¿Qué pierde un país al salir del sistema interamericano de derechos humanos? Responde Patricia Cruz del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional
En el evento “La Ley de Amnistía: retos para la defensa de los derechos humanos y la democracia en el Perú”, organizado por el Instituto de Defensa Legal, una de las ponentes fue la abogada Patricia Cruz, del CEJIL. Su organización, junto a APRODEH, IDL, la CNDH, FEDEPAZ y COMISEDH, representan a las víctimas ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Lo primero que señaló en su exposición es el doble discurso del Estado peruano frente al sistema interamericano de derechos humanos: “Por un lado, busca tener una presencia y trata de colocar a personas en esta instancia. Hace poco fue nombrado un juez peruano en la Corte IDH. Por otro, preparan proyectos de ley para retirarse, y forman comisiones para ver cómo lo harán”.
Seguidamente, contrarrestó los argumentos del Estado peruano para retirarse del sistema interamericano. ¿Cuáles son estos? 1. Se está afectando la soberanía del Estado. “Hay que aclarar que el Estado soberanamente aceptó este sometimiento. La Corte hace lo que tiene que hacer: exigir que se apliquen su estándares. En la Convención Americana se dice que los estados tienen que ajustar su derecho interno a los estándares internacionales de derechos humanos”, respondió la abogada. 2. No se le ha dado al Perú la oportunidad de agotar los recursos internos. Por ejemplo, presentar acciones de inconstitucionalidad. “Para presentar medidas provisionales no es necesario agotar los recursos internos porque no se está presentando un nuevo caso ante el sistema interamericano. Ya hay dos casos – Barrios Altos y La Cantuta – que ordenan investigar y sancionar, y la Corte está vigilando que se cumpla con esa sentencia”, respondió. 3. Se ha afectado el plazo para que las personas condenadas tengan una sentencia. “La Corte ha señalado que ese no es un argumento válido para aprobar una ley de amnistía, ya que la demora es atribuible al propio Estado. Estos casos se tramitaron en la vía militar por muchos años. Las víctimas no tienen por qué cargar con esa demora”, respondió. 4. La ley se da por motivos humanitarios para beneficiar a las personas mayores. “La Corte no prohíbe la liberación por motivo de salud o edad. Lo que sostiene es que se tienen que hacer una ponderación: ¿se cumplió con una parte importante de la pena, se pagó la reparación civil, hubo un reconocimiento de la gravedad de la afectación? Una ley de amnistía no contempla estos aspectos y simplemente otorga el beneficio”, respondió.
La abogada relató que luego de que se dictaran las leyes de prescripción y amnistía para militares y policías, las organizaciones que representan a las víctimas han acudido nuevamente a la Corte IDH. “La Corte tiene la facultad de intervenir y supervisar el cumplimiento de sus decisiones. Y cuando hay situaciones que ponen en peligro ese cumplimiento es posible solicitar medidas provisionales cuando se demuestra que hay una situación grave y que puede haber un daño irreparable”.
¿Qué pierde un país al salir del sistema interamericano de derechos humanos? Patricia Cruz sostiene que desaparece una instancia a la que cualquier ciudadano puede acudir para evitar la impunidad. También se eliminan los estándares para proteger a las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos. Nicaragua y Venezuela ya lo hicieron, por ejemplo.
Asimismo, recordó qué ocurrió en el periodo de la transición democrática en el Perú: “ En 2001 se emite la decisión del caso Barrios Altos. El Estado peruano reconoce su responsabilidad. En ese momento, la Corte IDH desarrolla este estándar reiterado posteriormente en incontables sentencias que señala que las leyes de amnistía y prescripción son nulas y contradicen la norma internacional que establece que se tienen que investigar y sancionar los crímenes de lesa humanidad. Luego, en 2006, se dicta la sentencia del caso La Cantuta en la que se reiteran y amplían esos estándares. Ambas decisiones ordenan investigar y sancionar a los responsables y establecen otras medidas de reparación”.
Cruz resumió el comportamiento del Estado peruano frente a la Corte IDH. Ella precisó que han habido tres desacatos. Uno primero fue el indulto al expresidente Fujimori. La Corte ordenó que se abstuvieran de implementar esta decisión. Durante unos años se le hizo caso, hasta diciembre de 2023 que lo liberaron, ya que el Tribunal Constitucional desconoció la capacidad de la Corte de supervisar el cumplimiento de sus decisiones. El segundo ocurre a medidos de 2024 cuando dictan la ley que prescribe los delitos de lesa humanidad. En esa oportunidad, las organizaciones que defienden a las víctimas solicitaron medidas provisionales que les fueron otorgadas cuando la ley se estaba discutiendo en las comisiones del Congreso. La Corte IDH ordenó a los tres poderes del Estado que no implementen esta ley por ser contraria a lo que esta ha establecido, y que se abstengan de emitir otras normas similares. Pero no hicieron caso y, más bien, decidieron desacatar la orden por tercera vez, y en agosto de este año aprobaron la ley de amnistía para militares y policías, que es aún más grave por sus efectos devastadores y la violación del derecho de acceso a la justicia de para de cientos de víctimas.
¿Cómo ha reaccionado la Corte IDH? En julio de este año, la Corte le pide al Estado que se abstenga de avanzar con el trámite de la ley, y convoca a una audiencia pública en agosto. En la primera semana de setiembre vuelve a emitir otra resolución donde reitera su pedido. Explica que tiene facultad para supervisar sus decisiones y que Perú ha aceptado esta regla en seis casos. Precisa que es necesario aplicar un control de convencionalidad por operadores de justicia para evitar la aplicación de esta ley. “Estamos esperando un nuevo pronunciamiento”, sostuvo.
“En el pasado fue el Poder Judicial el que resistió, y se emitieron medidas para evitar que los jueces inapliquen esas leyes. Ahora muchos operadores de justicia pueden enfrentar amedrentamientos. Es importante fortalecer a los que están cumpliendo con su trabajo aplicando los estándares del derecho internacional”, finalizó.
