Pena solicitada por el MP Inhabilitación
1 Gral PNP Raúl Enrique Alfaro Alvarado Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 35 años 5 años
2 Gral PNP Jorge Luis Angulo Tejada Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 35 años 5 años
3 Gral PNP Luis Jesús Flores Solís Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 35 años 5 años
4 Crnel PNP Porfirio Diaz Redolfo Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 35 años 5 años
5 Crnel PNP Víctor Manuel Sifuentes Yañez Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 35 años 5 años
6 My PNP Willian Roy Pomasunco Hinostroza Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 35 años 5 años
7 Tte PNP José Raúl Calatayud Chávez Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 35 años 5 años
8 ST2 PNP Rolando Taracaya Ccañihua Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 35 años 5 años
9 SB PNP Nobel Inca Andia Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 35 años 5 años
10 ST1 PNP David Chipa Aquino Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 35 años 5 años
11 ST1 PNP Joel Vicente Cabrera Paredes Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 35 años 5 años
12 SB PNP Daniel Pocco Cuaresma Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 35 años 5 años
13 S2 PNP Edu Frank Rivera Laura Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 33 años y 6 mese 5 años
14 ST2 PNP Wilfredo Oscco Nolasco Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 35 años 5 años
15 S3 PNP Jhemmy Jauregui Córdova Autor directo de tentativa de Homicidio y de omisión de socorro y exposición a peligro en agravio de Pablo Rojas Mariño. 33 años y 6 meses 5 años
16 S3 PNP Max Fernando Cuellar Mosqueira Autor comisión por omisión de Homicidio calificado con alevosía y tentativa de homicidio 35 años 5 años
17 S2 PNP Wilfredo Oscco Ludeña Autor directo de Homicidio en grado de tentativa en agravio de Damián Sivipaucar Jauregui

 

30 años 5 años

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *